PROYECTO DE TP
Expediente 8173-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE INCUMPLIMIENTOS EN EL PAGO DE PRESTACIONES A PERSONAS CON DISCAPACIDAD AFILIADAS AL "INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS - INSSJP, PAMI -", QUE RESIDAN EN INSTITUCIONES QUE LES BRINDEN ATENCION INTEGRAL.
Fecha: 19/11/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 169
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que, a
través del Ministerio de Salud de la Nación se sirva informar sobre los siguientes puntos que
atañen a su gestión:
1- Informe si se registran incumplimientos en
el pago de prestaciones a personas con discapacidad afiliadas al PAMI, que residen en
instituciones que les brindan atención integral.
2- En caso afirmativo informe los motivos por
los cuales no se han efectuado los correspondientes pagos y cuáles son las medidas que se prevén
adoptar para regularizar tal situación.
3- Informe si está contemplada la derogación
de la Resolución Nro. 1200/2012 de la Superintendencia de Servicios de Salud -actualmente
suspendida por resolución 1310/2012 de ese mismo organismo- cuya entrada en vigencia implica
la eliminación y/o reducción de los reintegros que la Administración de Programas Especiales
(APE) realiza por prestaciones especiales.
4- Informe si se han registrado denuncias por
falta de resolución de la Superintendencia de Servicios de Salud, respecto a pedidos de
inscripción en su Registro de Prestadores, realizados por instituciones que asisten a personas con
discapacidad.
5- Cualquier otra información que sirva al
presente.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Traemos a consideración de este honorable cuerpo
un proyecto de resolución que tiene por objeto solicitar al Poder Ejecutivo Nacional informe
respecto de falta de pago de prestaciones a personas con discapacidad afiliadas al PAMI, que
residen en distintos hogares de todo el país. Asimismo, el presente proyecto intenta obtener
precisiones acerca de la vigencia de la resolución Nro. 1200/2012 de la Superintendencia de
Servicios de Salud (cuyos efectos se hallan actualmente suspendidos por resolución Nro.
1310/2012 de ese mismo organismo) que según denuncias de distintas instituciones que trabajan
con personas discapacitadas, elimina o reduce los reintegros que la Administración de Programas
Especiales (APE) hace por prestaciones especiales, entre las que se encuentran las de
discapacidad.
Con relación al primero de los
temas postulados, las autoridades de la Obra Don Oriones han denunciado públicamente: "en
Pami no asumen las obligaciones que les competen en tiempo y forma poniendo en riesgo el
derecho a la atención que tienen las personas con discapacidad". Así las cosas, la deuda
acumulada asciende a los 500 mil pesos en los dos hogares de Rosario y, si se suma el
cottolengo de General Lagos podría superar el millón y medio de pesos. Más aún, la deuda
para con el total de los hogares del país asciende a los 30 millones de pesos. Teniendo en cuenta
que no todas las personas que están en los hogares Don Orione tienen obra social, el pago en
tiempo y forma es indispensable para el cuidado de los residentes." (1)
Esta situación no es nueva, las denuncias de
irregularidad en pago de las prestaciones se remontan a casi dos años, a pesar de tratarse de un
problema muy sensible y acuciante ya que estamos en presencia de un inmenso deterioro y
perjuicio en el sistema de atención de salud de personas con discapacidad. Sin embargo el
panorama se ha agravado considerablemente a partir de que el Instituto dejó de hacer efectivos
los correspondientes depósitos. Debemos poner de relieve que se trata de recursos que resultan
indispensables para el cuidado de los residentes.
Desde la Institución antes
mencionada afirman que actualmente sostienen su actividad con la ayuda de la ciudadanía, pero
que esta resulta insuficiente para cubrir los sueldos de los empleados. En tal sentido desde "Don
Orione" manifestaron: "con las donaciones no se llegan a cubrir los sueldos de los 108
empleados del cottolengo. Allí trabajan médicos, kinesiólogos, odontólogos, enfermeros,
terapistas ocupacionales y fonoaudiólogos, además de los encargados de los hogares y los
asistentes de los residentes que no son autoválidos, el personal de limpieza, administración,
lavandería y cocina. (2)
Con relación al segundo
tema abordado, debemos señalar que el foro que defiende los intereses de las personas
con discapacidad, conformado por la Obra Don Orione, la Asociación de Institutos
Educativos Especiales (AIEPESA), la Asociación de Ayuda al Ciego (ASAC), el Consejo
Argentino para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (CAIDIS) y la Federación
Argentina de Entidades Pro atención a las personas con discapacidad intelectual
(Fendim), vienen denunciando que se encuentra en riesgo la atención de casi 100.000
personas con discapacidad en todo el país. Esto como consecuencia del dictado de la
Resolución Nro. 1200/2012 de la Superintendencia de Servicios de Salud. Al respecto se
ha sostenido "La Superintendencia de Servicios de Salud el 3/10/12 dicta la Resolución
1200/12 que desconoce prestaciones reconocidas por la Ley, desfinanciando el sistema
de atención a personas con discapacidad. Exponiendo a las mismas a quedar sin
atención o a que sus familias afronten los costos."... "La medida afecta a niños, jóvenes
y adultos con discapacidad de todo el país, afiliados a las Obras Sociales Nacionales que
reciben atención en: Estimulación Temprana, Escuelas, Integración, Residencias,
Hogares, Centros de Día, Centros Educativo Terapéuticos, Prestaciones de Apoyo,
Transporte y otras." (3)
Si bien los efectos de la norma en cuestión se
hallan suspendidos por decisión de la SISS (Res. Nro. 1310/2012 de fecha 22/10/2012), como
bien afirman las instituciones que trabajan con personas con discapacidad, esto no equivale a su
derogación. Por el contrario la suspensión se dispuso hasta el día 30 de noviembre de 2012 (conf.
artículo 1°) Esto coloca a personas con discapacidad de todo el país en una situación de gran
incertidumbre. Frente a esto nos preocupa también qué actitud tomarán las autoridades a fin de
asegurar las prestaciones de salud de las personas con discapacidad.
Por último debemos mencionar que existen
denuncias que indican que la Superintendencia de Servicios de Salud no resuelve la inscripción
en su Registro de Prestadores de instituciones que asisten a personas con discapacidad;
circunstancia que deja muchas personas desprovistas de las prestaciones que por derecho le
corresponden.
Cada una de los extremos
reseñados vulnera los legítimos derechos de las personas con discapacidad consagrados en la ley
24.901, que en su artículo primero instituye "un sistema de prestaciones básicas de atención
integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención,
asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus
necesidades y requerimientos." Asimismo lesionan los derechos reconocidos por la Convención
sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que forma parte de nuestro ordenamiento
jurídico.
Por los motivos expuestos solicito a mis pares me
acompañen en el tratamiento y posterior aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |