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PROYECTO DE TP


Expediente 8053-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES.
Fecha: 09/11/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 169
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


1) Solicitar al Poder Ejecutivo, para que a través del área correspondiente, se sirva informar a esta Honorable Cámara, sobre los siguientes puntos:
a) La titularidad,
b) domicilio en el interior y en capital federal,
c) composición accionaria,
d) cambios habidos en esa composición,
e) modificaciones estatutarias,
f) integrantes de los órganos de gobierno, y
g) apoderados de las siguientes empresas:
TEBA, OPS SACI, OPS MINING S.A., GEOTERRA SRL, NOSCOHUE SRL, DELEFI S.A., PATAGOL S.A., PATAGONIA FLIGHT SERVICES S.A., AERO RUTAS S.A., AIR JET SERVICIOS AÉREOS SRL, LA ESTRELLA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS DE RETIRO, COMETRANS S.A., INTEGRAL CLEAN S.A., EMFER S.A.,
FAMARAST S.A.
2) Respecto del punto b), detalle coincidencia de varias empresas en un mismo domicilio, y desde que momento se encuentran debidamente habilitados.
3) En virtud de los puntos a),c),d),e),f), y g); informe si estas personas son a su vez, autoridades de partidos políticos a nivel nacional, provincial o municipal, o forman parte de los poderes ejecutivo y legislativo del estado nacional, provincial, o municipal, así como también de los consejos de las magistraturas provinciales.
4) Cantidad de obras públicas adjudicadas, en ejecución, concesiones, contratos de reparación y mantenimiento, servicios que prestan estas empresas al Estado Nacional, redeterminaciones de precios logradas por esas empresas desde la adjudicación, concesión o contrato hasta la fecha.
5) Vínculos entre los órganos de gobiernos de estas empresas entre si, y con funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional y Legislativo.
6) El monto de las facturaciones hechas por estas empresas entre si, y en virtud de que servicios.
7) Cancelaciones de deudas realizadas por estas empresas entre si y a funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional y al Poder Legislativo Nacional.
8) Si existieron avales o garantías otorgadas por funcionarios del Poder Ejecutivo y Legislativo Nacional, a directivos de estas empresas en la compra particular de bienes y viceversa. Asimismo informe que bienes registrables fueron adquiridos por los titulares de estas empresas en el territorio nacional y en el extranjero, y quienes eran los titulares anteriores de esos bienes.
9) Si existió representación legal a funcionarios del poder ejecutivo y legislativo nacional, provincial y municipal por parte de estas empresas, o de empleados de las mismas, en procesos judiciales iniciados a funcionarios del Poder Ejecutivo y Legislativo Nacional, Provincial y Municipal.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Convención Interamericana Contra la Corrupción indica en su preámbulo que los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos "...están convencidos de que la corrupción socava la legitimidad de las instituciones públicas, atenta contra la sociedad, el orden moral y la justicia, así como contra el desarrollo integral de los pueblos; considerando que la democracia representativa, condición indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región, por su naturaleza, exige combatir toda forma de corrupción en el ejercicio de las funciones públicas, así como los actos de corrupción específicamente vinculados con tal ejercicio...".
También Expresa que ..."el combate contra la corrupción fortalece las instituciones democráticas, evita distorsiones de la economía, vicios en la gestión pública y el deterioro de la moral social; reconociendo que, a menudo, la corrupción es uno de los instrumentos que utiliza la criminalidad organizada con la finalidad de materializar sus propósitos; convencidos de la importancia de generar conciencia entre la población de los países de la región sobre la existencia y gravedad de este problema, así como de la necesidad de fortalecer la participación de la sociedad civil en la prevención y lucha contra la corrupción; para tomar las medidas apropiadas contra las personas que cometan actos de corrupción en el ejercicio de las funciones públicas o específicamente vinculados con dicho ejercicio; así como respecto de los bienes producto de estos actos...".
Para terminar categóricamente diciendo..." aTeniendo presente que para combatir la corrupción es responsabilidad de los Estados la erradicación de la impunidad y que la cooperación entre ellos es necesaria para que su acción en este campo sea efectiva; y decididos a hacer todos los esfuerzos para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción en el ejercicio de las funciones públicas y en los actos de corrupción específicamente vinculados con tal ejercicio...".
El presente proyecto tiene por objeto conocer y hacer conocer, la relación respecto de los distintos viajes aéreos al exterior, en su mayoría con destino a la República Federativa del Brasil, realizados por parte del Sr. Ex Secretario de Transporte de la Nación, Ing. Ricardo Raúl Jaime, en diferentes aeronaves privadas cuyos costos habrían sido solventados sin justificación ni vínculo alguno con actos inherentes a la función que desempeña, entre otras, por empresas pertenecientes al denominado "Grupo Cirigliano", empresas que además se encuentran bajo la órbita de control funcional del Secretario de Transporte.
Los viajes realizados, y la forma en que han sido solventados sus costos se encuentran avalados por alguna autorización o razón oficial que justifique este proceder sino que, por el contrario, los traslados aéreos habrían sido realizados -en especial algunos de ellos- en beneficio exclusivo y privado del ex Secretario de Transporte Jaime y un grupo de personas que esta FIA estima podría tratarse de personas vinculadas a su núcleo íntimo de relaciones personales.
Carlos Colunga, Carlos Lluch y Gonzalo Patoqui, procesados en abril pasado por el juez federal Claudio Bonadio por haber participado en la maniobra mediante la que el ex secretario de Transporte de la Nación Ricargo Jaime también fue procesado por recibir dádivas, fueron sobreseídos a los tres imputados por considerar-luego de conseguir más pruebas- que no habían participado de los hechos.
Colunga, presidente de la firma de taxis aéreas MacAir Jet demostró que el vuelo que hizo Jaime con su empresa fue pagado por la OPS S.A.C.I y esa firma petrolera lo negó, obviamente sin probar. Ante esa evidencia, Colunga fue sobreseído, pero en OPS S.A.C.I, siguen invictos. Patoqui y Lluch formaban parte del directorio de la empresa de taxis aéreos "Ayres del Sur". En uno de los aviones de esa empresa Jaime hizo un vuelo de los cuestionados por la Justicia. Quedó demostrado que la empresa "Ayres del Sur" se creó para que se trasladara en su aeronave el empresario del transporte Claudio Cirigliano y su familia. El empresario fue procesado por Bonadio y al igual que Jaime, su situación procesal fue confirmada por los camaristas Eduardo Farah, Eduardo Freiler y Jorge Ballestero, integrantes de la Sala I de la Cámara Federal porteña. Una vez demostrada la situación de "Ayres del Sur", para Bonadio, tanto Patoqui o Lluch, quedaron desvinculados de la maniobra. El dictado por Bonadio fue el primero de los procesamientos de Jaime. El juez Marcelo Martínes De Giorgi también lo procesó pero por desobedecer una orden judicial.
Para el 17 de noviembre próximo fue citado a indagatoria por el juez Norberto Oyarbide por otros dos casos de dádivas. Oyarbide y el fiscal Carlos Rívolo investigan a Jaime por enriquecimiento ilícito. En ese expediente se descubrió que la empresa TEBA que explota la Terminal de Ómnibus de Retiro le pagaba el alquiler de su departamento que Jaime usaba en la Capital. Y además se determinó que tenía autos que le dieron empresas privadas. Luego de que la Sala I de la Cámara Federal porteña respaldara la pesquisa por dádivas que llevan adelante Oyarbide junto al fiscal Carlos Rívolo -quienes además investigan a Jaime por enriquecimiento ilícito -, el juez le puso fecha a las indagatorias.
Por ese caso ya fueron llamados a indagatoria Otero y dos directivos de TEBA que fueron garantes de los alquileres de Jaime: Edgardo Preiti -que no trabaja más en la empresa- e Ignacio Akerman. Y también Alfredo Pielach, mano derecha de Otero, quien pagó el alquiler de Jaime desde 2007 a 2009, cuando Jaime detentaba mucho poder.
Otero, quien se vio favorecido en sus negocios por el kirchnerismo a partir de decisiones de Jaime, que fue secretario de Transporte desde el 2003 hasta el 2009, culpó a sus subordinados por las operaciones vinculadas a los alquileres.
El segundo caso de dádivas está relacionado con la utilización que Jaime hizo de tres autos. El primer auto pertenecía a la constructora IECSA SA-contratista de obra pública- que iba a construir el subte en la ciudad de Córdoba, una promesa realizada por Jaime. El segundo auto era de la empresa Vial 3 que explotaba rutas por peaje. Y el tercer auto estaba a nombre de una firma uruguaya llamada Damixtaren Inc., cuyo dueño tenía un kiosco en la estación Paso del Rey y había trabajado en la empresa Trenes de Buenos Aires (TBA). Héctor Ribulgo por Damixtaren, Santiago Ramón Altieri por IECSA y Miguel Marcelino Aznar por Vial 3 deberán declarar en indagatoria sospechados de haber otorgado dádivas para Jaime.
El llamado a indagatoria de Oyarbide deja al descubierto que -por lo menos hasta ahora- la Justicia considera que varios empresarios aportaron dinero para que Jaime viviera más cómodamente mientras él debía, entre otras cuestiones, controlarlos desde la secretaría de Transporte.
Los interrogantes que nacen de la presente exposición de los hechos, son los siguientes; 1) ¿estos empresarios aportaron dinero y bienes para hacer mas cómoda la vida del ex secretario de transporte, a cambio de nada?,
2) ¿existen otros funcionarios de algunos de los tres poderes del estado, que también utilizaron dinero y bienes de empresarios para hacer cómodas sus vidas o las de sus familiares?,
3) ¿en los avales o garantías otorgadas por funcionarios a privados en las compra particular de bienes o viceversa, se configura una simulación?,
4) ¿la prueba ofrecida por las empresas para desvincularse es la simple negación de los hechos como en el caso de OPS SACI, o debe indagarse el alcance de los desembolsos de esas empresas en las fechas de los vuelos de Jaime?,
5) ¿porque empleados de estas empresas asesoran y representan judicialmente a funcionarios del estado nacional?,
6) ¿puede una empresa tener contratos con el estado nacional si hace años funciona junto a otras empresas, en una oficina en capital federal que no esta debidamente habilitada?,
7) ¿Puede una empresa ir modificando su objeto social en virtud de los contratos que va logrando con el estado?.
La conjugación corrupta entre lo público y lo privado, ha alcanzado una latitud que verdaderamente aterra, el poder judicial, de neutro pasa a incompetente, en virtud de que claramente por lo complejo del entramado no sabe como empezar o como continuar una investigación.
Por todo lo expuesto, es que solicito a mis pares, la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MERCHAN, PAULA CECILIA CORDOBA LIBRES DEL SUR
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)