PROYECTO DE TP
Expediente 7950-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LOS INFORMES DE LOS EJERCICIOS ECONOMICOS CORRESPONDIENTES AL PERIODO 2003, 2019 Y 2010 DEL "INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS -INSSJYP-".
Fecha: 08/11/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 162
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional para
que, a través de los organismos que correspondan, se sirva informar cuestiones
relacionadas al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
(INSSJyP) sobre los siguientes puntos:
1. Situación de los informes de los
ejercicios económicos correspondientes al período 2003, 2009 y 2010 que debiera
haberse entregado oportunamente para la confección de la Cuenta Inversión de los años
respectivos, en los cuales se encuentra omitida.
2. Causas que motivaron la no
publicación de los datos antes mencionados.
3. Publicación inmediata de la
información solicitada, considerando la relevancia de la asignación de recursos a
población con derechos y requerimientos especiales de cuidado de la salud y la
obligación de transparencia del INSSJyP, que administra el mayor fondo de la seguridad
social médica en nuestro país.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley de administración financiera
establece el régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en Administración Nacional, por el cual pese que los montos
aprobados en la mencionada ley no los incluyen en el mensaje de elevación se incluye
expresamente un detalle del cuadro Ahorro - Inversión - Financiamiento de todos y
cada uno de ellos.
Los denominados Entes Públicos son
organismos componentes del Sector Publico Nacional, pero que administran fondos que
no son exclusivamente del estado nacional, razón por lo cual no forman parte de la
Administración Nacional, por lo cual gozan de un régimen de contralor especial, que
pese a incluir la obligación de informar las previsiones de recursos y gastos no incluye
la obligación de informar la ejecución económica financiera.
Desde su creación hasta principios de
2002 el PAMI formaba parte de la Administración Nacional. Mediante el artículo 60 de
la ley de Presupuesto para el ejercicio 2002, Ley 25.565, se modificó dicho régimen, a
partir de lo cual se limitó el acceso a la información de las actividades desarrolladas por
el instituto, con extremo en los años 2003, 2009 y 2010 donde directamente no se
brindó información alguna.
Considerando que pese a la mencionada
imprecisión en la obligación de entregar la información solicitada, es lo habitual que el
conjunto de los Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no
comprendidos en Administración Nacional aporten la información necesaria para su
inclusión en la confección de la Cuenta Inversión.
La inhabitual omisión de la información
solicitada fomenta diversas suposiciones, todas poco favorables a la buena
administración pública. El deber moral de los administradores de la cosa pública es la
transparencia de sus acciones.
Instituto Nacional de Servicios
Sociales para Jubilados y Pensionados
Recursos, Gastos y Resultado
Financiero
En millones de pesos
corrientes
Fuente: Cuenta Inversión y leyes
de presupuesto 2012 y 2013
El PAMI es la mayor obra social del país y
también de Latinoamérica, administra la cobertura sanitaria para los 4 millones de los
beneficiarios de la seguridad social, uno de cada diez argentinos. Luego del ANSES,
que administra los fondos previsionales, es la institución más grande del sistema
solidario de la seguridad social, y además se financia con el aporte obligatorio del
conjunto de los trabajadores.
En tanto se administra fondos un sistema
solidario donde los trabajadores activos aportan al sostén de la salud de los trabajadores
pasivos, la transparencia de la información es un profundo deber social y moral.
Además y dada su magnitud e importancia, la carencia de esta información desvirtúa los
informes consolidados del conjunto del Sector Publico Nacional, particularmente los de
las políticas sanitarias del Sector Publico Nacional.
Lamentablemente la historia de esta
central institución de la salud de los adultos mayores se encuentra plagada de hechos de
corrupción. La administración de fondos por decenas de miles de millones anuales, en
gran medida por la contratación de servicios, crea un ámbito propicio al peculado. La
administración de los fondos debería ser de las de mayor transparencia, tanto por el
origen de los fondos, el aporte solidario de los trabajadores, como por su destino: la
salud de los mayores, los más necesitados de los servicios de salud.
En tanto avanza la edad también la
necesidad y utilización de la cobertura sanitaria avanza; por lo cual con la edad contar
con cobertura integral de salud es una prioridad de los mayores. La cobertura prestada
por el PAMI es una prioridad para los mayores, dada la intensiva demanda de sus
servicios.
Las mejoras en las condiciones de vida, y
el avance de la medicina ha permitido el incremento de la esperanza de vida, pero a la
par ha incrementado la necesidad del cuidado sanitario de esta población de mayor
edad. El natural deterioro por el envejecimiento hace a los mayores una población de
creciente vulnerabilidad. Es responsabilidad pública la protección de los sectores
vulnerables de la sociedad, así como la correcta administración y la transparencia en el
manejo de los fondos destinados a ello.
A partir de 2003 se observan importantes
superávits financieros, de un 17% de los ingresos entre 2004 y 2008, y del 10% en la
previsión para el corriente año. Las amplias necesidades de la población vulnerable,
dada su avanzada edad, hace que la existencia de superávit financiero en el sea, en
nuestra consideración, irrazonable.
Es presumible la utilización de los fondos
del sistema solidario, destinados a la salud de los mayores, para financiar el déficit fiscal
en los años que solicitamos se informe, tal como se hiciera en casi todos los años de la
post convertibilidad. Consideramos que los fondos del sistema solidario deben ser
aplicados en su totalidad a su objetivo. Mucho falta aún para que la calidad de los
servicios sanitarios del PAMI permitan afirmar que no es necesario mejorarlos.
Por todo esto, señor Presidente, solicito a
mis pares la aprobación de este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ITURRASPE, NORA GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
DE GENNARO, VICTOR NORBERTO | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
CARDELLI, JORGE JUSTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 131 (2013), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |