PROYECTO DE TP
Expediente 7848-D-2014
Sumario: FONDO COMPENSADOR PARA EL TRANSPORTE DE CARGAS EN EL NOA. CREACION.
Fecha: 07/10/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 140
El Senado y Cámara de Diputados...
La Cámara de Diputados de la
Nación, sanciona con fuerza de ley:
Art. 1º - Créase el "Fondo Compensador
para el Transporte de Cargas en el NOA", en el marco de las competencias que la Ley
de Ministerios Nº 22.520, Titulo V "Del Jefe de Gabinete de Ministros y de cada
Ministerio en particular", Artículo 20º ter, Inc. 4, le asigna al Ministerio de Agricultura,
Ganadería y Pesca.
Art. 2º - El "Fondo Compensador para el
Transporte de Cargas en el NOA", se aplicará a todos los productores de granos,
cereales y oleaginosas, de las provincias de Santiago del Estero, Salta, Tucumán y Jujuy
(NOA), que se encuentran a las de 800 Km. del Puerto de Rosario, Provincia de Santa
Fe.
Art. 3º - El "Fondo Compensador para el
Transporte de Cargas en el NOA", se hará efectivo mediante la compensación de la
diferencia de distancia existente entre la Ciudad de Jesús María, Provincia de Córdoba,
ubicada a 450 Km. del Puerto de Rosario, y el lugar de carga de la mercadería.
Art. 4º - La distancia entre el lugar de
carga de la mercadería y la Ciudad de Jesús María se consignará directamente en el
Formulario 1116 "B" o "C" de venta de granos, o el que lo reemplace en el futuro, y
será reintegrada por medio del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, en la
cuenta de cada productor por medio de su CBU (Clave Bancaria Unificada).
Art. 5º - El plazo que tendrá el Ministerio
de Agricultura, Ganadería y Pesca para realizar el deposito de la compensación a cada
productor será de 30 días (treinta) corridos, desde el momento de recibir el Formulario
1116 "B" o "C".
Art. 6º - De Forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En los orígenes mismos de nuestra Nación
(y aún cuando aún perduraba el Virreinato del Río de la Plata) al separarse de otras
zonas económicamente ricas (como en ese entonces lo era el Alto Perú), la economía
del país comenzó a desarrollarse a través de nuestro puerto (con la exportación
primaria de los cueros) a la que le siguió nuestro litoral argentino, producto de contar
con el único río navegable con el que cuenta nuestro país.
Esta situación llevó a sumirse en la
marginalidad al NOA, y zonas aledañas que no contaban con la posibilidad de
transportar a valores razonables sus producciones, y allí comenzaron otros problemas
entre le interior pobre y el puerto rico, cual fue la negativa del interior a la importación
de productos que hacían imposible competir con los productos autóctonos y la
necesidad de trasladarlos hasta los centros de consumo.
Hasta ese entonces estos pueblos vivían de
administrar el costoso proceso de transportar el valioso cargamento a España,
constituyendo ello en si mismo su fuente de generación de riquezas.
Hasta que llegó el ferrocarril, y permitió
generar el concepto de "tarifa parabólica" que consistía en evitar la proporcionalidad
normal entre la distancia y el flete, de manera que, encareciendo los trayectos cortos,
permite abaratar los largos; o dicho de otra manera; los encarece en razón
decreciente.
Ello permitió de alguna manera no solo
equiparar cuestiones insoslayables como la ubicación geográfica de los pueblos del
interior más alejados de los puertos y centros de consumo, sino que permitir su
desarrollo equitativo, logrando que se poblara nuestro país.
La cita histórica mencionada, sirve como
antecedente para explicar la situación actual de las provincias del noroeste argentino
con respecto al desarrollo productivo y social, que se diferencia sustancialmente de
otras regiones, climática y territorialmente mas favorecidas.
En el pasado reciente, las producciones
contaron (hasta el año 2000) con algún sistema que les permita "alivianar esta gravosa
diferencia" bajo distintas modalidades y nombre, solo a modo de ejemplo cabe
destacar la Resolución 1815 de la ex Junta Nacional de Granos sobre máximo 500 Km.,
el llamado Puerto Seco, la eliminación del canon ferroviario, entre otros sistemas de
disminución en los costos de transporte con los que siempre contó el NOA.
Pese a los avances en la negociación, luego
del conflicto por las retenciones móviles, no pudo lograrse el proyecto planteado por
el sector agropecuario, denominado "compensación de fletes".
Otro reclamo que resulta conveniente
mencionar es el de la necesidad de inversión y puesta en funcionamiento del FF.CC
General Belgrano Cargas, que por su extensión y distribución permitiría sacar la
producción de todo el NOA y NEA y no solo por los puertos de Buenos Aires y Rosario,
sino también por el Pacífico siendo una ventaja comparativa muy importante para
nuestras producciones con la vista puesta en los cada vez más fuertes mercados
asiáticos.
Sin embargo, la realidad nos indica que nos
encontramos más cerca de cumplir una década sin ningún sistema que nos permita
paliar esta diferencia asimétrica que tanto nos perturba a todos los integrantes de las
distintas cadenas productivas de estas regiones.
Considero pertinente crear dentro del
ámbito de la Nación, un sistema que nos permita mejorar sustancialmente la
competitividad y rentabilidad, sabiendo que ello permitirá que esa renta sea
distribuida en la región con lo que automáticamente mejorarían los indicadores de
pobreza y exclusión.
La compensación, o tarifa
diferencial debe recaer directamente en el productor y no en los transportistas, ya que
si hablamos de FF.CC, hoy solo es operable, con lo cual un beneficio directo a dicha
empresa solo favorecería el Oligopolio de las dos empresas dadoras de cargas más
importantes (AGD y BUNGE) y si se hace al transportista camionero (como ya se hizo
con la reducción de los aportes patronales o el peaje) no llega al productor en una
REAL rebaja de la tarifa de flete.
También se debe considerar que hoy se
encuentran habilitados y funcionando los sistemas para la devolución directa al
productor (Ej. IVA en el CBU de cada productor), y por ello estimo que un sistema que,
permita la compensación de fletes es posible.
En cuanto a la cuestión del financiamiento
del sistema, debería surgir contemplando un mix de aportes: una parte a través del
sinceramiento de tarifas públicas y transporte de pasajeros en la Capital Federal que
en nada benefician al interior; y la otra a través de la masa de dinero que estas
provincias aportan en concepto de retenciones a las exportaciones por sus
producciones agrícolas de igual forma que lo hacen provincias de las zonas núcleos,
que tienen otras condiciones para la producción, como el clima, el suelo, y las
cercanías a los puertos.
El caso de los granos y cereales,
presentan una situación grave, ya que con la pretensión de incremento de las tarifas
de la Asociación de Transportes de Cargas (las que rondan un 50 % respecto de las
abonadas en la campaña anterior) cultivos como el sorgo dejarían de ser viables, y
correrían serios peligros otros como el maíz y el trigo; en el caso del maíz es esencial
en cualquier proceso de rotación de suelos de manera de darle la debida y responsable
sustentabilidad al cultivo de la soja; que justo es decir aún hoy mantiene un valor
internacional rentable, pero volátil, que no permite estimar por cuanto tiempo se
mantendrá, y si es una realidad la estructura de costos en un nivel cada vez más alta.
Con la finalidad de ejemplificar más
gráficamente presento un cuadro donde se pueden observar en forma comparativa
distancias desde las principales zonas productoras a puertos de Rosario, los valores
actuales de soja y maíz vigentes y la incidencia porcentual sobre el valor producto:
Con valores actualizados al mes de
Noviembre de 2007, se observa lo siguiente:
Con valores actualizados al mes de
Abril de 2008:
Con valores actualizados al mes de
Febrero de 2009 se obtiene:
Con valores actualizados al mes de
Octubre de 2009 e incorporando otras provincias al análisis como Jujuy, Chaco y
Catamarca:
Con valores actualizados al mes de
Marzo de 2010 e incorporando otras provincias al análisis como Jujuy, Chaco y
Catamarca:
El proyecto de Compensación
consiste en establecer una distancia promedio de una zona núcleo de producción del
centro del país (la Ciudad de Jesús María) cuya distancia a puerto es de
aproximadamente 450 Km. (a Puerto San Martín-Rosario), y con la tarifa orientativa de
flete ya acordado en dicha zona establecerla como promedio de distancia en el
esquema de compensación para todo el NOA. Es decir que bajo este esquema
cualquier localidad comprendida entre las localidades productoras del NOA, (oeste de
Santiago del Estero, sur de Catamarca; Salta; Jujuy y Tucumán) se encontraría a una
distancia de 450 kilómetros de puerto y consecuentemente conforme a tarifa de flete
camionero debería tener una incidencia de pesos ochenta y seis ($86), acorde a los
valores de año 2010.
La diferencia real al lugar de carga
(siempre desde el NOA) será la distancia a compensar al productor a través del
mecanismo establecido a través del Fondo compensador administrado por el
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, que por la Ley 22.520 faculta a este
ministerio para "ejecutar políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y
aranceles".
A efecto de ejemplificar el proyecto
adjunto una planilla con lo que estimo demandará en valores la aplicación de una
Compensación en el sistema de flete para el productor del noroeste argentino.
Con valores de Fletes actualizados
al mes de Abril de 2008 y con la medida de compensación del 50% del valor de flete
para zonas con distancias mayores a 500 Km. del puerto de Rosario, adoptada por el
Poder Ejecutivo, se obtiene lo siguiente:
Con valores actualizados al mes de
Febrero de 2009 y con la diferencia a compensar de 450 Km. por lejanía a los
principales puertos, los valores que se obtienen son los siguientes:
Con valores actualizados al mes de
Octubre de 2009 y con la diferencia a compensar de 450 Km. por lejanía a los
principales puertos, los valores que se obtienen son los siguientes:
Con valores actualizados al mes de
Marzo de 2010 y con la diferencia a compensar de 450 Km. por lejanía a los principales
puertos, los valores que se obtienen son los siguientes:
Considero que este "Fondo
Compensador para el Transporte de Cargas en el NOA" es indispensable tanto para el
sector agropecuario del noroeste del país para disminuir el costo de producción y a su
vez para estimular la misma. Pero también es importante para hacer más competitivo
a los productos de la región.
Este proyecto fue presentado en el
año 2011 bajo el expediente 5369-D-2011, aunque desde entonces no fue
considerado, la situación de los costos respectivos al transporte aumentaron
considerablemente, lo cual demanda una urgente medida frente a este problema.
Son estos los argumentos expongo
para solicitar a mis pares que acompañen este proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO | TUCUMAN | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TRANSPORTES (Primera Competencia) |
AGRICULTURA Y GANADERIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0701-D-16 |