PROYECTO DE TP
Expediente 8669-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA ASIGNACION DIRECTA DE FONDOS FEDERALES A MUNICIPIOS DE TODO EL PAIS QUE SE HUBIEREN EJECUTADO CON LAS DISPOSICIONES DEL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA 2609/12 Y LA RESOLUCION JGM 13/13.
Fecha: 05/02/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 185
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder
Ejecutivo nacional para que, por intermedio del Jefe de Gabinete
de Ministros , se sirva informar a esta Honorable Cámara sobre la
asignación directa de fondos federales a Municipios de todo el país,
que se que se hubieren ejecutado en relación con las disposiciones
del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 2609/12 y la Resolución
JGM N° 13/2013, desde el mes de Diciembre de 2012 a la fecha,
indicando las jurisdicciones beneficiadas con dichas ayudas
financieras, las pautas utilizadas para su distribución, los
mecanismos dispuestos para la pertinente rendición de cuentas y la
incidencia que las transferencias de dichos recursos proyectan
sobre los porcentuales vigentes de coparticipación federal de
impuestos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La actividad del
Congreso de la Nación ha comenzado este año con el tratamiento
en la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo, de un
Decreto de necesidad y urgencia (DNU 2609), que modifica la Ley
del Presupuesto Nacional y le permite al Gobierno asignar partidas
directamente a los Municipios, sin la intermediación de los
gobernadores.
La decisión fue adoptada
en el inicio de un año electoral y en medio de graves problemas
financieros de las Provincias, en momentos en que varios
gobernadores reclaman cambios en la distribución de los fondos de
la coparticipación federal.
El envío de fondos de
Nación no requerirá ahora que los Municipios realicen una gestión
previa ante los gobernadores de sus respectivas Provincias para
acceder a los fondos federales.
Sobre la base del
referido DNU los Municipios podrán solicitar "ayuda financiera" a la
Casa Rosada en forma directa, siguiendo el procedimiento para
dichas solicitudes reglamentado por la Jefatura de Gabinete de la
Nación, por Resolución 13/2013 publicada el último 23 de
Enero.
La asignación directa de
de fondos federales a los Municipios así dispuesta significa un
nuevo embate contra el sistema federal y abre serios interrogantes
y cuestionamientos, que profundizan las inequidades y deteriora las
bases de nuestro federalismo fiscal.
En primer lugar, el
Decreto 2609 de Necesidad y Urgencia (DNU) modifica el
Presupuesto Nacional aprobado el año pasado y dispone ayudas
financieras por $1.129 millones para pagar salarios y gastos
corrientes de gobiernos municipales que no se dan a conocer.
También el Decreto
expresa que por la urgencia de la crítica situación, se debe resolver
la cuestión a través de un DNU, sin esperar los tiempos del
Congreso ya que "ante la falta de una rápida respuesta a los
requerimientos, algunas Municipalidades no podrían desenvolverse
con normalidad.
La norma no dice cuáles
son los Municipios beneficiados, que atraviesan una situación
financiera crítica, ni a qué Provincias pertenecen. En definitiva,
sabemos que se trata de otra herramienta del armado político del
oficialismo para cooptar Intendentes y favorecer a determinadas
jurisdicciones. Reitera además la acostumbrada confusión que se
hace a diario del Frente para la Victoria, como partido de gobierno,
con el Estado.
En segundo lugar,
importa destacar la absoluta discrecionalidad para manejar los
recursos y la falta de pautas razonables establecidas para la
asignación de ayuda financiera a los Municipios, con fondos propios
de la coparticipación federal de impuestos.
Toda inversión pública
debe obedecer a criterios y objetivos explícitos y transparentes,
factibles de auditarse en su contabilidad y resultados. Tampoco
puede compararse la ayuda nacional para salvar una emergencia,
con la distribución para otra finalidad, entre comunas en idéntica
situación, que no guarda ningún criterio equitativo, ni de rentabilidad
ni eficiencia en la asignación de los recursos públicos. En
consecuencia, resulta de una discrecionalidad injustificable.
Nadie sabe qué pautas
se utilizaron para su distribución, ni a donde va a parar cada peso
que dispone el Estado para su giro a los Municipios. Es una medida
que no puede hacer sólo por Resolución del Jefe de Gabinete, sin
quebrar el principio de legalidad en materia fiscal. Porque las
normas referidas al reparto de fondos de la Nación y las Provincias
sólo pueden ser decididas por ley del Congreso Nacional y deben
respetar el nivel que la Constitución Nacional establece para la
Legislaturas y los Gobernadores provinciales.
Con esta clase
procedimientos y metodología se perturba aún más la organización
y funcionamiento del sistema de coparticipación federal de
impuestos, por lo que cabe interrogarnos si se trata de una medida
transitoria o permanente.
Si admitimos que estos
giros de fondos federales a los Municipios se conviertan en una
práctica permanente, terminarán por obligar a los Intendentes a
pedir de rodillas cada ayuda financiera a la Casa Rosada.
Abren fundadas
sospechas las circunstancias en que se concretó la medida, luego
que en los últimos meses el gobierno nacional, por medio del
Ministro de Planificación Federal, Julio De Vido, profundizara los
contactos con distintos jefes comunales del conurbano bonaerense,
prometiendo fondos para obras públicas y otras obligaciones de
esos Municipios.
En este contexto, se
extiende por el país el reclamo de recuperar la coparticipación
primaria de las Provincias, poniendo límites a nuevas detracciones
de recursos y restituyendo fondos que se han ido detrayendo por
diversas vías y pactos ya perimidos.
Se trata también de
evitar un agravamiento de las discriminaciones políticas del
gobierno nacional en la remisión de fondos nacionales no
automáticos,- diferentes de la coparticipación federal de impuestos-,
que bajo esta administración, por primera vez en nuestra historia,
han superado a la coparticipación nacional en los últimos años.
La coparticipación
federal es el conjunto más importante de transferencias que
corresponde volcar de la Nación a las Provincias, y así debe
sostenerse en virtud de la organización federal del país. Sin
embargo, tomando exclusivamente las transferencias por
coparticipación, hoy la Nación no cumple la obligación legal de
transferirles al menos el 34% de los recursos tributarios. Con la
creación de nuevos impuestos, como el de los débitos y créditos
bancarios y las retenciones, las Provincias quedaron relegadas,
con una parte menor de los recursos.
Por otra parte, la
existencia de más de un nivel de gobierno exige respetar un orden
que atienda de alguna manera y fije campos de acción para cada
uno de ellos. Entre todos los aspectos involucrados en tal
ordenamiento, la dimensión fiscal es particularmente importante en
todos los países que han adoptado esa forma de gobierno, por lo
que las finanzas públicas provinciales y municipales constituyen un
tema central en la agenda del federalismo.
La disponibilidad de
recursos financieros y el correcto manejo de los mismos, son
aspectos que determinan la capacidad de los gobiernos locales
para incidir directamente en la calidad de vida de sus ciudadanos,
por lo que deben formar parte de una legislación sustantiva.
Es sabido
que para lograr un esquema óptimo de distribución de recursos y
funciones fiscales entre los distintos niveles de gobierno, es
necesario alcanzar un punto de equilibrio entre un "principio de
correspondencia fiscal", que establece que cada orden de gobierno
debe contar con atribuciones suficientes en materia de ingresos
como para solventar adecuadamente sus necesidades de gasto; y
por el otro, el "principio de eficiencia recaudatoria", que establece
que los impuestos más importantes deben estar ubicados en el
nivel de gobierno federal que, debido a su óptica y alcance
nacional, garantiza una mejor y mayor recaudación de este tipo de
contribuciones.
Para conjugar ambos
principios se requiere sostener un sistema de transferencias
federales que tenga la capacidad de resarcir a los órdenes de
gobierno subnacionales que han renunciado al cobro de los
impuestos cedidos a la Nación. Es así como, en nuestro país, se
creó el sistema de coparticipación federal, por el cual las Provincias
han delegado en el gobierno nacional la facultad de cobrar algunos
impuestos, y el gobierno central delegó la administración del gasto
en educación, salud, justicia y seguridad.
Por ello, en su vertiente
fiscal, el federalismo implica la adecuada distribución de
atribuciones fiscales entre los distintos niveles de gobierno, de
forma tal que la recaudación y la dotación de bienes y servicios
públicos que provee el Estado sea lo más eficiente posible.
No podemos
permanecer impasibles cuando se perturba la organización y
funcionamiento del sistema de coparticipación federal de
impuestos, se desconocen las atribuciones propias de las
Provincias, se pasa por encima de las instituciones, del federalismo
fiscal y del Congreso de la Nación.
La actual concentración
de recursos de que se aprovecha el gobierno central proyecta sus
consecuencias sobre la realidad política nacional, quebranta las
autonomías de las Provincias y Municipios, agrava el sistemático
deterioro del federalismo fiscal que arrastramos desde la década
del 90 y profundiza un ejercicio autoritario del poder, indiferente a la
necesidad de resolver las inequidades actuales del gasto público
nacional.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MALDONADO, VICTOR HUGO | CHACO | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |