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PROYECTO DE TP


Expediente 8153-D-2014
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL INFORME DE LA AUDITORIA GENERAL DE LA NACION, DANDO CUENTA DE LAS GRAVES DEFICIENCIAS EN LA IMPLEMENTACION, A NIVEL NACIONAL, DE LA LEY DE BOSQUES NATIVOS.
Fecha: 20/10/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 148
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar su extrema preocupación ante el informe realizado por la Auditoria General de la Nación dando cuenta de las graves deficiencias en la implementación a nivel nacional de la ley de Bosques Nativos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ley 26.331 es un instrumento legal de suma importancia para la conservación de los bosques nativos y es la primera ley nacional sobre presupuestos mínimos de protección de los recursos naturales que ha sido reglamentada. Su importancia radica en que establece una serie de instrumentos de gestión de los bosques nativos orientados a controlar la deforestación y el avance de la frontera agropecuaria.
Entre estos instrumentos de gestión establecidos en la ley, se destacan el ordenamiento territorial de los bosques nativos en todas las jurisdicciones y la creación de un fondo para financiar la conservación y el manejo sustentable de los bosques nativos.
La puesta en marcha de esta ley verifica una serie de debilidades, entre ellas, la falta de reglamentación de algunos artículos, que genera una interpretación desigual de los mismos entre las jurisdicciones. Además, algunos ordenamientos territoriales de bosques nativos no se ajustan a lo establecido en la ley nacional. Entre ellos se destaca el caso de Salta, donde se han realizado re categorizaciones que implican pasar de una categoría roja a amarilla o verde. Esta situación va en contra de lo especificado en el art. 9 del decreto 91/09 y de los principios precautorio, preventivo y de sustentabilidad de la Ley General del Ambiente.
Transcurridos cuatro años de la reglamentación de la ley, faltan OTBN (Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos) en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, La Rioja y Santa Fe.
Otra debilidad es la falta de desarrollo del Programa Nacional de Protección de los Bosques Nativos, lo que implica usencia de definición de metas cuantitativas, plazos calendarizados, indicadores de desempeño y acciones correctivas.
No se ha avanzado en la valoración de los servicios ambientales, que constituye el fundamento para la aplicación del fondo nacional establecido en el art. 30 de la ley.
En cuanto a los aspectos financieros, durante todo el periodo auditado el financiamiento previsto para el Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos en las leyes de presupuesto subsiguientes ha sido inferior al establecido en la ley 26.331. El presupuesto asignado represento entre el 36.5% y el 12.2% del que correspondería, considerando solamente el inciso (a) de art. 31 de la ley 26.331.
Del examen realizado en las provincias de Salta y Santiago del Estero, se concluye que, a la fecha, la efectividad de los instrumentos de gestión aplicados es muy baja. Esto se desprende de la persistencia de deforestación en estas provincias en las categorías roja y amarilla.
En el caso de la autoridad nacional, es necesario que la SAyDS (Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable) refuerce la capacidad operativa de la Dirección de Bosques, en particular, el seguimiento en campo de los planes y de los desmontes, aplicando criterios técnicos para la definición de indicadores del estado de los bosques nativos.
Por otra parte, se requiere aumentar el compromiso del COFEMA a fin de instrumentar el Fondo Nacional para el Enriquecimiento y Conservación de los Bosques Nativos, conforme lo establecido en la ley 26.331.
Es imprescindible la articulación con el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, organismo a cargo del Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas, organismo a cargo del Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas (26.331), dado que la conservación y aprovechamiento de los bosques nativos están estrechamente vinculados a los conflictos por la tenencia de la tierra. Esta articulación es fundamental para garantizar efectivamente los derechos de las comunidades indígenas y campesinas al momento de implementar la ley 26.331.
Finalmente, es necesario armonizar las políticas de desarrollo sectorial que afectan la conservación de los bosques nativos, en particular las referidas al desarrollo agropecuario, a fin de que no atenten contra los objetivos de la ley 26.331.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares acompañar el siguiente proyecto.
FUENTE: www.agn.gov.ar/files/informes/2014_038info.pdf
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)