PROYECTO DE TP
Expediente 8038-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA ANUNCIADAS POR EL TITULAR DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ARQUITECTO JULIO DE VIDO, EN LA GIRA REALIZADA A RUSIA Y CHINA DURANTE EL MES DE DICIEMBRE DE 2013.
Fecha: 17/12/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 190
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a
través del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, o el
área que corresponda, proceda a informar lo siguiente:
1. Acerca de una serie de obras de
infraestructura anunciadas por titular de dicha cartera ministerial, Julio De Vido, en
la gira realizada a Rusia y China durante los primeros días de diciembre con el
propósito de atraer inversiones su financiamiento, las que, según fuentes
periodísticas, incluirían 11 centrales hidroeléctricas, 3 acueductos y una torre de
comunicaciones. Describa el estado de avance de cada uno de los proyectos.
2. En particular, corrobore la
veracidad o exactitud de aquellas versiones que indican que estaría proyectada la
construcción de una represa en el río Paraná, más precisamente en el tramo
conocido como Paraná Medio entre las provincias de Corrientes y Santa Fe. Y en
tal caso, si ello importaría reflotar el viejo proyecto conocido como represa "Paraná
Medio" que hace más de una década y media preveía un Cierre Norte a la altura de
Goya (Corrientes) y un Cierre Sur en El Chapetón cercano a Paraná (Entre Ríos), o
bien si está previsto activar otro proyecto similar para el aprovechamiento
hidroeléctrico del Paraná.
3. Si se encuentra vigente un llamado
a licitación para la realización de un estudio de inventario y prefactibilidad del Río
de Llanura para el aprovechamiento hidroeléctrico y si se refiere específicamente a
dicha área. En tal caso si se han tenido previamente en cuenta las
Recomendaciones de la Comisión Mundial de Represas sobre mega represas,
precisamente, en ríos de llanura.
4. En cualquiera de los casos indique
la envergadura del/los proyecto/s, extensión, localización, así como todo avance en
las tramitaciones o contratación de servicios tendientes a su ejecución.
5. Si se han adoptado o está previsto
implementar los recaudos legales pertinentes para cumplimentar el procedimiento
de consulta y participación ciudadana en cuanto a los efectos negativos y
significativos que pueda generar la obra en el ambiente y la difusión de las
opiniones u objeciones.
6. Si se ha observado por parte del
Estado Nacional el deber de garantizar el libre acceso a la información ambiental
respecto al emprendimiento en cuestión.
7. Si está prevista la realización de
una evaluación del impacto ambiental de manera global, estratégica y acumulativa,
habida cuenta de los efectos que pueda tener la concentración de diversas
actividades y emprendimientos económicas, productivas, recreativas, en el
ecosistema de la cuenca.
8. Si han tomado parte en el proceso
decisorio todas las jurisdicciones que integran la cuenca, a quienes corresponde la
gestión integrada de los recursos hídricos y que se verían afectadas por un
emprendimiento de esta magnitud, en un proceso de concertación federal.
9. Si ha tomado intervención en el
proceso de concertación de políticas de gestión integrada el gobierno de la
provincia de Entre Ríos y cuál ha sido su participación a la luz de la Ley provincial
Anti-represas (Nº 9092), la Constitución local en lo que refiere a la gestión
compartida de los recursos hídricos.
10. Si se ha tenido en consideración
el antecedente judicial del fallo del juez federal de Paraná, Dr. Aníbal Ríos, del 2 de
mayo de 1997 que declaró la inconstitucionalidad del decreto presidencial que
impulsaba el proyecto de represa "Paraná Medio" en la zona en cuestión.
11. Si se ha contemplado la existencia
de "sitios Ramsar" en el área del proyecto, zonas protegidas de importancia
internacional que conforman un sistema de humedales de más de un millón de
hectáreas en total, de relevancia nacional e internacional y el grado de afectación
a la biodiversidad biológica presente en la zona.
12. Si se ha tenido en cuenta la
voluntad política expresada por el Senado de la Nación a través de la reciente
media sanción -por unanimidad- de un proyecto de ley de presupuestos mínimos
ambientales de protección de los humedales que, entre otras medidas, propone el
desarrollo de un proceso de "inventario nacional de humedales" a través de la
articulación interjurisdiccional con las provincias, con el fin de promover la
conservación y el uso racional de los humedales, mantener los procesos ecológicos
y culturales de los humedales, garantizando los servicios ambientales que brindan,
y proteger y conservar la biodiversidad de los humedales.
13. Si atento ello no considera que
resultaría aconsejable la previa implementación de los mecanismos previstos en el
proyecto de ley con media sanción.
14. Cualquier otra información que
sirva al presente.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La preservación de un recurso natural
esencial como el agua es un deber irrenunciable de los Estados y de la sociedad en
pleno. Argentina tiene una organización política federal en la que corresponde a las
provincias el dominio originario de los recursos hídricos, por lo que la gestión del
agua es una responsabilidad de los gobiernos provinciales.
Pero, a su vez, cada una de las
decisiones que se adopten con relación a los recursos compartidos ha de ser
coordinada entre los distintos estamentos y jurisdicciones. No es posible asumir la
gestión de los recursos hídricos en forma autónoma, sino que deben delinearse
estrategias para la gestión integrada del agua. Es esta dimensión interjurisdiccional
la que ha de primar para una gestión eficiente, tendiendo a la concertación de
políticas y resolución de problemas que afectan a un sistema de cuenca y con ello
trascienden a cada jurisdicción.
Tanto la gestión integrada de los
recursos hídricos como la articulación de la gestión hídrica con la gestión ambiental
son principios rectores de la política hídrica. Tales han sido los lineamientos que
han definido las provincias a instancias de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de
la Nación (verhttp://www.cohife.org.ar/PrincipiosRPH.html).
La incorporación de la dimensión
ambiental en la gestión de los recursos hídricos implica establecer pautas de
calidad ambiental, realizar evaluaciones de riesgo e impacto para proyectos
específicos, evaluaciones estratégicas para preservar el equilibrio del ecosistema, y
auditorías ambientales a los proyectos en ejecución. Se trata de abordar la
problemática ambiental desde la concepción misma de los proyectos y programas
hasta su materialización y continua evolución, garantizando en forma acabada la
consulta y participación social, así como el pleno acceso a la información pública
ambiental.
En estos días ha cobrado estado
público la presunta promoción de varios proyectos de inversión por parte del
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, que incluirían, la
construcción de una serie de represas en territorio argentino entre las que se
encontraría la curiosamente llamada "río de llanura", conocida en ensayos
anteriores como Paraná Medio.
En su paso por Rusia durante los
primeros días de diciembre, en una "gira en búsqueda de inversiones" el ministro
Julio de Vido presentó 15 obras de infraestructura ante un centenar de
empresarios de dicho país. Luego se sumó a la cruzada por el continente asiático,
el Ministro de Economía, Axel Kicillof, con el propósito de captar inversiones en
China.
Fuentes periodísticas informan que las
15 obras -11 centrales hidroeléctricas, 3 acueductos y una torre de comunicaciones
que en conjunto superarían los 19.000 millones de dólares- estaría previsto el
aprovechamiento hidroeléctrico "Río de Llanura" entre las provincias de Corrientes
y Santa Fe. Ello importaría reflotar el viejo proyecto conocido como represa
"Paraná Medio" -que hace más de una década y media fuera desechado-, o activar
otro proyecto nuevo similar para el aprovechamiento de una larga traza del río
Paraná con potencial hidroeléctrico.
Como bien reseña el periodista Luís
María Serroels, "el proyecto de la Represa de Paraná Medio fue planteado por los
rusos en la década del '80 y acogido por organismos argentinos con centro en la
Gerencia Paraná Medio de Agua y Energía. Se diluyó tras la guerra de Malvinas. En
1996 irrumpió una propuesta del consorcio norteamericano EDI (Energy
Developers International) que entusiasmó al presidente Carlos Menem y se
trasladó al gobernador de la provincia de Entre Ríos, Jorge Busti. En aquel
momento una amplia movilización por parte de la sociedad civil y un fallo judicial
que acogió un amparo contra la iniciativa, llevaron a que el propio mandatario
provincial propicie una ley (la actual 9092) que declara a Entre Ríos libre de
represas".
En el año 2003 la legislatura de la
Provincia de Entre Ríos sanciona la Ley 9485/03 que declara Área Natural
Protegida al sector del Paraná Medio de la Provincia de Entre Ríos. En ella se
define un área que tendría como límite norte la provincia de Corrientes, al este las
barrancas del Paraná, al oeste la provincia de Santa Fe y al sur el inicio del Delta,
cerca de la ciudad de Diamante. El área comprende 267 kilómetros de largo y
ancho variable, y abarca el corredor fluvial más importante del Litoral Argentino.
"En 2008 se llegó más lejos aún al reflejarse todo este empeño en el artículo 85 de
la nueva Constitución entrerriana (que protege al agua en tanto recurso esencial y
obliga a la provincia a concertar con las restantes jurisdicciones el uso y
aprovechamiento de las cuencas hídricas comunes), debiendo recordarse que en la
reforma de la Ley Suprema en 1994, fue incluido el artículo 41 que garantiza un
ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano", dice Serroels. El
subrayado es nuestro.
Continúa exponiendo "estas obras,
presentadas como la panacea del desarrollo energético, cuando constituyen una
verdadera amenaza para la biodiversidad y el medio ambiente. No sólo se dejan de
construir represas en ríos de llanura -por sus efectos negativos y el elevado costo
de reparación de los daños originados en su entorno, sino que, al igual que las
plantas nucleares, las que están funcionando van siendo progresivamente
desmanteladas". (1)
Reiteradamente se han opuesto
objeciones a la instalación de represas en ríos de llanura, basadas en
antecedentes, opiniones y criterios autorizados que provienen de especialistas de
indubitable capacidad y solvencia técnica.
Un estudio de la Organización Mbiguá
alerta sobre los considerables cambios que vienen experimentando las
comunidades bióticas del río Paraná producto de las acciones de represamiento
que se vienen llevando a cabo hace 50 años. Estas represas se
encuentran establecidas sobre todo en la alta cuenca (Paraná Superior), pero
afectan también considerablemente a los tramos inferiores de llanura,
especialmente en el Alto Paraná, Paraná Medio e Inferior. Dado que la
construcción de represas continúa desarrollándose, se experimentan constantes
cambios negativos en función de las modificaciones introducidas por éstas, lo que
hace muy difícil estudiar las comunidades bióticas.
En el Paraná reside el sistema de
humedales tal vez más grande del mundo. No podemos ignorar la existencia en el
área del proyecto, de dos sitios Ramsar (áreas naturales protegidas de humedales)
de más de un millón de hectáreas en total. Las mismas forman parte de la lista de
la Convención Internacional de Protección de los Humedales de Importancia
Internacional.
Cabe recordar que debido a la
construcción y llenado de la represa Yacyretá, el humedal que existía
antiguamente ha desaparecido en gran parte bajo las aguas de dicha
represa.
El escenario se agrava cuando, según
información difundida recientemente por medios locales, existiría un llamado a
licitación que data del mes de julio de este año con el propósito de avanzar en los
estudios de Inventario y Pre Factibilidad de este mega proyecto, financiados por la
Corporación Andina de Fomento (CAF). De ello se desprende que la Subsecretaría
de Energía Eléctrica, del Ministerio de Planificación Federal, eligió destinar los
fondos a estudios de inventario y prefactibilidad del aprovechamiento
hidroeléctrico sustentable de un río de Llanura, que se orienta a reactivar el
proyecto Paraná Medio Norte o un proyecto similar en esa zona.
El desconocimiento y la
desinformación por parte de los habitantes de las provincias afectadas y el estado
de preocupación que ello genera, habida cuenta de experiencias anteriores en el
Paraná Medio, llaman imperiosamente a esclarecer la cuestión y disipar cualquier
sospecha o suspicacia.
Es de suma trascendencia que cada
una de las provincias afectadas tome la intervención necesaria, ya que cualquier
obra que se propiciare en el Paraná, primero, afectaría sus recursos naturales,
luego tratándose de un recurso compartido y esencial como el agua, ha de
gestionarse en forma integrada, y por último, tendría impactos que habría que
evaluar cuantitativa y cualitativamente debido al desequilibrio ambiental y
ecológico que podrían generar en la cuenca interjuridiccional.
No se puede dar un paso en esta
iniciativa sin la intervención obligatoria de las provincias de Santa Fe, Corrientes,
Entre Ríos y Chaco, atento ser un río de aguas y gestión compartida.
La comunidad entrerriana en
particular, que fuera protagonista de la lucha que dio origen al lema "¡Entre Ríos
sí, entre represas no!", observa con recelo cualquier emprendimiento que pudiera
menoscabar imperativos legales y constitucionales (ya describimos el proceso de
sanción de la ley local N°9092 y el fallo de declaración de inconstitucionalidad de la
época menemista).
"Por último, teniendo en cuenta que
los ríos forman parte de la cuenca, (...) el monitoreo de las problemáticas
ambientales, tales como la deforestación, conservación del recurso hídrico o
conservación de la fauna deberían hacerse respetando las fronteras que imponen
los ecosistemas afectados". (2) Y esto no sólo trasciende a las provincias sino
también a las naciones.
Por todo lo expuesto solicito a mis
pares acompañen el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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