PROYECTO DE TP
Expediente 8492-D-2010
Sumario: SOLICITAR A LA H. CAMARA EL RETIRO DE LA IMAGEN DE "NUESTRA SEÑORA DE LUJAN" DEL SALON DE PASOS PERDIDOS Y HABILITAR UN ESPACIO MULTIRRELIGIOSO AL QUE PUEDAN ACCEDER MIEMBROS DE DISTINTAS NECESIDADES ESPIRITUALES.
Fecha: 01/12/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 184
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
1.- Disponer el retiro de la imagen
de "Nuestra Señora de Luján" que se encuentra entronizada en el Salón de
Pasos Perdidos.
2.- Habilitar en el ámbito de la
Cámara un espacio reservado de carácter multirreligioso al que puedan
acceder sus miembros para satisfacer sus necesidades espirituales.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Por iniciativa de la
entonces diputada nacional Nélida del Carmen Parra y decisión de quien en
esa época presidía a esta H. Cámara, el 8 de setiembre de 1997 se procedió a
la "Solemne Entronización de la Imagen de la Santísima Virgen María, bajo la
advocación de Nuestra Señora de Luján, Patrona de la República Argentina" (1)
en el Salón de Pasos Perdidos de esta casa que nos alberga.
Al día siguiente,
una escueta crónica del matutino La Nación daba cuenta de que habían
participado de la ceremonia "el presidente de la Cámara de Diputados, Alberto
César Pierri, el secretario de Culto, Ángel Miguel Centeno, el obispo de
Mercedes-Luján, monseñor Emilio Ogñénovich, el obispo de la Eparquía
Armenia, monseñor Vartán Waldir Boghossián, y el presbítero Espósito, de la
Catedral de Luján, además de otros miembros del cuerpo legislativo".
Agregaba el
periódico que durante el acto, la diputada Parra había manifestado: "Sé que
desde su lugar, María pacificará los espíritus, templará las ideas, alejará a los
malvados e iluminará a quienes gobiernan nuestra querida Argentina en un
eterno mensaje de amor y comprensión. Ella seguramente inspirará a este
cuerpo legislativo lo que es mejor para lograr el bien común".
Previamente, el
entonces titular de la Cámara, había escrito: "Al entronizar la imagen de
Nuestra Señora de Luján, no reconcemos tan solo en ella su carácter de Reina
y Madre de los argentinos y de tres repúblicas del Plata (el subrayado es
nuestro), sino también su sabiduría maternal, que nos ayuda a comprender los
porqués de las causas justas, a superar los dolores y las adversidades, y que
nos guía hacia el bien común, hacia metas sanas y honestas que, por difíciles
que nos parezcan, habremos de alcanzar".
Recordando que
nuestra Constitución Nacional dedica dos artículos -el 14º y el 20º- para
garantizar la libertad religiosa, las profundas creencias expresadas por la
diputada (mc) Parra y por el ex presidente de esta casa no merecen más que
nuestro debido respeto.
Sin embargo, lo
dicho por una y otro nos remiten a épocas preconstitucionales, en las que la
relación del Estado con la Iglesia Católica Apostólica Romana se encuadraba
en lo que el Dr. Carlos S. Fayt denomina "sistema de unión o armonía perfecta"
(2) y en el que hay una profesión de fe católica por parte del Estado que,
además, sujeta su actividad política y legislativa a los principios católicos" (3)
.
Al decir
preconstitucionales, nos referimos a los sucesivos y fallidos ensayos para la
organización nacional que se iniciaron con el Estatuto Provisional del 5 de
mayo de 1815 que en su segundo capítulo titulado "De la Religión del Estado",
establecía:
Artículo 1º: La
Religión Católica Apostólica Romana es la Religión del Estado.
Artículo 2º: Todo
hombre deberá respetar el culto público, y la Religión Santa del Estado.
En la
misma línea, pero avanzando un poco más, el "Reglamento Provisorio para la
Dirección y Administración del Estado" dictado en 1817 por el Congreso de
Tucumán disponía: "Todo hombre deberá respetar el culto público y la Religión
Santa del Estado: la infracción de este artículo será mirada como una violación
de las Leyes fundamentales del país. (el subrayado es nuestro).
El
mismo Congreso de Tucumán, pero ya trasladado a Buenos Aires, aprobó la
Constitución de 1819. Según ella, "La Religión Católica, Apostólica, Romana,
es la Religión del Estado. El Gobierno le debe la más eficaz y poderosa
protección; y los habitantes del territorio todo respeto, cualesquiera que sean
sus opiniones privadas". A continuación ratificaba que "la infracción del artículo
anterior será mirada como una violación de las leyes fundamentales del
país".
Finalmente, la Constitución de 1826 sostenía que "su religión (la de la
Nación Argentina) es la Católica Apostólica Romana, a la que prestará siempre
la más eficaz, y decidida protección, y sus habitantes el mayor respeto, sean
cuales fueren sus opiniones religiosas".
Estas definiciones
previas a la Constitución que nos rige, hubiesen dado sustento tanto a lo
declamado por la diputada (mc) Parra y el ex presidente Pierri como a la
entronización de una imagen católica en un ámbito público estatal como es el
Salón de Pasos Perdidos.
Sin
embargo, la Constitución de 1853 produjo un cambio en el vínculo del Estado
con la Iglesia mediante su actual artículo 75 que en su inciso 22 le otorga al
Congreso de la Nación la atribución de "aprobar o desechar (...) los
concordatos con la Santa Sede".
Desde la vigencia
de esta atribución del Congreso de la Nación, la relación Estado-Iglesia se
inscribe en lo que para Fayt es el "sistema de la colaboración o de concordato"
que implica que el Estado, negociando en igualdad de condiciones con la
Iglesia, fija mediante un acuerdo los respectivos campos de actividad.
Esta demarcación
de incumbencias convirtió al Estado argentino en un Estado no confesional y
fue lo que le permitió sancionar en las décadas inmediatas a la sanción de la
Constitución de 1853 las denominadas "leyes laicas" -entre ellas, la de
Educación Común, la de Matrimonio Civil y la de creación del Registro Civil-,
todas destinadas a transferir a la órbita estatal funciones que hasta entonces
estaban bajo tutela eclesial.
Esta Cámara de
Diputados, como tal, es parte del Estado no confesional. Por cierto, ello no
implica desconocer el derecho de sus integrantes a profesar libremente su
culto; pero el ejercicio irrestricto de ese derecho no los habilita a instalar en un
ámbito público y plural como es el Salón de Pasos Perdidos símbolos propios
de una determinada religión que, por su sola presencia, pueden alterar el
espíritu de quienes no comulgan con ella. Y mucho menos a pretender que el
objeto de su devoción sea el que inspire "a este cuerpo legislativo lo que es
mejor para lograr el bien común" o el que ayude a sus miembros "a comprender
los porqués de las causas justas".
Al respecto, es
bueno recordar que vivimos en una sociedad que registra una creciente
diversidad de adscripciones en términos culturales, políticos, ideológicos y
religiosos, entre otros. Bajo estas circunstancias, el Estado tiene un doble
desafío. Por un lado, garantizarnos la libertad para vivir en consonancia con
nuestras convicciones. Por otro, asegurarnos la pacífica y cordial convivencia
en el marco de nuestras divergentes miradas. En el tema que nos ocupa, la
casa que nos alberga como diputados y diputadas de la Nación debe
constituirse en un ámbito imparcial ante el universo de confesiones, único
modo de respetar a todas por igual, garantizar igualdad de trato a quienes las
profesan y no interferir en las convicciones de aquellos que no adscriben a
ninguna de ellas.
Al proponer el retiro
de la imagen de la Santísima Virgen María entronizada en el Salón de Pasos
Perdidos, no desconocemos que muchos/as de nuestros/as colegas que son
sus devotos sentirán que pretendemos privarlos de la ayuda espiritual que ella
les brindaría.
Lejos está ello de
nuestra intención. Entendemos que en esta casa se desempeñan fieles de las
más diversas confesiones que, en ocasiones, necesitan de un ámbito apto para
reflexionar a la luz de sus creencias; es por ello que proponemos la habilitación
en este edificio de un espacio reservado y de carácter multirreligioso al que
puedan acceder todos aquellos que necesiten vincularse con sus respectivas
deidades.
Convencidos de
que nuestras propuestas apuntan a garantizar la igualdad de oportunidades
para el ejercicio de la libertad religiosa que reconoce la Constitución Nacional,
solicitamos la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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Comisión |
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