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PROYECTO DE TP


Expediente 7993-D-2014
Sumario: REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS. MODIFICACION DEL ARTICULO 48, SOBRE DIARIO DE SESIONES.
Fecha: 10/10/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 143
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


.- Modifícase el artículo 48° del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados, el cual queda redactado de la siguiente forma:
"Artículo 48.- El Diario de Sesiones deberá expresar:
1º El nombre de los Diputados presentes, ausentes con aviso o sin él y con licencia;
2º La hora de apertura de sesión y el lugar en que se hubiese celebrado;
3º Las observaciones, correcciones y aprobación del Diario de Sesiones anterior;
4º Los asuntos, comunicaciones y proyectos de que se haya dado cuenta, su distribución y cualquier resolución que hubiesen motivado;
5º El orden y forma de la discusión en cada asunto, con determinación de los Diputados que en ella tomaron parte y versión taquigráfica de los argumentos que hubiesen aducido;
6º La resolución de la Cámara en cada asunto, la cual deberá publicarse in extenso al final del Diario de Sesiones;
7º La hora en que se hubiese levantado la sesión o pasado a cuarto intermedio sin volver a reunirse en el mismo día;
8º Nómina mensual de la asistencia de Diputados a las reuniones de sus respectivas comisiones.
Los oradores están autorizados a verificar la fidelidad de sus palabras registradas en la versión taquigráfica y a hacer - dentro de las doce horas, como máximo, de la terminación de la reunión - las correcciones de forma que crean pertinentes y que no modifiquen el concepto o no desvirtúen o tergiversen lo que hayan manifestado en la sesión.
Los oradores no podrán agregar, suprimir o modificar acotaciones relativas a manifestaciones de aprobación o desaprobación. Las inserciones aprobadas deberán ser entregadas a la Secretaría durante la sesión.
Los Diputados podrán insertar su discurso escrito de una extensión máxima de dos mil (2000) palabras a la discusión dada en el recinto, el cual se incorporará a la versión taquigráfica de la sesión al final de la discusión, incorporándose al asunto tratado correspondiente, en el mismo sentido que las intervenciones de oradores registradas, siempre que se entreguen a la Secretaría durante la sesión.
Cumplidas las doce horas, la oficina de taquígrafos dará curso a las versiones tomadas."

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el artículo 66° de la Constitución de la República Argentina se le confiere a ambas cámaras que integran el Congreso Nacional dictarse su propio reglamento, para que a través de ellos cumplan la labor que Constitucionalmente se les encomendó con la mayor eficacia.
El 26 de diciembre de 1963, la Honorable Cámara de Diputados dicta su propio reglamento, el que sigue vigente con sucesivas modificaciones posteriores.
El reglamento debe observar hechos concretos cumpliendo funciones específicas, instrumentando el análisis de la realidad en una justa adecuación y no debe perder vigencia. Cabe destacar que la Cámara es la única facultada para interpretar el reglamento, sin ningún tipo de excepción, como lo preceptúa el artículo 228°.
Es en el artículo 48° del Reglamento de esta Honorable Cámara donde encontramos las disposiciones que indican qué debe expresar el Diario de Sesiones.
En nuestra labor cotidiana nos encontramos con sesiones maratónicas para tratar asuntos de relevancia política y social; y es a lo largo de dichas sesiones en que los miembros de la Cámara debemos permanecer largas horas en el recinto escuchando repetidamente posturas similares sobre un mismo tema.
La presente propuesta apunta a acortar estas largas horas de debate, permitiendo a los Señores Diputados que asistan a las sesiones correspondientes tomar parte de la discusión no sólo como lo permite el reglamento actualmente, sino insertando sus opiniones y argumentos pertinentes sobre los asuntos tratados de forma escrita, siendo los mismos tomados e incorporados al diario de sesión en el mismo sentido que los expresados de forma oral.
Esta propuesta se basa en la necesidad de garantizar una economía de los tiempos parlamentarios, en vista de que estas maratónicas sesiones no hacen más que hacer perder el fondo de los asuntos discutidos.
A su vez, la modificación planteada permitirá que las opiniones de todos los Diputados presentes puedan verse plasmadas de forma fehaciente en el diario de sesiones, lo cual otorgaría una herramienta fundamental para dejar asentada la postura sobre los asuntos discutidos.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MAJDALANI, SILVIA CRISTINA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
ZAMARREÑO, MARIA EUGENIA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
NEGRI, MARIO RAUL CORDOBA UCR
MARTINEZ, SOLEDAD BUENOS AIRES UNION PRO
GIUSTOZZI, RUBEN DARIO BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)