PROYECTO DE TP
Expediente 7987-D-2013
Sumario: CREACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE GENERACION DE EMPLEO JOVEN.
Fecha: 10/12/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 187
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º.- Créase el "Programa
Nacional de Generación de Empleo Joven" en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo
y Seguridad Social de la Nación.
Artículo 2º.- Los empleadores que
formalicen contratos de trabajo con jóvenes de entre 18 y 25 años de edad que no cuen-
ten con un trabajo formal, tendrán como beneficio promocional tomar como pago a cuen-
ta de ganancias o IVA el monto del salario mínimo vital y móvil por cada empleado que
contraten a partir de la entrada en vigencia de la presente ley.
Artículo 3º.-. Para el otorgamiento y
mantenimiento de los beneficios promocionales el empleador deberá cumplir las siguientes
condiciones:
a) El contrato no podrá estipular un salario
inferior al salario mínimo, vital y móvil ni a la escala mínima fijada si encuentra bajo el
alcance de algún convenio colectivo de trabajo;
b) La duración del empleo no podrá ser infe-
rior a 12 meses;
c) El empleador no podrá reducir el número
de empleados dentro de su planta permanente por el período en el que esté sujeto al
plan;
d) Al momento de la contratación, el nuevo
empleado deberá recibir de forma obligatoria capacitación institucionalizada, ya sea en
entidades gremiales, en la empresa, en oficinas municipales de empleo o institutos de
formación profesional. Los cursos deberán ser certificados por la autoridad competente
que fije la reglamentación.
Artículo 4º.- El beneficio promocio-
nal tendrá una duración máxima, no prorrogable, de 24 meses contados a partir del mes
de inicio de cada nueva relación laboral.
Artículo 5º.-: Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Entre el 10 y el 15 por ciento de los jóvenes
argentinos no trabajan ni estudian, según informes del Instituto Nacional de Estadística y
Censos (Indec), que indica que las clases sociales más vulnerables son los principales
grupos sociales de riesgo que forman parte de esta estadística.
Según la Encuesta Permanente de Hogares,
850 mil jóvenes en Argentina se encuentran en situación de riesgo al no estar contenidos
en un ámbito educativo ni laboral. Por esta razón, el presente proyecto tiene el objetivo de
alentar la incorporación en el ámbito laboral a los jóvenes, para incentivar la cultura del
trabajo y la capacitación.
Como antecedente a este proyecto, vale des-
tacar el Expediente 5577-D-2011, presentado por el diputado Ibarra, Eduardo Mauricio.
Por lo expuesto, solicito a mis pares el acom-
pañamiento del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CACERES, EDUARDO AUGUSTO | SAN JUAN | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1670-D-15 |