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PROYECTO DE TP


Expediente 8441-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE SUPUESTOS INCUMPLIMIENTOS EN LA VENTA Y PUBLICIDAD DE SUPLEMENTOS DIETARIOS O NUTRICIONALES.
Fecha: 28/10/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 154
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y la Subsecretaría de Defensa de la Competencia y Defensa del Consumidor, informe sobre los siguientes puntos:
Si se han detectado supuestos de incumplimiento referidos a la venta y publicidad de suplementos dietarios o nutricionales, por empresas que realizan oferta de ellos en los distintos medios gráficos.
2- Si es positiva la respuesta, denuncie cuales fueron las irregularidades e indique el tipo y nombre del producto y que tipo de sanciones se aplicaron.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Cuerpos esculturales, figuras deseables, sonrisas por doquier. Los avisos publicitarios que fomentan el uso de suplementos dietarios, nutricionales y otros medicamentos se multiplican en TV y los medios gráficos. La idea de rendir "las 24 horas" se instaló hace tiempo en el país y el mundo, y la "ayuda" para llegar siempre impecable parece ser la misma: una pastilla milagrosa. Pero no todo lo que brilla es oro, muchos de estos productos no cumplen con la regulación sanitaria, y pueden ser riesgosos para la salud. Desde los organismos de control nacional advirtieron de esta problemática, que no es nueva, y denunciaron a varias marcas de "publicidad engañosa". Las autoridades aseguran que estos productos no deben usarse "para prevenir, tratar o curar alguna enfermedad".
El ANMAT, informo que "se promocionan productos, de los cuales no se informa su nombre ni sus componentes, expresando falsamente que los mismos son aptos para el tratamiento o curación de enfermedades de la próstata o cardíacas, o incluso cáncer, diabetes, artritis y otras dolencias graves". Por todo ello, se recuerda que la función de los suplementos dietarios "es la de complementar la ingesta alimentaria, incrementarla, o reemplazar alguno de sus nutrientes. No son aptos ni deben utilizarse para prevenir, tratar o curar alguna enfermedad"
En el marco de estas infracciones a la normativa vigente sobre publicidad de productos de competencia de esta Administración Nacional, se realizaron las acciones pertinentes, intimando a las empresas que se abstengan de publicar los anuncios hasta tanto sean modificados
No es la primera vez que la entidad se mete en la publicidad de este tipo de productos. Hace un tiempo emitió un documento completo donde destaca los límites de la publicidad, para que no cometan engaños peligrosos. En este sentido, además de no promocionar propiedades curativas, no deben fomentar su uso indiscriminado, entre otras cuestiones.
Por la importancia que reviste esta temática para la salud publica es que pido a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)