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PROYECTO DE TP


Expediente 8290-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LOS CHOFERES DE COLECTIVOS DE LARGA DISTANCIA.
Fecha: 19/11/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 177
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través de los organismos correspondientes, informe sobre las siguientes cuestiones vinculadas a los choferes de colectivo de larga distancia:
- Si se controla que los choferes cumplan con la jornada laboral, las horas de descanso reglamentario y la documentación necesaria para prestar el servicio.
- En caso afirmativo, cómo se realizan esos controles y qué resultados se obtuvieron.
- En caso negativo, informar por qué no se realizan.
- Cuáles son los organismos que controlan y las sanciones.
- Si se prevé aumentar el número de controles.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El último fin de semana largo de octubre, en el marco del Plan Nacional de Regulación del Trabajo (PNRT), acción conjunta entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y las autoridades laborales de los gobiernos provinciales, se realizaron relevamientos en las terminales de ómnibus de los principales centros turísticos para constatar que las unidades de colectivos de larga distancia y sus choferes circulen con la documentación reglamentaria por las rutas nacionales.
Como resultado, en Retiro y Liniers, de los 109 vehículos monitoreados 74 presentaron algún tipo de irregularidad, es decir el 68 por ciento. De la misma forma, de los 232 choferes inspeccionados más de 135 no cumplían en su libreta con la normativa vigente, representando un 58 por ciento.
Durante este año, ya se relevaron 5.113 unidades de transporte, de las cuales 2.415 estaban en infracción, un 39 por ciento. Asimismo, de los 12.105 choferes inspeccionados 4.009 (33 por ciento) no tenía la libreta obligatoria o la misma presentaba irregularidades, el personal carecía de descanso o presentaba exceso de jornada laboral.
A través de este plan, el gobierno nacional procura combatir el trabajo no registrado; verificar el cumplimiento de las condiciones de trabajo que garanticen el respeto de los derechos fundamentales del trabajo y la debida protección social; alcanzar una mayor eficiencia en la detección y corrección de los incumplimientos de la normativa laboral y la seguridad social; lograr la incorporación al sistema de seguridad social de los trabajadores excluidos; lograr que los empleadores regularicen en forma voluntaria su situación y difundir la problemática derivada del empleo no registrado y los beneficios de su regularización.
Con el incumplimiento de las normas se pone en peligro la vida de los pasajeros y del resto de los automovilistas y transeúntes que circulan por el país. Entre las faltas más comunes se encuentran la sobrecarga horaria (choferes que conducen más de 12 horas diarias), el falseamiento de los datos anotados en la libreta de trabajo de los empleados, la falta de descanso entre jornada y jornada y el no respeto por los días francos. Según la Ley de Jornada de Trabajo (11.544) la duración de ésta no podrá exceder de 8 horas diarias o 48 semanales, aunque su decreto reglamentario dispone que la jornada puede extenderse en una hora cuando haya/n día/s en la semana en la que la duración de la jornada sea menor a 8 horas.
Desde el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación se encargan de lo relacionado con las condiciones laborales, mientras que los vehículos son chequeados por la Comisión Nacional Reguladora del Transporte (CNRT). La CNRT es un ente autárquico que en el ámbito de la Secretaria de Transporte controla y fiscaliza el transporte terrestre de jurisdicción nacional. Desde hace tres años este organismo junto a la Unión Tranviarios Automotor (UTA), promueven un cambio en el sistema, implementando una tarjeta magnética para controlar de forma electrónica que el descanso no se pueda vulnerar. En 2007 fue acordado por el Ministerio de Trabajo y las empresas de larga distancia, sin embargo hasta el momento no se efectivizó. Esta medida procura mitigar el fraude a la ley que se comete al falsear los datos en las libretas de trabajo de los choferes.
De la misma forma, se vulnera el descanso de los trabajadores cuando las empresas alegan que habiendo dos choferes en el ómnibus, el que no maneja está cumpliendo su período de descanso, el Ministerio sostiene que no es así y propone un sistema de postas para que en viajes largos, cada mil kilómetros la dupla de conductores sea reemplazada por otras, con el fin de garantizar el descanso de 12 horas. No obstante, como afirma Gustavo Brambatti, subgerente de seguridad vial del Centro de Educación y Seguridad Vial (Cesvi), "Las empresas de ómnibus defienden a rajatabla el sistema actual porque el de postas les aumentaría los costos y las obligaría a repensar todo el esquema de trabajo: la mayoría tiene base en Buenos Aires y sus choferes viven en el área metropolitana; el chofer va y viene, rebota, y en algún momento llega a descansar en su casa; el sistema de postas obliga a tener choferes de distintas localidades del interior, según los recorridos".
Este episodio en el mes de octubre, no es un caso aislado ya que se repite los fines de semana largos cuando algunas empresas tienden a incrementar los servicios y aumentar la informalidad. Este año, en semana santa, una inspección del Ministerio de Trabajo en la Terminal de Retiro dejó como resultado que casi el 38 por ciento de los choferes de micros de larga distancia se desempeñaba bajo condiciones laborales que, en infracción, ponen en peligro la seguridad vial. En promedio, durante el año, la proporción de infracciones laborales llega al 32,5 por ciento y sube en épocas en que hay más viajes, como la Semana Santa.
El descanso es un factor relevante a considerar más aún si se tiene en cuenta que los choferes deben estar en permanente estado de atención y concentración con la tensión y el estrés que esto conlleva. Por otro lado, gran parte de los conductores dedica su tiempo de descanso al mantenimiento del vehículo o no son elegidos en función de la necesidad del cuerpo sino cuando el servicio se lo permite o lo establece la normativa. La fatiga disminuye el estado de vigilancia de los sentidos, implicando un gran obstáculo para conducir y aumenta el estrés, que empeora en horario nocturno.
La Unión Europea introdujo el tacógrafo digital para facilitar a los operadores y a las autoridades el control de las horas de conducción. Este instrumento mide y registra la velocidad y el tiempo de conducción, combina las funciones de reloj y velocímetro. Su instalación es obligatoria en todos los vehículos fabricados después del 1° de enero de 2006.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) siempre le ha dado importancia al tema de la jornada laboral. El Convenio sobre duración del trabajo y períodos de descanso (transportes por carretera) (Nro. 153) de 1979 aborda las horas de trabajo y de descanso en el transporte por carretera. Según el convenio, todo conductor tiene derecho a una pausa después de cuatro horas de conducción o después de cinco horas de trabajo continuo. El tiempo máximo de conducción en un día no debe superar las nueve horas y el período de descanso no debe ser inferior a ocho horas consecutivas.
Consideramos fundamental resguardar la salud de los choferes de larga distancia, ya que de esta manera también se evitan accidentes y se preservan vidas.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CICILIANI, ALICIA MABEL SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
GARCIA, SUSANA ROSA SANTA FE COALICION CIVICA
VIALE, LISANDRO ALFREDO ENTRE RIOS PARTIDO SOCIALISTA
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
TRANSPORTES