PROYECTO DE TP
Expediente 8438-D-2010
Sumario: SEMILLAS Y CREACIONES CITOGENETICAS - LEY 20247: MODIFICACION DEL ARTICULO 5, SOBRE COMPOSICION DE LA COMISION NACIONAL DE SEMILLAS.
Fecha: 30/11/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 183
El Senado y Cámara de Diputados...
Art. 1:
Sustitúyese el texto del
el art. 5 de la Ley 20247 de Semillas y Creaciones Citogenéticas por
el siguiente:
" La Comisión estará
integrada por diez (10) miembros designados por el Ministerio de
Agricultura , Ganadería y Pesca. Los mismos deberán poseer especial
versación sobre semillas. Cinco (5) de estos miembros serán
funcionarios representantes del Estado, de los cuales dos (2)
pertenecerán al Instituto Nacional de Semillas ( INASE), dos (2) al
Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria y uno (1) al Ministerio
de Agricultura Ganadería y Pesca con rango no inferior a Director.
Cinco (5) otros miembros representarán a la actividad privada, de los
cuales uno (1) representará a los fitomejoradores, dos (2)
representarán a la producción y al comercio de semillas y dos (2)
representarán a los usuarios, elegidos alternativamente entre las
cuatro Entidades representativas, a saber: Federación Agraria
Argentina, CONINAGRO, Sociedad Rural Argentina y Confederaciones
Rurales Argentinas. El Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca
determinará entre los representantes del Estado cuáles actuarán
como presidente y vicepresidente de la Comisión. Los restantes
miembros integrantes de la Comisión se desempeñarán como vocales
de la misma. En el caso de los usuarios su representación durará un
año y deberàn alternar sus lugares."
Art. 2:
De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley 20.247
sancionada el 30 de marzo de 1973, ha tenido vigencia hasta
nuestros días y ha sido una herramienta útil que a través de los años
ha servido de sostén para tan importante actividad.
Es necesario, con el
paso del tiempo, actualizar alguno de sus aspectos como lo es la
composición de la Comisión Nacional de Semillas creada en su
artículo 4 y desarrollada en el 5, donde explícitamente son
nombrados sus integrantes. En el caso de la Junta Nacional de
granos, por ejemplo, esta institución fue desarticulada en los tiempos
de la presidencia del doctor Menem como parte de una
reestructuración, en aquel momento realizada. La Dirección de
Fiscalización fue reemplazada por el INASE y por lo tanto es necesario
reestructurar la composición de esta Comisión para darle, con fuerza
de ley, una integración acorde al momento.
Tambien es necesaria
una readecuación y actualización de esta importante ley, para lo cual
me comprometo a trabajar activamente.
La urgencia de dar una
salida a esta situación fácilmente corregible, me mueve a presentar
hoy esta modificación que espero sea tenida en cuenta. Por ello, Sr.
Presidente, solicito la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |