Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 7861-D-2010
Sumario: REGIMEN DE CONTRATACION DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL - DECRETO 1023/01: MODIFICACIONES SOBRE OBJETOS Y AMBITO DE APLICACION.
Fecha: 28/10/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 163
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL
Capítulo I
Modificación del Régimen de Contrataciones
Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 1º del Decreto Nº 1.023 del 13 de agosto de 2001, por el siguiente:
"Artículo 1° - OBJETO. El Régimen de Contrataciones del Sector Público Nacional, tendrá por objeto que las obras, bienes y servicios sean obtenidos con la mejor tecnología proporcionada a las necesidades, en el momento oportuno y al menor costo posible, como así también la venta de bienes al mejor postor, coadyuvando al desempeño eficiente y al logro de los resultados requeridos por el conjunto de la sociedad. Toda contratación del Sector Público Nacional se presumirá de índole administrativa, salvo que de ella o de sus antecedentes surja que está sometida a un régimen jurídico de derecho privado".
Artículo 2º.- Sustitúyese el artículo 2º del Decreto Nº 1.023 del 13 de agosto de 2001, por el siguiente:
"Art. 2° - AMBITO DE APLICACION. El presente régimen será de aplicación obligatoria a los procedimientos de contratación en los que sean parte las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8º de la Ley Nº 24.156 y sus modificaciones".
Capítulo II
Disposiciones transitorias
Artículo 3º.- El Régimen de Contrataciones del Sector Público Nacional aprobado por Decreto Nº 1.023 del 13 de agosto de 2001 será de aplicación para las empresas Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima y Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur Sociedad Anónima y para sus empresas controladas Optar Sociedad Anónima, Jet Paq Sociedad Anónima y Aerohandling Sociedad Anónima, hasta tanto se complete el proceso de expropiación de las acciones establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 26.466, y mientras continúe el ejercicio de todos los derechos que las acciones a expropiar le confieren al Poder Ejecutivo, de acuerdo a lo normado en el artículo 2º de la Ley 26.466.
Artículo 4º.- Derógase toda norma que se oponga a la presente ley.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley posee como finalidad ampliar el ámbito de aplicación del Régimen de Contrataciones aprobado mediante el Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 al Sector Público Nacional, en pos de dotar de mayor transparencia a las compras y contrataciones de todos los entes involucrados, ya que los distintos organismos, dependencias y entidades en definitiva utilizan recursos públicos para sus erogaciones.
De acuerdo a la redacción vigente del Decreto Nº 1023/2001, el régimen de contrataciones es de aplicación sólo para las jurisdicciones y entidades de la denominada "Administración Nacional", la que comprende la Administración Central, los Organismos Descentralizados y las Instituciones de la Seguridad Social.
De este modo, quedan excluidos de su órbita y se rigen por normas particulares o del derecho privado los demás organismos, dependencias, empresas, entes y entidades que conforman el Sector Público Nacional de acuerdo a la definición del artículo 8º de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Es por esto que, con el impulso del presente proyecto de ley se busca aplicar mecanismos transparentes y homogéneos de compras mediante la aplicación del régimen de contrataciones vigente a todo el Sector Público Nacional, el cual está integrado entonces por la Administración Nacional, y por las empresas y sociedades del Estado, los fondos fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado nacional, y aquellos entes públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional (que son la Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP-, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados -INSSJP-, el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales -INCAA-, la Unidad Especial Sistema de Transmisión Yacyretá -UESTY-, y las obras sociales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad).
La importancia de esta medida se manifiesta no sólo en la búsqueda de transparencia en todos los actos de gobierno, sino también al observar la magnitud de las erogaciones que llevan a cabo estas figuras jurídicas no incluidas en la Administración Nacional. Para el Ejercicio 2010 se espera que realicen gastos corrientes y de capital por más de $ 40.000 millones, de acuerdo al Mensaje de Presupuesto para el año 2010 remitido por el Poder Ejecutivo a este Honorable Congreso Nacional en septiembre de 2009, lo que representa aproximadamente el 15% del monto total aprobado para este año.
Si bien en la actualidad, y de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 24.156 antes mencionada, el accionar de todo el Sector Público Nacional se encuentra sujeto al control externo de la Auditoría General de la Nación, es importante tener presente que el mismo se realiza ex post, es decir tiempo después de su efectiva ejecución, por lo que el hecho de ampliar el ámbito de aplicación del régimen de contrataciones agrega una etapa de control procedimental previo dotando de mayor transparencia a las compras y contrataciones, protegiendo de este modo el interés de los recursos públicos y por ende de toda la ciudadanía.
Finalmente, se incorpora bajo la regulación de las contrataciones del Decreto Nº 1023/2001 a las empresas Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima y Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur Sociedad Anónima y a sus controladas Optar Sociedad Anónima, Jet Paq Sociedad Anónima y Aerohandling Sociedad Anónima, ya que las acciones de las mismas se encuentran en proceso de expropiación y que además el Poder Ejecutivo ejerce en la actualidad los derechos que las mismas confieren, en virtud de lo establecido en la Ley Nº 26.466. Y cabe destacar por último, que en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la mencionada ley, desde 2008 a la fecha el Estado Nacional ha realizado transferencias a las empresas por más de $ 5.600 millones por lo que si inclusión bajo el Régimen de Contrataciones resulta también oportuno.
Por los argumentos expuestos solicito a mis pares el acompañamiento necesario para dar sanción al presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GAMBARO, NATALIA BUENOS AIRES PERONISMO FEDERAL
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO BUENOS AIRES PERONISMO FEDERAL
DE NARVAEZ, FRANCISCO BUENOS AIRES PERONISMO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
OBRAS PUBLICAS
PRESUPUESTO Y HACIENDA