PROYECTO DE TP
Expediente 8456-D-2012
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LOS CONCEPTOS DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, SEÑOR RAFAEL CORREA, AL REFERIRSE AL ATENTADO CONTRA LA "ASOCIACION MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA - AMIA -", OCURRIDO EN NUESTRO PAIS EN 1994.
Fecha: 06/12/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 180
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su más enérgico repudio a las
declaraciones realizadas por el Presidente de la República de Ecuador Rafael
Correa en referencia al atentado a la AMIA.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El día 04 de Diciembre
de 2012, el Presidente de la República de Ecuador se ha referido al atentado a la
AMIA en los siguientes términos: "Conozco ese caso. Es muy doloroso para la
historia argentina, pero vea cuántos murieron en el bombardeo de la OTAN a Libia.
Comparemos las cosas también y veamos donde están los verdaderos peligros; no
debemos manipular". Considero que dichas declaraciones son absolutamente
desafortunadas y que es imposible y absurdo efectuar esa comparación. Además,
es importante aclarar que un mandatario de la región debe evitar minimizar a
todas las víctimas del atentado a la AMIA, que se tratan de vidas humanas que
fueron inocentemente asesinadas y que su memoria debe ser absolutamente
respetada.
Vale recordar que el atentado a la
AMIA ocurrió en nuestro país en el año 1994 y que aún no ha sido esclarecido y la
Corte Suprema de Justicia de la Nación ha declarado, en el año 2009, la nulidad
parcial de la investigación. A esto debemos agregar que en el año 2005 el Estado
Argentino ha reconocido su responsabilidad en los siguientes términos:
El gobierno reconoce
la responsabilidad del estado argentino por la violación de los derechos humanos
denunciada por los peticionarios en la presentación efectuada ante la cidh en este
caso: derecho a la vida (art. 4 de la convención americana; derecho a la integridad
física (art. 5 ca); derecho a las garantías judiciales (art. 8 ca) y derecho a la
protección judicial (art. 25 ca); y el deber de garantía (art. 1.1 ca), en los
siguientes términos. En este sentido, el estado reconoce responsabilidad ya que
existió un incumplimiento de la función de prevención por no haber adoptado las
medidas idóneas y eficaces para intentar evitar el atentado, teniendo en cuenta
que dos años antes se había producido un hecho terrorista contra la embajada de
Israel en Argentina. El estado reconoce responsabilidad porque existió
encubrimiento de los hechos, porque medio un grave y deliberado incumplimiento
de la función de investigación del hecho ilícito ocurrido el 18 de julio de 1994, y
porque este incumplimiento en materia de investigación adecuada produjo una
clara denegatoria de justicia. Todo ello conforme fue declarado por el tribunal oral
federal en lo criminal nro. 3 de la ciudad de buenos aires en su sentencia de fecha
29 de octubre de 2004."
En dicho reconocimiento el Estado
Argentino asumió obligaciones que se encuentran aún pendientes y motivaron un
pedido de informes al Poder Ejecutivo Nacional (expediente: 7795-D-2012), que
aún no ha sido tratado.
En el mismo sentido debo mencionar
que, en Septiembre de este año, el Poder Ejecutivo Nacional ha iniciado
negociaciones con el Gobierno Iraní, las cuales se mantienen en absoluta reserva,
y que su estado de avance no ha sido informado a esta Honorable Cámara. Con el
objetivo de que el Poder Ejecutivo informe y dé a publicidad sus actos es que hé
presentado un proyecto de resolución a fin de que el Poder Ejecutivo Nacional
informe sobre diversas cuestiones relacionadas a las mencionadas negociaciones,
sin embargo el expediente 7210-D-2012 tampoco ha sido puesto en
tratamiento.
Considero fundamental proteger a las
víctimas del atentado a la AMIA, impulsando la indemnización que les corresponde
a raíz de las responsabilidad estatal, exigiendo que la Justicia investigue para
finalmente esclarecer los hechos e impidiendo que las personas que fueron
asesinadas en el atentado sean minimizadas y puestas en comparaciones absurdas
por parte del Presidente de Ecuador, en este caso.
En esta misma línea el
Centro Simon Wiesenthal manifestó su indignación debido a los comentarios
acerca del ataque terrorista contra la AMIA efectuados por el presidente de
Ecuador, Rafael Correa, durante su visita a Argentina
(http://www.wiesenthal.com/site/apps/nlnet/content2.aspx?c=lsKWLbPJLnF&b=44
41467&ct=12521931). A su vez, el titular de la AMIA Guillermo Borger afirmo que
los dichos de Correa fueron: "una absoluta ironía que está fuera de cualquier
contexto" e insistió en que "esto no tiene punto de comparación y queremos que
nuestros 85 muertos descansen en paz tras 18 años de no haber encontrado
justicia (http://www.lavoz.com.ar/noticias/politica/amia-repudio-dichos-
presidente-correa-sobre-atentado).
Por todo lo expuesto propongo la
declaración que someto a consideración a la espera del favorable acompañamiento
de las señoras y los señores legisladores con su voto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ALONSO, LAURA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
MARTINEZ, SOLEDAD | BUENOS AIRES | PRO |
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
TONELLI, PABLO GABRIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
GONZALEZ, GLADYS ESTHER | BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 131 (2013), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |