PROYECTO DE TP
Expediente 8378-D-2016
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA APLICACION DE LA LEY 27067, DE CREACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE ARTES GRAFICAS.
Fecha: 25/11/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 177
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, para que por medio de los organismos que estime correspondiente, informe a esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación los siguientes puntos vinculados al Instituto Nacional de las Artes Gráficas creado por la Ley Nacional N° 27.067:
a) Si a la fecha se encuentra constituido el Instituto Nacional de las Artes Gráficas creado por el artículo 3º de la Ley N° 27.067 y reglamentado por el Decreto N° 1.329 del año 2015 y en el caso que no esté constituido, los motivos de esta situación.
b) Se informe de qué organismo depende a la fecha el Instituto Nacional de las Artes Gráficas en virtud del decreto reglamentario Nº 1.329 del 2015.
c) Se indiquen los fondos asignados, y/o previstos para el funcionamiento del Instituto Nacional de las Artes Gráficas en el período 2016-2017.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 10 de diciembre de 2014 fue sancionada por el Congreso Nacional la Ley N° 27.067 que crea el Instituto Nacional de las Artes Gráficas (INAG), el que según el artículo cuarto (4º) del texto normativo, es el “organismo rector del fomento, promoción, preservación, archivo y difusión de las artes gráficas argentinas”.
Esta ley fue reglamentada por el Decreto N° 1.329/2015 publicado en el Boletín Oficial el 10 de julio de 2015, especificando que el Instituto dependería de la Secretaría de Políticas Socioculturales del Ministerio de Cultura y que ésta, según el artículo quinto (5º), dentro de los noventa (90) días de publicado el decreto establecería “(…) el reglamento administrativo interno para el funcionamiento del Instituto (…)”.
Al día de la fecha, no logramos acceder a información sobre la constitución o el funcionamiento de este Instituto, cuya creación implicaba e implica un importante avance para el sector de la producción cultural vinculado a la ilustración, el dibujo humorístico y la caricatura, la historieta y el arte tipográfico. Entre sus funciones de promoción de las artes gráficas, la ley otorga al INAG la responsabilidad de la difusión, la capacitación, la investigación, la preservación de las obras y el fomento de la edición de libros, revistas y publicaciones digitales o en papel, convirtiéndolo así en una herramienta fundamental para el desarrollo de este sector, tanto a nivel cultural como industrial.
Pretendemos, con este proyecto de resolución, conocer si se ha creado o se encuentra en vías de creación el mencionado Instituto, y en caso de que no haya avances, conocer los motivos de esta situación. Además, teniendo en cuenta que el decreto reglamentario establecía que el INAG dependería de la Secretaría de Políticas Socioculturales del Ministerio de Cultura de la Nación, y que en virtud de la nueva orgánica del Ministerio a partir del cambio de gobierno en diciembre de 2015, esta secretaría ya no existe en la órbita de la cartera de cultura, buscamos conocer bajo qué área está previsto el funcionamiento del Instituto.
Por último, buscamos conocer los fondos que se la han asignado hasta la fecha al Instituto para su funcionamiento y los fondos que se prevé destinar para su funcionamiento en el próximo período, si el mismo ha sido creado o se encuentra en proceso de creación.
Por los motivos expuestos, solicito a mis pares el acompañamiento del presente proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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NAZARIO, ADRIANA MONICA | CORDOBA | UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
RUCCI, CLAUDIA MONICA | BUENOS AIRES | UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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