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PROYECTO DE TP


Expediente 8372-D-2014
Sumario: DERECHO A LA ELIMINACION DE DATOS PERSONALES EN INTERNET. REGIMEN.
Fecha: 24/10/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 152
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


derecho a la eliminacion de datos PERSONALES en internet
Artículo 1º: Los usuarios de servicios de internet pueden solicitar a las empresas proveedoras de servicios de motores de búsqueda la eliminación de enlaces a páginas web que contengan datos que conciernan a su persona o a personas cuya representación legal ejerza, que no afecten a terceros o al iteres público.
Artículo 2º: A los fines de la presente ley entiéndase por:
Datos personales. Lo dispuesto en el artículo 2 de la ley 25.326.
Motores de búsqueda. Todas las páginas web que ofrecen servicios de búsqueda de datos almacenados en otros servidores web.
Artículo 3°: Para el cumplimiento del artículo 1° de la presente ley, las empresas proveedoras de servicios de motores de búsqueda deben consignar en sus páginas web un mecanismo gratuito, ágil y de fácil acceso a través del cual se canalizarán las solicitudes de los usuarios.
Una vez enviada la solicitud, la empresa notificará al usuario la fecha y el número de solicitud. La notificación será enviada de forma automática al correo electrónico consignado por el usuario en el reclamo.
Artículo 4°: Las empresas proveedoras de servicios de motores de búsqueda tienen treinta (30) días a partir de la fecha de ingreso de la solicitud para la eliminación del enlace.
Artículo 5°: En caso de que no se concrete la eliminación del enlace, el usuario podrá continuar con el reclamo ante el Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC) en los términos de la Ley 26.993.
Artículo 6°: Será autoridad de aplicación en la presente norma el organismo que el Poder Ejecutivo determine por vía reglamentaria.
Artículo 7°: La presente ley entrará en vigencia a los sesenta (60) días a partir de su promulgación.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Internet nace a mediados de la década de 1960, cuando científicos estadounidenses crearon esta red de alta velocidad con el fin de mejorar sus comunicaciones. A principio de los 90, con la aparición de nuevas facilidades de interconexión y herramientas gráficas para el uso de la red se fueron sumando nuevos usuarios, con la características que los mismos ya no pertenecían exclusivamente al ámbito científico, si no por el contrario, el usuario empezaba a ser el ciudadano común que encontraba en esta red una manera más ágil y moderna de comunicación.
Son infinitos los usos que se le da a Internet en la actualidad, día a día se van sumando nuevos instrumentos, formas y actores que van ampliando el espectro de posibilidades que nos brinda esta herramienta comunicacional. No cabe duda que Internet es uno de los medios de comunicación más utilizado en el mundo entero.
Dentro de esta red mundial participan distintos sujetos y de la misma van surgiendo distintas relaciones. El supuesto anonimato en internet y su característica de red "global" hace que muchas veces se violen derechos reconocidos a nivel constitucional y el usuario, por las características propias de la red, no tenga los medios para su protección.
Uno de los delitos más comunes es el de la publicación de datos de una persona sin su consentimiento, los cuales hacen referencia a hechos, características o sucesos que son propios del ámbito privado de la persona afectada.
Existen distintos medios en nuestro ordenamiento jurídico que buscan resguardar estos derechos, tal es el caso del "Habeas Data" reconocido en el artículo 43 de nuestra Constitución Nacional, o la ley 25.326 denominada "Protección de los datos personales".
Si bien estos mecanismos de protección han tenido una importante acogida en distintos ámbitos en la vida diaria, en la práctica son de difícil implementación cuando el medio utilizado para cometer el ilícito es internet. En primer lugar debido a que los actores que participan en la relación internet-usuario, se desligan de responsabilidad. Y por otro lado, muchas veces las páginas productoras de contenido tienen origen en otro país o simplemente identificar a la persona que produjo o publicó el contenido es una tarea casi imposible.
Un sujeto muy importante en esta relación son los denominados "motores de búsqueda en internet", considerados como servicios de búsqueda de contenidos almacenados en diversos servidores web. En otras palabras, le dan la posibilidad al usuario de brindarle la información que existe en todas las páginas de internet del mundo, al combinar palabras claves elegidas por el mismo usuario.
Así sucede que el nombre de una persona puede aparecer vinculado a información (producidas por otras páginas web) irrelevante para la vida de los terceros, pero que vulnera el ámbito de privacidad del sujeto afectado.
Es importante aclarar, que si bien las paginas "motores de búsqueda en internet" no son los productores de contenidos, no por ello pierden responsabilidad. En primer lugar porque son ellos los que brindan el servicio de búsqueda, quiero decir, que brindan la herramienta, el medio fehaciente a través del cual la combinación de palabras nos remiten a información que hace al ámbito privado del sujeto afectado. Y por otro lado, debido a su actividad se las ubica dentro de las páginas más visitadas en el mundo entero, lo que genera que muchos auspiciantes elijan su página web para publicitar sus productos.
El presente proyecto, busca darle al usuario de internet una herramienta, de fácil acceso, gratuita y ágil para que los vínculos a otras páginas web que contengan datos personales (según lo dispuesto en el artículo segundo de la ley 25.326) irrelevantes que hacen al ámbito privado de la persona, menores o incapaces que estén a su resguardo puedan ser eliminados, siempre y cuando estos datos no afecten a terceros ni al interés público. En esta enunciación encontramos el límite de la acción, ya que la persona que se considere vulnerada con cierta información no podrá ampararse en esta protección cuando la eliminación de vínculos afectase a terceros o al interés del público, quedando así salvaguardado los derechos de libertad de información y expresión.
Avanzar en la legislación de internet, significa avanzar de manera coordinada con el resto de la países. Es necesario que en los países se dicten leyes protectoras para los usuarios, en ese sentido el presente proyecto tiene como antecedente el reciente fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europa "Mario Costeja Gonzalez c/ Agencia Española de Protección de Datos y Google", en el cual el ciudadano español logro dictamen a su favor por el cual los buscadores deberán retirar enlaces de connotación negativa para su persona.
Por los motivos expuestos solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
AVOSCAN, HERMAN HORACIO RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PUIGGROS, ADRIANA VICTORIA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA PUIGGROS (A SUS ANTECEDENTES)