PROYECTO DE TP
Expediente 8467-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REGLAMENTAR LA LEY 26588, DE ENFERMEDAD CELIACA.
Fecha: 01/12/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 184
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado, que el Poder
Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Salud de la Nación, reglamente la ley
26.558 relativa a la enfermedad celíaca.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En diciembre de 2009 fue sancionada
por este Honorable Congreso Nacional la ley de Celiaquía, que establece un marco
jurídico para la atención, tratamiento y difusión de esta enfermedad que aqueja a
buena parte de nuestra población.
La ley n° 26588 declara de interés
nacional "la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la
capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la
enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a alimentos libres de gluten". Se trata
del primer precedente de normativa que protege a quienes padecen esta
enfermedad.
Esta ley ordena a la autoridad de
aplicación, el Ministerio de Salud de la Nación, que determine la cantidad de trigo,
avena, cebada y centeno que contengan por unidad de medida de los productos
para ser clasificados bajo el lema "libre de gluten", asegurando una ingesta segura
para los celíacos, como bien ocurre en otros países. Asimismo, el Ministerio debe
confeccionar un registro de productos alimenticios de esa categoría.
Las obras sociales y prepagas
estarán, incluso, obligadas a dar cobertura asistencial a las personas con celiaquía,
asegurándoles la detección de esta enfermedad y tratamiento, como así también la
provisión de harinas libres de gluten. Fija, además, un esquema de sanciones para
las empresas productoras y obras sociales y prepagas que incumplan con las
obligaciones establecidas.
Si bien en la Argentina esta
enfermedad ha logrado cada vez mayor difusión y conocimiento, según datos de la
Asociación Celíaca Argentina, 1 de cada 100 habitantes de nuestro país es celíaco -
es decir, alrededor de 400.000 argentinos - y una proporción importante no lo
sabe. Y quienes saben tienen grandes dificultades para evitar consumir alimentos
con gluten porque los productos alimenticios no integran en sus envases la
indicación de que lo posee.
Este cuadro se vuelve aún más
complejo con el hecho de que el diagnóstico de la celiaquía suele ser confundido
con los síntomas de otras enfermedades. Por todas estas razones, distintas
organizaciones que incluyen a personas con celiaquía y a familiares, han elevado
solicitudes y movilizado en pos de la sanción de esta ley y luego su necesaria y
urgente reglamentación.
Es por este contexto en que
solicitamos que esta ley tan relevante tenga una pronta reglamentación y podamos
dar a las personas con celiaquía una cobertura eficaz para disfrutar de una buena
calidad de vida.
Por todas estas razones es que
solicito a mis pares el acompañamiento en el presente proyecto de declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
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LEVERBERG, STELLA MARIS | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |