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PROYECTO DE TP


Expediente 8456-D-2012
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LOS CONCEPTOS DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, SEÑOR RAFAEL CORREA, AL REFERIRSE AL ATENTADO CONTRA LA "ASOCIACION MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA - AMIA -", OCURRIDO EN NUESTRO PAIS EN 1994.
Fecha: 06/12/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 180
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su más enérgico repudio a las declaraciones realizadas por el Presidente de la República de Ecuador Rafael Correa en referencia al atentado a la AMIA.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El día 04 de Diciembre de 2012, el Presidente de la República de Ecuador se ha referido al atentado a la AMIA en los siguientes términos: "Conozco ese caso. Es muy doloroso para la historia argentina, pero vea cuántos murieron en el bombardeo de la OTAN a Libia. Comparemos las cosas también y veamos donde están los verdaderos peligros; no debemos manipular". Considero que dichas declaraciones son absolutamente desafortunadas y que es imposible y absurdo efectuar esa comparación. Además, es importante aclarar que un mandatario de la región debe evitar minimizar a todas las víctimas del atentado a la AMIA, que se tratan de vidas humanas que fueron inocentemente asesinadas y que su memoria debe ser absolutamente respetada.
Vale recordar que el atentado a la AMIA ocurrió en nuestro país en el año 1994 y que aún no ha sido esclarecido y la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha declarado, en el año 2009, la nulidad parcial de la investigación. A esto debemos agregar que en el año 2005 el Estado Argentino ha reconocido su responsabilidad en los siguientes términos:
El gobierno reconoce la responsabilidad del estado argentino por la violación de los derechos humanos denunciada por los peticionarios en la presentación efectuada ante la cidh en este caso: derecho a la vida (art. 4 de la convención americana; derecho a la integridad física (art. 5 ca); derecho a las garantías judiciales (art. 8 ca) y derecho a la protección judicial (art. 25 ca); y el deber de garantía (art. 1.1 ca), en los siguientes términos. En este sentido, el estado reconoce responsabilidad ya que existió un incumplimiento de la función de prevención por no haber adoptado las medidas idóneas y eficaces para intentar evitar el atentado, teniendo en cuenta que dos años antes se había producido un hecho terrorista contra la embajada de Israel en Argentina. El estado reconoce responsabilidad porque existió encubrimiento de los hechos, porque medio un grave y deliberado incumplimiento de la función de investigación del hecho ilícito ocurrido el 18 de julio de 1994, y porque este incumplimiento en materia de investigación adecuada produjo una clara denegatoria de justicia. Todo ello conforme fue declarado por el tribunal oral federal en lo criminal nro. 3 de la ciudad de buenos aires en su sentencia de fecha 29 de octubre de 2004."
En dicho reconocimiento el Estado Argentino asumió obligaciones que se encuentran aún pendientes y motivaron un pedido de informes al Poder Ejecutivo Nacional (expediente: 7795-D-2012), que aún no ha sido tratado.
En el mismo sentido debo mencionar que, en Septiembre de este año, el Poder Ejecutivo Nacional ha iniciado negociaciones con el Gobierno Iraní, las cuales se mantienen en absoluta reserva, y que su estado de avance no ha sido informado a esta Honorable Cámara. Con el objetivo de que el Poder Ejecutivo informe y dé a publicidad sus actos es que hé presentado un proyecto de resolución a fin de que el Poder Ejecutivo Nacional informe sobre diversas cuestiones relacionadas a las mencionadas negociaciones, sin embargo el expediente 7210-D-2012 tampoco ha sido puesto en tratamiento.
Considero fundamental proteger a las víctimas del atentado a la AMIA, impulsando la indemnización que les corresponde a raíz de las responsabilidad estatal, exigiendo que la Justicia investigue para finalmente esclarecer los hechos e impidiendo que las personas que fueron asesinadas en el atentado sean minimizadas y puestas en comparaciones absurdas por parte del Presidente de Ecuador, en este caso.
En esta misma línea el Centro Simon Wiesenthal manifestó su indignación debido a los comentarios acerca del ataque terrorista contra la AMIA efectuados por el presidente de Ecuador, Rafael Correa, durante su visita a Argentina (http://www.wiesenthal.com/site/apps/nlnet/content2.aspx?c=lsKWLbPJLnF&b=44 41467&ct=12521931). A su vez, el titular de la AMIA Guillermo Borger afirmo que los dichos de Correa fueron: "una absoluta ironía que está fuera de cualquier contexto" e insistió en que "esto no tiene punto de comparación y queremos que nuestros 85 muertos descansen en paz tras 18 años de no haber encontrado justicia (http://www.lavoz.com.ar/noticias/politica/amia-repudio-dichos- presidente-correa-sobre-atentado).
Por todo lo expuesto propongo la declaración que someto a consideración a la espera del favorable acompañamiento de las señoras y los señores legisladores con su voto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ALONSO, LAURA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
MARTINEZ, SOLEDAD BUENOS AIRES PRO
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
TONELLI, PABLO GABRIEL CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
GONZALEZ, GLADYS ESTHER BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 131 (2013), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996