PROYECTO DE TP
Expediente 8149-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES A LOS SEÑORES GOBERNADORES DE LAS PROVINCIAS DEL CHACO, JORGE CAPITANICH, Y DE FORMOSA, GILDO INSFRAN, ANTE LAS COMISIONES DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE POBLACION Y DESARROLLO HUMANO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS MUERTES DUDOSAS DE NIÑOS DE LA COMUNIDAD QUOM Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 13/02/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 194
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional en
cumplimiento del artículo 128 de la Constitución Nacional para que arbitre los medios
necesarios y disponga la concurrencia del Sr Gobernador de la Provincia del Chaco,
Jorge Capitanich, y del Sr Gobernador de la Provincia de Formosa, Gildo Insfrán, a las
Comisiones de Asuntos Constitucionales y de Población y Desarrollo Humano de esta
Honorable Cámara, a fin de que brinden explicaciones sobre las dudosas muertes de
niños de la comunidad Qom, y que respondan respecto a las siguientes
cuestiones:
- ¿Qué información se tiene con relación a
los hechos de discriminación y violencia ejercidas contra la comunidad Qom que pueden
haber dado origen a estas muertes?
- ¿Qué medidas se adoptaron y/o
adoptarán para esclarecer estos hechos?
- ¿Que han hecho estos gobiernos
provinciales con relación a la mejora de las condiciones de hábitat, de trabajo, de
convivencia comunitaria para garantizar los derechos del pueblo Qom?
- ¿Qué políticas públicas ha llevado
adelante el Gobierno Nacional para garantizar la plena vigencia del articulo 75 inciso 17
de la Constitución Nacional e implementar condiciones de hábitat, empleo y convivencia
pacífica con los vecinos a la comunidad Qom y otras comunidades de pueblos
originarios para que no sufran discriminación y condiciones de explotación?
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Este proyecto de resolución fue
presentando originalmente el 01/02/2012 (EXP. 8623-D-2012). Dado que perdió estado
parlamentario, decidimos volver a presentarlo. Seguidamente, reproducimos los
fundamentos del proyecto original.
Desde 1994 los derechos de los pueblos
indígenas están consagrados en el ordenamiento legal argentino. En efecto, a partir de
la reforma del '94, la Constitución Argentina establece en su artículo 75, inciso 17, que
le corresponde al Congreso: "Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos
indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación
bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la
posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega
de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será
enajenable, transmisible, ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su
participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que
los afectan. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones." Sin
embargo este artículo parece no cobrar vida en nuestra realidad. El enfrentamiento
entre las autoridades provinciales y el pueblo Qom es conocido. Ya se han producido
muertes, persecuciones y discriminaciones. Evidentemente este artículo que debe ser
garantizado no lo es y la violencia contra la comunidad Qom continúa. Nuevos hechos
han ocurrido y sobre ellos pedimos informes en esta oportunidad.
Recientemente, dos crímenes sacudieron a
la comunidad indígena Qom. El 4 de enero de 2013, el niño Imer Flores (de 12 años de
edad) se sumó a los festejos de la inauguración de la temporada de verano en Villa Río
Bermejito, situada en El Impenetrable Chaqueño. Luego de una intensa búsqueda el
sábado 5 encontraron su cuerpo ensangrentado a unos metros del camping municipal
ubicado en el balneario de la mencionada localidad. Pudo ser identificado, a pesar del
estado en que se encontró el cadáver (ferozmente golpeado y con su rostro
desfigurado), por un tatuaje simbolizando la etnia Qom. Imer habría discutido con Nino
Franco, detenido como sospechoso de ser autor material del homicidio, con
antecedentes de enfrentamientos con los Qom.
Esta muerte se suma a otras de
integrantes de esa comunidad, una mujer de 49 años y su nieta de 10 meses fueron
atropellados por un gendarme en una ruta de la provincia de Formosa; y se agrega el
fallecimiento de Daniel Asijak (16 años), sobrino del líder Qom Félix Díaz, quien fue
encontrado sin vida con una fractura de cráneo probablemente ocasionada por un
ataque con un objeto contundente.
Según el padre del joven, los miembros de
la comunidad Qom deben padecer a diario una gran discriminación: "están los criollos y
los indígenas". Para la familia, no se trató de un accidente sino que Daniel fue
asesinado, y los médicos del Hospital Central de Formosa dijeron que el joven habría
padecido una golpiza y que tenía fractura de cráneo producto de un fuerte golpe.
Estas muertes, que a la luz de la
información de que se dispone hasta el momento serían más precisamente homicidios,
no pueden quedar sin esclarecerse.
Por lo expuesto, es que le solicitamos Sr.
Presidente la aprobación del presente pedido de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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