PROYECTO DE TP
Expediente 7790-D-2014
Sumario: RATIFICACION DE LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - LEY 26378 -. DISPONER LA ACUÑACION DE ESTAMPILLAS POSTALES EN SU CONMEMORACION.
Fecha: 03/10/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 138
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º: Dispónese la
acuñación de estampillas postales en conmemoración de la ratificacion de la
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Ley 26.378.
Artículo 2º: El Poder Ejecutivo
Nacional a través del área que corresponda dispondrá lo necesario para hacer
efectivo lo preceptuado en el artículo anterior.
Artículo 3º: El gasto que demande
el cumplimiento de esta ley, será imputado a la partida presupuestaria
correspondiente.
Artículo 4º: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Este proyecto ha sido presentado en año 2012
(7943-D-2012) y en mi anterior mandato en el año 2008 (6327-D-2008), en aquella
ocasión había sido recientemente ratificada la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad pretende conmemorar la citada ratificación, producida por la
Ley 26.378, mediante la acuñación de un sello postal alusivo en el entendimiento que el
mismo servirá para la permanente difusión de tan importantes derechos, Se transcribe el
preámbulo de la convención internacional a modo de fundamentación respecto a lo
normado por el presente proyecto
"Los Estados Partes en la presente Convención,
a) Recordando los principios de la Carta de las Naciones
Unidas que proclaman que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la
dignidad y el valor inherentes y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia
humana,
b) Reconociendo que las Naciones Unidas, en la
Declaración Universal de Derechos Humanos y en los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, han
reconocido y proclamado que toda persona tiene los derechos y libertades enunciados en esos instrumentos,
sin distinción de ninguna índole,
c) Reafirmando la universalidad, indivisibilidad,
interdependencia e interrelación de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, así como la
necesidad de garantizar que las personas con discapacidad los ejerzan plenamente y sin discriminación,
d) Recordando el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención
Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención contra la Tortura y Otros
Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Convención sobre los Derechos del Niño y la
Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus
familiares,
e) Reconociendo que la discapacidad es un concepto que
evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la
actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con
las demás,
f) Reconociendo la importancia que revisten los principios y
las directrices de política que figuran en el Programa de Acción Mundial para los Impedidos y en las Normas
Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad como factor en la
promoción, la formulación y la evaluación de normas, planes, programas y medidas a nivel nacional, regional
e internacional destinados a dar una mayor igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad,
g) Destacando la importancia de incorporar las cuestiones
relativas a la discapacidad como parte integrante de las estrategias pertinentes de desarrollo sostenible,
h) Reconociendo también que la discriminación contra
cualquier persona por razón de su discapacidad constituye una vulneración de la dignidad y el valor
inherentes del ser humano,
i) Reconociendo además la diversidad de las personas con
discapacidad,
j) Reconociendo la necesidad de promover y proteger los
derechos humanos de todas las personas con discapacidad, incluidas aquellas que necesitan un apoyo más
intenso,
k) Observando con preocupación que, pese a estos
diversos instrumentos y actividades, las personas con discapacidad siguen encontrando barreras para
participar en igualdad de condiciones con las demás en la vida social y que se siguen vulnerando sus
derechos humanos en todas las partes del mundo,
l) Reconociendo la importancia de la cooperación
internacional para mejorar las condiciones de vida de las personas con discapacidad en todos los países, en
particular en los países en desarrollo,
m) Reconociendo el valor de las contribuciones que realizan
y pueden realizar las personas con discapacidad al bienestar general y a la diversidad de sus comunidades, y
que la promoción del pleno goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales por las personas
con discapacidad y de su plena participación tendrán como resultado un mayor sentido de pertenencia de
estas personas y avances significativos en el desarrollo económico, social y humano de la sociedad y en la
erradicación de la pobreza,
n) Reconociendo la importancia que para las personas con
discapacidad reviste su autonomía e independencia individual, incluida la libertad de tomar sus propias
decisiones,
o) Considerando que las personas con discapacidad deben
tener la oportunidad de participar activamente en los procesos de adopción de decisiones sobre políticas y
programas, incluidos los que les afectan directamente,
p) Preocupados por la difícil situación en que se encuentran
las personas con discapacidad que son víctimas de múltiples o agravadas formas de discriminación por
motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional,
étnico, indígena o social, patrimonio, nacimiento, edad o cualquier otra condición,
q) Reconociendo que las mujeres y las niñas con
discapacidad suelen estar expuestas a un riesgo mayor, dentro y fuera del hogar, de violencia, lesiones o
abuso, abandono o trato negligente, malos tratos o explotación,
r) Reconociendo también que los niños y las niñas con
discapacidad deben gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales en
igualdad de condiciones con los demás niños y niñas, y recordando las obligaciones que a este respecto
asumieron los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos del Niño,
s) Subrayando la necesidad de incorporar una perspectiva
de género en todas las actividades destinadas a promover el pleno goce de los derechos humanos y las
libertades fundamentales por las personas con discapacidad,
t) Destacando el hecho de que la mayoría de las personas
con discapacidad viven en condiciones de pobreza y reconociendo, a este respecto, la necesidad fundamental
de mitigar los efectos negativos de la pobreza en las personas con discapacidad,
u) Teniendo presente que, para lograr la plena protección
de las personas con discapacidad, en particular durante los conflictos armados y la ocupación extranjera, es
indispensable que se den condiciones de paz y seguridad basadas en el pleno respeto de los propósitos y
principios de la Carta de las Naciones Unidas y se respeten los instrumentos vigentes en materia de derechos
humanos,
v) Reconociendo la importancia de la accesibilidad al
entorno físico, social, económico y cultural, a la salud y la educación y a la información y las comunicaciones,
para que las personas con discapacidad puedan gozar plenamente de todos los derechos humanos y las
libertades fundamentales,
w) Conscientes de que las personas, que tienen
obligaciones respecto a otras personas y a la comunidad a la que pertenecen, tienen la responsabilidad de
procurar, por todos los medios, que se promuevan y respeten los derechos reconocidos en la Carta
Internacional de Derechos Humanos,
x) Convencidos de que la familia es la unidad colectiva
natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a recibir protección de ésta y del Estado, y de que las
personas con discapacidad y sus familiares deben recibir la protección y la asistencia necesarias para que las
familias puedan contribuir a que las personas con discapacidad gocen de sus derechos plenamente y en
igualdad de condiciones,
y) Convencidos de que una convención internacional
amplia e integral para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad
contribuirá significativamente a paliar la profunda desventaja social de las personas con discapacidad y
promoverá su participación, con igualdad de oportunidades, en los ámbitos civil, político, económico, social y
cultural, tanto en los países en desarrollo como en los desarrollados,"
Sin más, en la búsqueda de divulgar por todos
los medios posibles los derechos instituidos por esta importante ley ratificatoria solicita la
aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CASELLES, GRACIELA MARIA | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PARTIDO BLOQUISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) |
DISCAPACIDAD |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |