PROYECTO DE TP
Expediente 8194-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS A LA MORA EN LA PUBLICACION DE LAS "RESERVAS COMPROBADAS, NO COMPROBADAS Y RECURSOS DE HIDROCARBUROS LIQUIDOS Y GASEOSOS" EN LA PAGINA WEB Y BOLETINES DE LA SECRETARIA DE ENERGIA (SE).
Fecha: 14/02/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 195
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
para que informe, respecto a la mora en la publicación de las "Reservas
COMPROBADAS, NO COMPROBADAS y RECURSOS de hidrocarburos
líquidos y gaseosos" en la página web y boletines de la Secretaría de Energía
(SE) dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios (MPFIPyS), organismo responsable de brindar la información según
Decreto N° 1028/2001 (B.O. N° 29.717 del 24/08/2001) que crea el "Sistema de
Información Federal de Combustibles"; lo siguiente:
1. Si las empresas permisionarias
de exploración y concesionarias de explotación de hidrocarburos presentan en
forma anual la información sobre reservas de hidrocarburos líquidos y
gaseosos, según lo dispuesto por el Artículo 1° de la Resolución (SE) N°
324/2006 (B.O. N° 30.869 del 20/03/2006) detallando la empresa, el año de la
información y la fecha de presentación o si registró incumplimiento;
2. En caso de incumplimiento de
las empresas permisionarias de exploración y concesionarias de explotación de
hidrocarburos en presentar la información anual sobre reservas de
hidrocarburos líquidos y gaseosos que medidas efectivas se adoptaron;
3. Los motivos que originaron la
mora en la publicación de las reservas comprobadas, no comprobadas y
recursos por parte del organismo responsable en su página web
(http://www.energia.gov.ar/), registrando la última publicación al
31/12/2011;
4. Los motivos por los cuales se
discontinuó la publicación del boletín "Anuario de Reservas"; y
5. Los motivos por los cuales no se
publican los cronogramas de tareas de las empresas certificadoras de reservas
que deben ser presentado por las mismas antes del 10 de diciembre del año a
certificar y el cumplimiento de los mismos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Ante las dificultades que se
observan en el sector energético del país desde hace algunos años, motivadas
entre otras razones por el estancamiento de la producción de hidrocarburos
debido a una desacertada política del gobierno que trajo como resultado un
exponencial crecimiento en las importaciones del rubro que genera una
importante salida de divisas con graves consecuencias sobre la economía
nacional, resulta de gran interés contar con información cierta y en tiempo
sobre la evolución presente del sector energético, pero fundamentalmente
sobre las perspectivas a futuro del mismo.
Tener información sobre el futuro de
la energía resulta importante para las empresas al decidir nuevas inversiones,
para las universidades e instituciones al estudiar las problemáticas del sector y
principalmente para los partidos políticos al elaborar sus propuestas de
gobierno e iniciativas legislativas sobre el tema.
Según el Decreto N° 1.028/2001
(B.O. N° 29.717 del 24/058/2001) resulta responsable de publicar la
información referida a hidrocarburos y combustibles, en página web y boletines,
la actual Secretaría de Energía (SE) del Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios (MPFIPyS) que reemplaza a la anterior Secretaría
de Energía y Minería según Decreto N° 1.283/2003 (B.O. N° 30.158 del
27/05/2003) que crea el ministerio y Decreto N° 1.142/2003 (B.O. N° 30.287 del
28/11/2003) que aprueba la estructura organizativa del mismo.
Al consultar la página
web de la Secretaría de Energía se puede corroborar una importante mora en
la publicación de información referente a las "reservas comprobadas, no
comprobadas y recursos de hidrocarburos (petroleo y gas)" tanto que el último
boletín anual llamado "Anuario de Reservas" data del año 2004 y la última
publicación en planilla, con formato "excell", refiere al estado de las reservas al
31/12/2011.
Según la Resolución (SE) N°
324/2006 (B.O. N° 30.869 del 20/03/2006) las empresas permisionarias de
exploración y concesionarias de explotación de hidrocarburos deben presentar
anualmente la información sobre las reservas de hidrocarburos y la
Subsecretaría de Combustible es la responsable de velar por el efectivo
cumplimiento de la misma, siendo de nuestro interés conocer las medidas
adoptadas en caso de haberse registrado incumplimiento en la presentación
anual de la información.
También por disposición de la
Secretaría de Energía, o de organismo a su cargo, las empresas certificadoras
deben presentar antes del 10 de diciembre del año a certificar el cronograma
de tareas, cronograma que no se publica en la página web antes mencionada.
De lo anterior, al desconocerse los
cronogramas de certificaciones de reservas de hidrocarburos para el año 2013,
se puede presumir que al menos se registra mora en la publicación de la
información sobre reservas de gas y petroleo en UN (1) período en planilla
excell y OCHO (8) períodos en boletín en la página web de la secretaría.
Anteriormente
resaltamos la importancia para empresas, universidades, instituciones y
partidos políticos de contar con información en tiempo y forma, a lo que
agregamos que recibir y buscar información es un derecho reconocido por la
Constitución Nacional y por Tratados Internacionales suscriptos por nuestro
país y resulta una obligación del estado brindar la información adecuada, tanto
por Decreto N° 1.172/2003 (B.O. 30.291 del 04/12/2003) Acceso a la
información Pública -Artículo 4° y su Anexo VII- , como también lo indicado por
la Corte Suprema de Justicia en Fallo A-917-XLVI del 04/12/2012 causa:
"Asociación Derechos Civiles c/ PAMI".
Por la importancia del asunto que se
requiere información, que no solo genera incertidumbre sobre el futuro
energético a corto y mediano plazo, sino que afectó gravemente en los últimos
años la balanza de pagos del país y el nivel de reservas internacionales del
Banco Central de la República Argentina; y por la necesidad de conocer: el
cumplimiento de las empresas permisionarias de exploración y concesionarias
de explotación de hidrocarburos de las normas vigentes; las medidas
adoptadas en caso de incumplimiento de las empresas por el organismo
responsable de la aplicación; y los motivos que originaron la mora en la
publicación de información y boletines, es que solicitamos a nuestros pares nos
acompañen en la aprobación de la presente resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
BAZZE, MIGUEL ANGEL | BUENOS AIRES | UCR |
NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR |
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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