PROYECTO DE TP
Expediente 7984-D-2013
Sumario: LEY 23548, DE COPARTICIPACION FEDERAL DE IMPUESTOS: MODIFICACION, SOBRE EL PORCENTAJE PARA EL FONDO DE APORTES DEL TESORO NACIONAL A LAS PROVINCIAS Y DISTRIBUCION DE LOS RECURSOS FISCALES.
Fecha: 10/12/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 187
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°.- Modifíquese el art.3° inc.d) de la Ley
23.548 el cual quedará redactado de la siguiente forma:
"Inc d): El cero coma cinco por ciento (0,5 %) para
el Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las provincias."
ARTICULO 2º:- Distribúyanse a partir de la
entrada en vigencia los Recursos Fiscales acumulados en el Fondo de Aportes del Tesoro
Nacional creado por el artículo 3° Inciso d) de la Ley 23.548 y que no han tenido un destino
específico una vez detraídos de la masa coparticipable.
Artículo 3°.- La distribución del monto total del
Fondo a que se refiere la presente ley se hará de acuerdo al artículo 4º y 8ª de la Ley 23.548 de
Coparticipación Federal.
Artículo 4° .- Comuníquese al Poder Ejecutivo
Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Si analizamos el Marco Legal del Fondo ATN:
Artículo 3º de la Ley Nº 23.548 y modificatorias, la Ley 24.699 y el Dto. Nº 649/97 (texto
ordenado del impuesto a las ganancias), establecen la integración de dicho Fondo con los
siguientes impuestos.
1% de la masa de coparticipación federal neta
$ 20,0 millones de precoparticipación de Impuesto a
las Ganancias
1% del Impuesto a los Bienes Personales
% de Impuesto a las Ganancias
Según los datos que brinda el Poder Ejecutivo, el
Fondo ATN, administrado por el Ministerio del Interior, acumula un saldo aproximado de $
9.300 millones.
El Tesoro Nacional en la actualidad utiliza dichos
excedentes como financiamiento de corto plazo. En otras palabras, esos excedentes contribuyen a
aumentar el superávit del Presupuesto Nacional en detrimento de los Presupuestos Provinciales
La propuesta que contiene este proyecto consiste en
la redistribución de los saldos existente del Fondo ATN atento a la grave situación financiera que
se encuentran atravesando la mayoría de las provincias argentinas.
Cabe aclarar, que estos excedentes no fueron
utilizados para su destino específico y fueron detraídos oportunamente de la masa coparticipable
y de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales. De manera que resulta razonable
devolver tales gravámenes y recalcular las participaciones correspondientes.
Los importes que correspondan a las provincias
podrán ser utilizados para compensar deudas que las mismas tengan con en el FONDO
FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL (FFDP) en concepto de BOGAR 2018,
Programa de Asistencia Financiera (PAF), Programa de Financiamiento Ordenado (PFO) -, otras
deudas con el FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL
(FFIR), BODEN 2011 y BODEN 2013 bajo el PROGRAMA DE UNIFICACION MONETARIA
(PUM), y la deuda con ORGANISMOS INTERNACIONALES; entre otros.
En 2010, el conjunto de estas deudas financieras
presentaría servicios totales por $9.570 millones, $2.230 millones de intereses y $7.340 millones
de amortizaciones de capital, para el Consolidado de Provincias y Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires, quien a su vez presentaría un déficit primario de $9.000 millones.
Que en un escenario de profundización del déficit
fiscal, las Provincias necesitan de fuentes alternativas de financiamiento para atender los
servicios de la deuda y continuar la presentación de los servicios básicos del Estado.
Para aquellas jurisdicciones que no tengan deudas
con dicho FFDP y otras deudas de las enunciadas, entonces recibirán en efectivo los importes
derivados de la distribución del Saldo del Fondo ATN.
Entre 2003 y 2009, los fondos acumulados por el
Ministerio del Interior sumarían un valor cercano a los $9.213 millones, de los cuales $8.313
millones no fueron distribuidos, o sea, permanecen en las cuentas del Tesoro Nacional.
Distribución del Fondo ATN 2003- 2009
En millones de pesos
Fuente: Elaboración propia en base al SIDIF
En igual período, las transferencias de ATN a las
provincias sumaron $901 millones. En otras palabras, de los $9.213 millones que integraron el
Fondo en los últimos 7 años, se remitió a las provincias sólo el 9.8%.
La compensación de estas deudas con las acreencias
del FONDO DE APORTES DEL TESORO NACIONAL, permitiría al
GOBIERNO NACIONAL liberar en parte los
recursos asignados al PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA (PAF) 2010, que de
acuerdo a la Ley Nº26.546 de Presupuesto Nacional para el presente ejercicio, alcanza a $11.870
millones.
Finalmente también se propone a los fines de evitar
estas acumulaciones y generar mayores ingresos a las provincias, modificar el inc, d de la ley
23.548 reduciendo la detractación de la masa coparticipable para fondo de ATN en un 0,5% ya
que con los ingresos que recibe el Fondo de ATN de las detractaciones en la recaudación del
impuesto a las ganancias y el impuesto a los bienes personales más este 0,5 de la masa
coparticipable conforman una fuente de financiamiento más que suficiente para el Fondo de
ATN.
Este Proyecto de Ley tiene su antecedente en el E-
0747-D-2010.
Por todo lo expuesto es que solicito se apruebe el
presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CACERES, EDUARDO AUGUSTO | SAN JUAN | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1673-D-15 |