PROYECTO DE TP
Expediente 8298-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL SECRETARIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA NACION, SOBRE EL RESULTADO DEL ANALISIS DE CONSISTENCIA DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LOS BOSQUES NATIVOS EN LA PROVINCIA DE FORMOSA.
Fecha: 19/11/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 177
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar la presencia, en los términos de
los artículos 71 de la Constitución Nacional y 204 del Reglamento de la Honorable
Cámara de Diputados de la Nación, del Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable
de la Nación - Dr. Homero Máximo Bibiloni- para que informe:
1. El resultado del análisis de
consistencia del Ordenamiento territorial de los Bosques Nativos en la Provincia de
Formosa (en la ley Nº1552/2010) que produjo la Secretaría de Ambiente de la Nación
como Autoridad Nacional de Aplicación de la Ley 26.331.
2. En qué consistió la asistencia técnica
y financiera brindada, conforme lo dispuesto por el Art. 6º de la Ley 26.331. En caso de
que esa asistencia no haya sido provista, explique las razones.
3. La posición institucional del área a
su cargo con respecto al grado de adecuación del "Programa de Ordenamiento Territorial
de la Provincia de Formosa (POT-For)" a los Diez Criterios de Sustentabilidad Ambiental
para el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos contenidos en la Ley
26.331.
4. Medidas dispuestas para la
regulación de la expansión de la frontera agropecuaria y de cualquier otro cambio de uso
del suelo y de propiedad de la tierra en el territorio de la Provincia de Formosa.
5. Elementos que den prueba de cabal
cumplimiento de lo dispuesto en el Capítulo VII de la Ley N°26.331 sobre Audiencia y
Consulta Pública.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En Formosa se produjo un autocrático proceso
de ordenamiento territorial que pintó generosamente de color verde una porción gigante
de su territorio. El área roja es ínfima (menor al 10%). Este proceso tuvo que ser avalado
por el actual Secretario de Ambiente de la Nación, sin cuya anuencia difícilmente se
hubiera consolidado lo que para mí es la utilización de la Ley de Bosques como un
"estatuto legal del bandidaje".
El Consejo de Comunidades Originarias se
pronunció en contra del proceso de ordenamiento territorial y rechazó los criterios
utilizados por el Gobierno provincial. Afirmaron que el pueblo indígena rechaza
absolutamente el ordenamiento territorial hecho a espaldas de la ciudadanía,
pretendidamente "técnico" y violatorio del artículo 2º del Convenio 169 inciso 1 y 13
inciso 1 de la OIT.
En igual sentido, el Espacio Intercultural por
el Territorio Formoseño, un grupo de 20 organizaciones indígenas, criollas, campesinas,
ONG e iglesias, sostiene que los resultados del Ordenamiento "resultan muy
preocupantes ya que se apartan del espíritu de la Ley 26.331" y que es necesario "alertar a
toda la comunidad de esta preocupante situación que no sólo pone en peligro los bosques
sino también a su biodiversidad, a sus habitantes y a sus culturas".
Este Espacio Intercultural observa que se
omite el cumplimiento de los criterios de zonificación establecidos en la ley de bosques,
no se considera el concepto de territorio indígena, no existe un relevamiento de
poblaciones campesinas y criollas, y se vive un acelerado aumento de las tasas de
desmonte y de cambio en la titularidad de la tierra, junto a nuevos titulares.
Pero no se han limitado a la crítica. Además,
produjeron importante cantidad y calidad de propuestas que difundieron pacientemente
allegándose hasta el mismo Congreso de la Nación ("Aportes y reflexiones sobre el
Ordenamiento Territorial en la Provincia de Formosa. Documento para la integración de
la visión multisectorial", 2010).
Los efectos sociodemográficos y políticos de
un ordenamiento de estas características, con ausencia completa de verdadera
participación, no podrían ser peores. La certeza de área verde disparó la compraventa de
tierras puesto que se las supone ya libres de trabas para su explotación futura. El
engañoso verde valorizó la propiedad de la tierra. La discusión por el fondo de
compensación a productores, que facilitó la trabada sanción de la ley en el Congreso,
parece importar nada. El ordenamiento fue convertido en la herramienta de legalización
de la especulación sobre la propiedad de la tierra. Es el uso más perverso de una
legislación que busca proteger los recursos naturales.
Es necesario que el Congreso, más allá de
consideraciones formales, mantenga una constante y severa mirada institucional sobre las
formas en que sus leyes de presupuestos mínimos son convertidas por las autoridades
competentes, en consonancia con las autoridades nacionales de aplicación, en leyes de
presupuestos mínimos definitivos. El caso Formosa -y no es el único- devino
problemático en extremo.
Confiamos en que el curso actual de los
acontecimientos pueda reconducirse a los principios que dieron origen a una ley
protectiva y no predatoria. Por las razones expuestas, solicito el tratamiento del presente
proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BONASSO, MIGUEL LUIS | CIUDAD de BUENOS AIRES | DIALOGO POR BUENOS AIRES |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia) |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES |