PROYECTO DE TP
Expediente 8553-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL SEÑOR JEFE DE GABINETE DE MINISTROS SOBRE LAS PRESIONES AL PODER JUDICIAL DE LA NACION.
Fecha: 14/12/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 182
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Convocar al Señor Jefe de Gabinete
de Ministros a efectos de que, conforme lo dispone el artículo 71 de la Constitución
Nacional, concurra al pleno de esta Cámara a fin de brindar las explicaciones que
se le requieran en relación a las presiones que el Poder Ejecutivo Nacional viene
realizando sobre el Poder Judicial y en especial sobre los fueros Federal Civil y
Comercial y Federal de la Seguridad Social.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La independencia del Poder Judicial
de la Nación, como uno de los órganos del Estado está siendo amenazada en
hechos y en palabras por parte de las máximas autoridades del Poder Ejecutivo
nacional. La remoción de fiscales y jueces para influir en determinadas causas que
le interesan al gobierno federal, ya sea para que no se investigue supuestos ilícitos
cometidos por funcionarios, ya sea para que las decisiones judiciales se dicten en
determinado sentido, se han venido incrementando de manera preocupante
durante los últimos meses.
Nunca antes el Gobierno nacional
había objetado a todos los miembros de una cámara de apelaciones ni había
recusado a un juez de cámara en todas las causas en que le cupiera dictar
sentencia.
Días atrás, la Comisión Nacional de la
Independencia Judicial, a través de las asociaciones que la integran, emitió un
comunicado por medio del cual hizo pública la preocupación de una importante
cantidad de jueces y juezas de todo el país, referida a hechos que agreden
institucionalmente a un Poder del Estado y, como consecuencia de ello, a todos los
ciudadanos de la Nación.
Ante ello, esa Comisión valoró que era
necesario reiterar que la Independencia del Poder Judicial se encuentra protegida
por la Constitución Nacional y es un principio fundamental del Estado de Derecho
que es sustancial para el funcionamiento de la democracia, y constituye una
garantía fundamental para la defensa de los derechos de los ciudadanos;
Los jueces que suscribieron el
comunicado exhortaron al Poder Ejecutivo Nacional a cumplir estrictamente con el
artículo 109 de la Constitución Nacional y a ejercer sus facultades como poder del
estado dentro del marco de las reglas procesales, evitando el uso de mecanismos
directos o indirectos de presión sobre los jueces que afecten su
independencia.
La persistencia de las actitudes
denunciadas contradice nuestra constitución que, como afirmara Bidart Campos,
ha acogido el sistema clásico de la llamada división de poderes, consistente en el
reparto de órganos y funciones dentro de la tríada que la constitución formal
compone con las denominaciones de poder legislativo, poder ejecutivo y poder
judicial. A su vez, siguiendo al citado constitucionalista, creemos que es importante
reconocer que la estructura divisoria debe interpretarse en torno de la finalidad
básica que persigue: evitar la concentración que degenera en autoritarismo y
resguardar la libertad de las personas.
La doctrina de la limitación de los
poderes es de la esencia de nuestro sistema de gobierno; si no respetamos la
institucionalidad democrática, si los órganos de gobierno -que deben actuar
coordinadamente y dentro de la esfera de sus específicas competencias- avasallan
las potestades de los otros, no sólo la constitución, sino la República están en
aprietos.
El Sr. jefe de Gabinete de Ministros,
refiriéndose a la reciente resolución de la Cámara Federal Civil y Comercial, ha
dicho que "... era obvio que esa Cámara de mierda iba a hacer lo que había
hecho."
Estas desagradables e impropias
expresiones, en boca nada menos que del principal ministro del país, no hacen
sino socavar los principios democráticos en los que se inspirara nuestra
constitución nacional. El jefe de Gabinete de Ministros tiene a su cargo el ejercicio
de la administración general del país (art. 100 inc. 1º), lo que conlleva un grado de
responsabilidad funcional y política superior al de los otros miembros del gabinete.
Esta responsabilidad política se traduce en que es el único ministro que puede ser
objeto de una moción de censura.
Las expresiones que ha vertido el Sr.
Juan Manuel Abal Medina, sumadas a las del Ministro Julio Alak al utilizar el
término de "alzamiento" al referirse a un posible fallo contrario a los deseos de la
Presidenta, nos motivan a requerirle al Sr. jefe de Gabinete de Ministros que
informe cuál es la política del Poder Ejecutivo para afianzar la independencia del
Poder Judicial y explique las razones por las que se refirió de esa forma en relación
a los miembros de la Cámara Federal Civil y Comercial de la Capital Federal.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ZABALZA, JUAN CARLOS | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
RASINO, ELIDA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN |
BARCHETTA, OMAR SEGUNDO | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
JUSTICIA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA DONDA PEREZ (A SUS ANTECEDENTES) |