PROYECTO DE TP
Expediente 7943-D-2012
Sumario: CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. ACUÑACION DE ESTAMPILLAS POSTALES EN CONMEMORACION A SU RATIFICACION POR LEY 26378.
Fecha: 08/11/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 162
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º: Dispónese la acuñación de
estampillas postales en conmemoración de la ratificacion de la Convención sobre los Derechos de
las Personas con Discapacidad Ley 26.378.
Artículo 2º: El Poder Ejecutivo Nacional a través
del área que corresponda dispondrá lo necesario para hacer efectivo lo preceptuado en el artículo
anterior.
Artículo 3º: El gasto que demande el
cumplimiento de esta ley, será imputado a la partida presupuestaria correspondiente.
Artículo 4º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Este proyecto ha sido presentado en mi primer mandato (6327-
D-2008
Publicado en: Trámite Parlamentario nº 162 Fecha: 12/11/2008), en aquella ocasión había sido
recientemente ratificada la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad pretende
conmemorar la citada ratificación, producida por la Ley 26.378, mediante la acuñación de un sello postal
alusivo en el entendimiento que el mismo servirá para la permanente difusión de tan importantes derechos,
Se transcribe el preámbulo de la convención internacional a modo de fundamentación respecto a lo
normado por el presente proyecto
"Los Estados Partes en la presente Convención,
a) Recordando los principios de la Carta de las Naciones
Unidas que proclaman que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de
la dignidad y el valor inherentes y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la
familia humana,
b) Reconociendo que las Naciones Unidas, en la
Declaración Universal de Derechos Humanos y en los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, han
reconocido y proclamado que toda persona tiene los derechos y libertades enunciados en esos
instrumentos, sin distinción de ninguna índole,
c) Reafirmando la universalidad, indivisibilidad,
interdependencia e interrelación de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, así como la
necesidad de garantizar que las personas con discapacidad los ejerzan plenamente y sin
discriminación,
d) Recordando el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención
Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención contra la Tortura y Otros
Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Convención sobre los Derechos del Niño y la
Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de
sus familiares,
e) Reconociendo que la discapacidad es un concepto que
evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la
actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones
con las demás,
f) Reconociendo la importancia que revisten los principios
y las directrices de política que figuran en el Programa de Acción Mundial para los Impedidos y en las
Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad como factor
en la promoción, la formulación y la evaluación de normas, planes, programas y medidas a nivel nacional,
regional e internacional destinados a dar una mayor igualdad de oportunidades a las personas con
discapacidad,
g) Destacando la importancia de incorporar las cuestiones
relativas a la discapacidad como parte integrante de las estrategias pertinentes de desarrollo
sostenible,
h) Reconociendo también que la discriminación contra
cualquier persona por razón de su discapacidad constituye una vulneración de la dignidad y el valor
inherentes del ser humano,
i) Reconociendo además la diversidad de las personas
con discapacidad,
j) Reconociendo la necesidad de promover y proteger los
derechos humanos de todas las personas con discapacidad, incluidas aquellas que necesitan un apoyo
más intenso,
k) Observando con preocupación que, pese a estos
diversos instrumentos y actividades, las personas con discapacidad siguen encontrando barreras para
participar en igualdad de condiciones con las demás en la vida social y que se siguen vulnerando sus
derechos humanos en todas las partes del mundo,
l) Reconociendo la importancia de la cooperación
internacional para mejorar las condiciones de vida de las personas con discapacidad en todos los países,
en particular en los países en desarrollo,
m) Reconociendo el valor de las contribuciones que
realizan y pueden realizar las personas con discapacidad al bienestar general y a la diversidad de sus
comunidades, y que la promoción del pleno goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales
por las personas con discapacidad y de su plena participación tendrán como resultado un mayor sentido
de pertenencia de estas personas y avances significativos en el desarrollo económico, social y humano de
la sociedad y en la erradicación de la pobreza,
n) Reconociendo la importancia que para las personas con
discapacidad reviste su autonomía e independencia individual, incluida la libertad de tomar sus propias
decisiones,
o) Considerando que las personas con discapacidad
deben tener la oportunidad de participar activamente en los procesos de adopción de decisiones sobre
políticas y programas, incluidos los que les afectan directamente,
p) Preocupados por la difícil situación en que se
encuentran las personas con discapacidad que son víctimas de múltiples o agravadas formas de
discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole,
origen nacional, étnico, indígena o social, patrimonio, nacimiento, edad o cualquier otra condición,
q) Reconociendo que las mujeres y las niñas con
discapacidad suelen estar expuestas a un riesgo mayor, dentro y fuera del hogar, de violencia, lesiones o
abuso, abandono o trato negligente, malos tratos o explotación,
r) Reconociendo también que los niños y las niñas con
discapacidad deben gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales en
igualdad de condiciones con los demás niños y niñas, y recordando las obligaciones que a este respecto
asumieron los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos del Niño,
s) Subrayando la necesidad de incorporar una perspectiva
de género en todas las actividades destinadas a promover el pleno goce de los derechos humanos y las
libertades fundamentales por las personas con discapacidad,
t) Destacando el hecho de que la mayoría de las personas
con discapacidad viven en condiciones de pobreza y reconociendo, a este respecto, la necesidad
fundamental de mitigar los efectos negativos de la pobreza en las personas con discapacidad,
u) Teniendo presente que, para lograr la plena protección
de las personas con discapacidad, en particular durante los conflictos armados y la ocupación extranjera,
es indispensable que se den condiciones de paz y seguridad basadas en el pleno respeto de los
propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y se respeten los instrumentos vigentes en
materia de derechos humanos,
v) Reconociendo la importancia de la accesibilidad al
entorno físico, social, económico y cultural, a la salud y la educación y a la información y las
comunicaciones, para que las personas con discapacidad puedan gozar plenamente de todos los
derechos humanos y las libertades fundamentales,
w) Conscientes de que las personas, que tienen
obligaciones respecto a otras personas y a la comunidad a la que pertenecen, tienen la responsabilidad de
procurar, por todos los medios, que se promuevan y respeten los derechos reconocidos en la Carta
Internacional de Derechos Humanos,
x) Convencidos de que la familia es la unidad colectiva
natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a recibir protección de ésta y del Estado, y de que las
personas con discapacidad y sus familiares deben recibir la protección y la asistencia necesarias para que
las familias puedan contribuir a que las personas con discapacidad gocen de sus derechos plenamente y
en igualdad de condiciones,
y) Convencidos de que una convención internacional
amplia e integral para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad
contribuirá significativamente a paliar la profunda desventaja social de las personas con discapacidad y
promoverá su participación, con igualdad de oportunidades, en los ámbitos civil, político, económico, social
y cultural, tanto en los países en desarrollo como en los desarrollados,"
Sin más, en la búsqueda de divulgar por todos los medios
posibles los derechos instituidos por esta importante ley ratificatorias solicita la aprobación del presente
Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CASELLES, GRACIELA MARIA | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PARTIDO BLOQUISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |