PROYECTO DE TP
Expediente 8043-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS DISPOSICIONES EN EL MARCO REGULATORIO ELECTRICO, LEY 24065.
Fecha: 09/11/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 169
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional, y por su intermedio al organismo que corresponda, tenga a bien
elevar a esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación un informe escrito,
en el que se especifiquen asuntos relacionados con lo dispuesto en el marco
regulatorio eléctrico (Ley 24.065), en especial acerca de los siguientes
puntos:
1. Indique cuál es el monto
del canon que abonan periódicamente las distribuidoras EDENOR, EDESUR Y
EDELAP, y los pagos realizados por estas empresas durante el corriente
año.
2. Indique si alguno de los
pagos efectuados por las empresas mencionadas en el punto 1 fue realizado
bajo la modalidad "bajo protesta" y/o con alguna reserva legal, indicando
cuáles fueron los motivos alegados por las distribuidoras.
3. Si hubieren pagos "bajo
protesto" indique cuáles fueron las medidas tomadas por el Ministerio de
Planificación Federal, y/o el Ente Regulador de los Servicio Públicos de Energía
Eléctrica - ENRE-, ante esta situación.
4. Indique si durante el
período 2006-2010 se produjo un incremento del 302% del presupuesto del
ENRE.
5. Indique cuál fue el
presupuesto total del ENRE durante los últimos 3 años, desglosado por
año.
6. Indique si se incrementó
el número de empleados del ENRE en cualquiera de sus modalidades, sea
planta permanente, transitoria y/o contratados durante el período 2006-2010.
Si hubo incremento, ¿cuál fue su motivo?
7. Indique la escala salarial
vigente del ENRE desde el año 2006 a la actualidad.
8. Indique cuál es el monto
efectivamente desembolsado en concepto de consultorías contratadas por el
ENRE, durante el período 2006-2010, y los temas abordados por éstas.
9. Indique la fecha de la
última revisión tarifaria integral correspondiente a EDENOR, EDESUR Y EDELAP
y sus resultados
10. Indique si alguna entidad
-empresa consultora o universidad- fue contratada por el ENRE y/o Ministerio
de Planificación Federal para realizar la revisión tarifaria integral.
11. Indique si durante el
ejercicio 2009 el ENRE entregó fondos provenientes del canon previsto en la ley
24065 al tesoro nacional y si fue así, su monto.
12. Indique si el presupuesto
anual del ENRE fue sometido a consideración de las empresas contribuyentes
del canon, y en este caso con que método y en qué fechas, durante los últimos
3 años.
13. Indique la integración del
actual directorio del Ente Nacional Regulatorio de Electricidad (ENRE), indicando
nombre, profesión, situación jurídica y decreto de designación de cada uno y el
motivo por el cual no se encuentra designado el cargo de Vocal tercero
14. Teniendo presente que los
miembros del directorio del ENRE deben designarse de acuerdo con lo que
establece la Ley 24.065, Art. 58 y decretos reglamentarios, sírvase informar si
los directores designados para el período 2006/2010 satisficieron los
mencionados requerimientos.
15. De no ser así, sírvase
informar qué acciones administrativas y/o legales dispondrá el PEN a fin de
regularizar dichos nombramientos;
16. Indique cuáles son las
razones por las cuales se mantiene la intervención del ENRE y el
ENARGAS.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Es de dominio público la
actual situación del sistema energético argentino, agravado por un esquema de
subsidios crecientes e indiscriminados que no benefician a la población más
carenciada. Así se observa que durante 2009 los subsidios representaron
alrededor del 5% del gasto primario, frente a un 2% del 2005.
A esta situación se le suma la
condición actual del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y su
funcionamiento particular en el que pareciera regular en un único sentido, lo
cual acentúa las distorsiones del mercado eléctrico.
Cabe resaltar el
incumplimiento de la Ley 24.065 y decretos reglamentarios respecto de su
autarquía, conformación y conducción del ENRE. En particular, la conformación
de su directorio, los que según el artículo 58 de la referida ley, deber ser
seleccionados entre personas con antecedentes técnicos y profesionales en la
materia. Similarmente en lo referente al manejo de fondos y aliento de las
inversiones privadas para la producción, transporte y distribución de energía,
asegurando la competitividad de los mercados.
En los últimos días trascendió
la noticia que tres distribuidoras de electricidad, EDENOR, EDESUR y EDELAP,
decidieron no abonar al ENRE el canon previsto por la legislación vigente.
Aparentemente, dicha posición se sustenta en la violación de distintas normas
de procedimientos, y alguna eventual maniobra del Ente para incrementar sus
gastos operativos y de esta manera obtener un diferencia que le permita
transferir fondos al Tesoro Nacional.
De acuerdo con la información
brindada por los medios de prensa escrita, las empresas distribuidoras antes
mencionadas habrían efectuado el pago bajo la modalidad "bajo protesto".
Independientemente del
problema asociado al canon existe otro aspecto de mayor gravedad y que
puede impactar sobre la sociedad y es la cuestión tarifaria. Desde hace algunos
años no se efectúa una revisión tarifaria integral lo cual significa por el lado de
las empresas en una menor inversión y por el lado de los usuarios tarifas
irreales.
Al mismo tiempo no dejamos
de señalar la fuerte incidencia que podría tener un ajuste tarifario sobre los
sectores más vulnerables de nuestra sociedad.
Estas son algunas de las
razones que preocupan a este H. Congreso de la Nación y debido a que no
recibe los informes en tiempo y forma por parte de la autoridad de aplicación,
el ENRE, es que se efectúa el presente requerimiento.
Por lo antedicho, solicito a mis
pares su voto afirmativo para la aprobación del presente proyecto de
resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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TRIACA, ALBERTO JORGE | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
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Comisión |
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