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PROYECTO DE TP


Expediente 8642-D-2016
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS INSTITUCIONES DE LA IGLESIA CATOLICA QUE OFRECEN SERVICIOS EDUCATIVOS Y/O ASISTENCIALES A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON DISCAPACIDADES.
Fecha: 07/12/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 184
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Requerir a la Dirección General de Culto Católico, nexo entre el Estado y la Iglesia Católica Apostólica Romana, que inste al representante de la Iglesia Católica que estime procedente que informe en relación al funcionamiento de las instituciones de la Iglesia Católica que ofrecen servicios educativos y/o asistenciales de cualquier tipo en el territorio argentino dirigidos a niños y niñas y adolescentes, incluyendo también los servicios destinados a niños, niñas y adolescentes con discapacidad, lo siguiente:
• Cantidad de establecimientos educativos, cantidad de alumnos que asisten (por edad y sexo), distribución territorial de los mismos.
• Los mecanismos de control interno que la Iglesia Católica ha puesto en funcionamiento en las instituciones para controlar y prevenir abusos sexuales, en cada uno de los establecimientos educativos.
• Si han modificado los reglamentos internos sobre el personal eclesiástico luego de que el Papa Francisco estableció la política de tolerancia cero para casos de abusos sexuales donde estuvieran involucrados hombres o mujeres de la Iglesia.
• Si en los trámites de ingreso en nuestro país, para su permanencia y radicación, se solicitan antecedentes de denuncias o causas judiciales que los clérigos y religiosos católicos puedan tener en sus países de origen o en sus destinos previos a la llegada a nuestro país.
• Si de confirmarse tales antecedentes, los mismos son informados a las autoridades correspondientes del Estado Nacional y los estados provinciales y municipales que se encuentran directa o indirectamente relacionadas con la gestión, supervisión y/o control de tales servicios en sus jurisdicciones respectivas.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La información requerida a la Iglesia Católica, por intermedio de la Dirección General de Culto Católico, tiene como principal objetivo transparentar de cara a la sociedad el funcionamiento de las instituciones educativas bajo la órbita de la Iglesia Católica que existen en nuestro país, sobre todo aquellas que tienen a su cargo la asistencia, cuidado, educación u ofrecimiento de cualquier servicio a niños, niñas y adolescentes.
La Dirección General de Culto Católico, es el nexo entre el Estado y la Iglesia Católica Apostólica Romana. Y como tal centraliza las gestiones que ante las Autoridades Públicas hicieren las personas jurídicas que la integran, entre otras: la Conferencia Episcopal Argentina, los Arzobispados y Obispados, los Institutos de Vida Consagrada y demás personas jurídicas eclesiásticas. Por este motivo es que por su intermedio solicitamos la precedente información.
El servicio educativo obligatorio es considerado público independientemente de los agentes e instituciones que lo imparten. Las últimas leyes nacionales (Ley Federal de Educación N° 24195 de 1993 —LFE— y Ley de Educación Nacional N° 26206 de 2006 LEN—) distinguieron entre escuelas de gestión estatal y de gestión privada, puesto que se entiende que estas últimas son agentes del Estado. Por tal motivo, su actividad está dotada de atributos de carácter público a partir de lineamientos definidos por la autoridad estatal (estructura y contenidos curriculares; criterios de permanencia, promoción y evaluación de los alumnos; titulación de quienes están autorizados para enseñar; validez de las credenciales emitidas; entre otras).
La ley 26.206 de educación tuvo un amplio apoyo político, y la adhesión de los dos actores sociales principales en este campo en Argentina: los sindicatos docentes, y —los sectores de Iglesia Católica vinculados a la cuestión educativa. Varios aspectos sensibles para la Iglesia fueron recibidos en la ley: el reconocimiento de la familia como agente natural y primario de la educación, y del derecho a la elección de institución educativa; la responsabilidad principal e indelegable del Estado en la política educativa y la organización de la educación; y la existencia de un solo sistema educativo nacional, integrado por los servicios educativos de gestión estatal y privada, de donde se extrae la pervivencia de la tradicional subvención estatal de establecimientos privados.
En suma, todas estas instituciones se hallan enmarcadas dentro de una función pública, más allá del tipo de gestión, privada y religiosa, de la cual podrían imputarse. Por este motivo es que es de suma importancia la información aquí requerida, en tanto la responsabilidad institucional de la Iglesia en la administración y dirección de estos establecimientos es indudable.
Debe remarcarse que este pedido de informe se encuentra motivado por los lamentables hechos conocidos la semana pasada en la provincia de Mendoza, referidos a los presuntos casos de abuso infantil contra niños, niñas y adolescentes sordos e hipoacúsicos ocurridos en el Instituto Antonio Próvolo para Niños Sordos e Hipoacúsicos de la ciudad de Luján de Cuyo de dicha provincia, perteneciente a la Compañía de las Hermanas de María.
Al respecto, debe señalarse que se encontrarían implicados sacerdotes pertenecientes a dicha orden religiosa y empleados de dicho Instituto, los cuales se encuentran detenidos y a disposición de la justicia mendocina, habiendo intervenido en las denuncias la Senadora provincial por la UCR, Daniela García y la Vicegobernadora de Mendoza, Laura Montero, quienes recibieron una denuncia en ocasión de un acto público, por parte de una testigo directa de los casos de abusos en dicha institución religiosa. Una vez tomado conocimiento de los hechos, ambas funcionarias acompañaron a la testigo a radicar tal denuncia, circunstancia que generó su difusión pública y posterior recepción de denuncias adicionales en Mendoza y en la ciudad de La Plata, lugar en el cual funciona una institución análoga a la mendocina.
El caso que nos ocupa reconoce la existencia de antecedentes de abuso infantil por parte de uno de los sacerdotes acusados, los cuales ocurrieron en la ciudad de Verona (Italia), entre los años 1955 y 1994 y los que en ningún momento fueron obstáculo para que dicho sacerdote continuara ejerciendo funciones en nuestro país. Este caso puntual, había sido expuesto en el año 2015 en el marco de la Conferencia Internacional de la Red de Sobrevivientes de Abuso Eclesiástico que se celebró en Washington, EEUU., situación que llama a cuestionarse seriamente sobre la voluntad de la Iglesia Católica argentina en este caso para avanzar en el castigo y penalización de tales crímenes y sobre la capacidad estatal en nuestro país para evitar abusos contra niños, niñas y adolescentes en instituciones religiosas autorizadas a brindar servicios educativos, sociales o de otra índole a nuestra comunidad.
Un elemento que no podemos obviar es que una sobreviviente de víctimas de abusos de curas pederastas, Julieta Añazco, presentó su caso junto a los de otros diez curas argentinos acusados de pedofilia, en la Conferencia Internacional de la Red de Sobrevivientes de Abuso Eclesiástico realizada en julio del año pasado en Washington. Ese informe contenía datos sobre uno de los sacerdotes acusados en Mendoza por sus antecedentes en el exterior del país, los cuáles fueron presentados ante las autoridades eclesiásticas por denuncias de violaciones, masturbaciones obligadas por curas y relaciones de sodomía cometidas en los dormitorios. Los curas involucrados en total fueron aproximadamente 130, algunos de los cuales fueron trasladados a la Argentina, particularmente a La Plata y Mendoza.
El Papa Francisco estableció la política de tolerancia cero para casos de abusos sexuales donde estuvieran involucrados hombres o mujeres de la Iglesia. Así fue con el Sacerdote Cristian Gramlich de la diócesis de San Isidro en noviembre de 2014. El punto, sin embargo, es que el Vaticano ha profundizado en procedimientos para actuar con rapidez cuando ocurre una denuncia y eso está bien, pero es el día después. Pero no sabemos cuáles son los mecanismos de prevención para evitar que las víctimas se multipliquen. ¿Cómo es que esto no pudo evitarse en 10 años? En un país como Argentina donde el Estado financia escuelas católicas - porque contribuyen a la formación de la Infancia, ¿no hay con toda esta estructura institucional controles en una de las actividades clave que desarrolla la Iglesia Católica en Argentina- educación primaria, secundaria e instituciones especiales para infancia vulnerable?
Solicito a mis pares acompañen este pedido de informes para que podemos reconstruir esa confianza que hoy, con los casos de abuso sexual infantil, esta indudablemente cuestionada.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CARRIZO, ANA CARLA CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 135 (2017), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 135 (2017), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996