PROYECTO DE TP
Expediente 7781-D-2010
Sumario: ASIGNACIONES FAMILIARES - LEY 24714 Y SUS MODIFICATORIAS: MODIFICACION DEL ARTICULO 14 TER, SOBRE CONTROL SANITARIO PARA ACCEDER A LA ASIGNACION UNIVERSAL POR HIJO PARA PROTECCION SOCIAL.
Fecha: 22/10/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 160
El Senado y Cámara de Diputados...
ASIGNACION
UNIVERSAL POR HIJO PARA PROTECCION SOCIAL MODIFICACION DEL
INCISO E) DEL ARTÍCULO 14 TER DE LA LEY 24.714
El Senado y la Cámara
de Diputados de la Nación Argentina...
Artículo 1º- Sustitúyase el inciso e) del
artículo 14 ter de la Ley N° 24.714 y sus modificatorios por el siguiente:
"e) Hasta los CUATRO (4) años de edad
-inclusive-, deberá acreditarse el cumplimiento de los controles sanitarios y del plan
de vacunación obligatorio. Desde los CINCO (5) años de edad y hasta los DIECIOCHO
(18) años, deberá acreditarse además la concurrencia de los menores
obligatoriamente a establecimientos educativos públicos o públicos de gestión
privada, siempre que la cuota mensual de estos no supere el 60% de la asignación
por hijo mensual".
Artículo 2° - Comuníquese al Poder
Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley 26061 tiene por objeto
la protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes que se
encuentren en el territorio de la Republica Argentina, para garantizar el ejercicio y
disfrute pleno, efectivo y permanente de los derechos reconocidos en el
ordenamiento jurídico y en los tratados internacionales que la Nación sea parte.
En el articulo 3º de dicha norma
se entiende por interés superior de aquellos a quienes protege, la máxima
satisfacción integral y simultanea de los derechos y garantías que a ellos se le
reconoce, entre los que se encuentran el derecho "a la obtención de una buena
calidad de vida, a la educación" y tienen derecho a obtener los beneficios de la
seguridad social.
Cabe agregar que el Art. 26 de
la ley 26061 dispone que los organismos del estado deberán "establecer políticas y
programas para la inclusión de los niños, niñas y adolescentes, que consideren los
recursos y la situación de los mismos, y de las personas que son responsables de su
mantenimiento".
Si bien las políticas de estado
llevadas a cabo al respecto de este tema, como lo es la incorporación a la ley 24714
del sistema no contributivo de asignación universal por hijo para la protección social,
han permitido mejorar considerablemente las condiciones de vida de los niños, niñas
y adolescentes, es importante y se torna necesario considerar la situación de gran
cantidad de niños, niñas y adolescentes de todo el país que hoy no se encuentran
concurriendo al sistema estatal de enseñanza, y que, por asistir a colegios públicos de
gestión privada podrían perder el beneficio de la asignación universal por hijo, la cual
por revestir el carácter de universal, debería beneficiar a todos los niños, niñas y
adolescentes que cumplimenten el requisito de concurrir al sistema de enseñanza,
independientemente del carácter del establecimiento al que concurran.
Hoy en día niños, niñas y
adolescentes que asisten a establecimientos educativos de gestión privada y cuya
asistencia no seria contraria al requisito de educación, derecho que se busca
asegurar, quedan exentos de acceder al beneficio de la de asignación universal por
hijo para la protección social. Además se deben contemplar innumerables situaciones,
en las que los alumnos deben gastar mas en transporte que el monto de una cuota
mensual de colegios de gestión privada, como así también, existen gran cantidad de
estudiantes que deben asistir a un colegio de gestión privada debido a que estos
establecimientos cubren la gran demanda de acceso a la educación, complementando
de esta manera el sistema estatal.
En virtud de que el Art. 26 de la
ley de protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, dispone
que los organismos del estado deberán establecer políticas y programas para la
inclusión de ellos, consideramos que se debe contemplar la situación de los
concurrentes a colegios públicos de gestión privada para garantizar el ejercicio y
disfrute pleno, efectivo y permanente de sus derechos
Por todo lo expuesto solicito a mis
pares la aprobación del presente proyecto de ley
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PASTORIZA, MIRTA AMELIANA | SANTIAGO DEL ESTERO | FRENTE CIVICO POR SANTIAGO |
OLIVA, CRISTIAN RODOLFO | SANTIAGO DEL ESTERO | FRENTE CIVICO POR SANTIAGO |
HERRERA, JOSE ALBERTO | SANTIAGO DEL ESTERO | FRENTE CIVICO POR SANTIAGO |
BRUE, DANIEL AGUSTIN | SANTIAGO DEL ESTERO | FRENTE CIVICO POR SANTIAGO |
PEREZ, JORGE RAUL | SANTIAGO DEL ESTERO | FRENTE CIVICO POR SANTIAGO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
LEGISLACION DEL TRABAJO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
16/11/2010 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |