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PROYECTO DE TP


Expediente 7739-D-2014
Sumario: PROGRAMA DE CAPACITACION TECNICA PARA LA FABRICACION Y USO DE MAQUINARIA AGRICOLA. CREACION.
Fecha: 01/10/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 136
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CREASE EL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN TÉCNICA PARA LA FABRICACIÓN Y USO DE MAQUINARIA AGRÍCOLA
ARTÍCULO 1º: Créase el PROGRAMA DE CAPACITACIÓN TÉCNICA PARA LA FABRICACIÓN Y EL USO DE MAQUINARIA AGRÍCOLA con el objetivo de promover el conocimiento necesario para la correcta utilización de las herramientas necesarias para la fabricación de maquinaria agrícola.
ARTÍCULO 2º: El Ministerio de Industria de la Nación será la autoridad de aplicación de la presente ley.
ARTÍCULO 3º: Podrá acceder al programa para capacitarse toda persona mayor de 16 años que reúna los requisitos que la autoridad de aplicación establezca.
ARTÍCULO 4º: Los contenidos, la metodología de enseñanza y la duración del PROGRAMA DE CAPACITACIÓN TÉCNICA PARA LA FABRICACIÓN Y EL USO DE MAQUINARIA AGRÍCOLA y la forma de inscribirse a él, serán fijados por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial, o por el organismo que la autoridad de aplicación indique.
ARTÍCULO 5º: Créase el REGISTRO DE CAPACITADORES TÉCNICOS PARA LA FABRICACIÓN Y EL USO DE MAQUINARIA AGRÍCOLA en la órbita del Ministerio de Industria de la Nación.
ARTÍCULO 6º: Los contenidos de la capacitación serán impartidos por las empresas dedicadas directa o indirectamente a la fabricación de maquinaria agrícola, y/o partes de ellas, que reúnan las condiciones fijadas por la autoridad de aplicación y se encuentren inscriptas en el REGISTRO DE CAPACITADORES TÉCNICOS PARA LA FABRICACIÓN Y EL USO DE MAQUINARIA AGRÍCOLA.
ARTÍCULO 7º: El Ministerio de Industria de la Nación, a través de los CAPACITADORES TÉCNICOS PARA LA FABRICACIÓN Y EL USO DE LA MAQUINARIA AGRÍCOLA extenderán los certificados de capacitación, acreditando los conocimientos adquiridos por los inscriptos al PROGRAMA DE CAPACITACIÓN TÉCNICA PARA LA FABRICACIÓN Y EL USO DE MAQUINARIA AGRÍCOLA.
ARTÍCULO 8º: Las empresas que ejerzan tareas como capacitadores técnicos para la maquinaria agrícola podrán deducir hasta el 5% del Impuesto a las Ganancias que corresponda tributar en el respectivo ejercicio anual mientras permanezcan inscriptas en el REGISTRO DE CAPACITADORES TÉCNICOS PARA LA FABRICACIÓN Y EL USO DE MAQUINARIA AGRÍCOLA.
ARTÍCULO 9º: Quienes se formen en los cursos del PROGRAMA DE CAPACITACIÓN TÉCNICA PARA LA FABRICACIÓN Y EL USO DE MAQUINARIA AGRÍCOLA no deberán contraprestación alguna al capacitador técnico de quien reciban la instrucción ni deberán hacerse cargo de ningún gasto referido a equipamiento, útiles, insumos, indumentaria u otro implemento que sea requerido para ello.
ARTÍCULO 10º: PROGRAMA DE CAPACITACIÓN TÉCNICA PARA LA FABRICACIÓN Y EL USO DE MAQUINARIA AGRÍCOLA no implicará relación de empleo con el capacitador, ni generará ningún tipo de obligación laboral ni contraprestación dineraria para con él.
ARTÍCULO 11º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La industria de maquinaria agrícola se ha convertido en uno de los segmentos más dinámicos de la industria argentina. Ello a pesar de haber sufrido importantes altibajos en su desarrollo, causados por su estrecha dependencia tanto de los precios internacionales de los commodities como del rendimiento de las cosechas. Pese a ello, no ha dejado de significar un sector estratégico para el desarrollo del país.
La importancia de la industria de maquinaria agrícola como proveedora de puestos de trabajo en pequeños y medianos centros urbanos provinciales nos conduce también a considerarla un elemento impulsor del crecimiento productivo. En este sentido, y considerando que se ha detectado que una de las debilidades del sector es la falta de mano de obra capacitada, proponemos un instrumento para que mediante la colaboración público-privada, se logre cubrir dicho déficit y favorecer así a un desarrollo competitivo y federal.
Según datos de Instituto de Estudios sobre la Realidad Argentina y Latinoamericana de Fundación Mediterránea, para 2013, el sector de fabricantes de Maquinarias Agrícolas y Agropartes estaba conformado por 730 firmas distribuidas geográficamente en yuxtaposición con la zona productiva núcleo. Territorialmente se encuentran instaladas en cuatro provincias: Santa Fe con el 42%, Córdoba con el 31%, Buenos Aires con el 18% y Entre Ríos con el 5%; y el 4% restante, distribuido en otras ocho provincias aunque en muy baja proporción. Se trata mayoritariamente de micro y pequeños emprendimientos, aunque siendo las medianas y grandes las que concentran más de 50% del empleo total del sector y representan el 60% de las ventas. En cuanto a los productos, la mayor parte de ellos se concentra en cosechadoras y tractores.
El sector agropecuario argentino no solo asegura la autosuficiencia alimentaria, sino que también exporta el 80% de su producción. Los 45.000 millones de dólares de commodities alimentarios y manufacturas de origen agropecuario que Argentina exporta son producidos en un 70% a partir de las máquinas que se fabrican en nuestro país. Por dicho motivo podemos afirmar que la producción industrial metalmecánica es una parte importante del valor agregado de nuestras exportaciones agroalimentarias.
El mercado de la maquinaria agrícola se ve afectado principalmente por los precios internacionales de los commodities y por el rendimiento de las cosechas, siendo estos factores los más influyentes en la voluntad del productor agropecuario al momento de renovar o invertir en nueva maquinaria. Esta volatilidad se refleja en años de grandes volúmenes de ventas, y otros de una gran caída. Un claro ejemplo de ello, según informa la Cámara Argentina de Fabricantes de Maquinaria Agrícola (CAFMA), es la caída en ventas experimentada en lo que va de 2014 frente al leve repunte que el sector tuvo en 2013.
La salida de la convertibilidad, a partir de 2003, significó una importante recuperación de la industria nacional de maquinaria agrícola, y esto se refleja en las cifras suministradas por el INDEC, en 2013 el 69% de las maquinarias vendidas en nuestro país fue de origen nacional, mientras que en 2004 este grupo representaba el 53%. El valor agregado sectorial se genera principalmente en la actividad de empresas que manufacturan equipos terminados, las que incluyen entre sus procesos al armado o ensamble de subconjuntos y partes, y del acabado. Se estima que cerca del 90% del este valor agregado generado en 2010 en el sector de la maquinaria agrícola corresponde a las empresas que manufacturan productos terminados.
Esta industria cuenta con elevados niveles de tecnología de procesos y productos y la participación argentina en el mercado mundial de la maquinaria agrícola (considerando principales partidas) se ha incrementado. Argentina pasó de exportar U$S 54 millones en 1998 a U$S 369 en 2012, es decir, el market share de Argentina en estos productos se ubicó en 0,36% en 2012, cuando la participación en 2005 era de tan solo 0,09%. En la actualidad Argentina se ubica en el puesto 30º del ranking de exportadores, lo cual representa un avance si se tiene en cuenta que en 1998 se ubicaba en el puesto 38º.
Por último, se debe mencionar un menor dinamismo de las exportaciones en el periodo 2008-2012, si se lo compara con el crecimiento 2005-2008, principalmente explicado por los problemas de competitividad.
Es ilustrativo mencionar el estudio realizado por el Banco Interamericano de Desarrollo sobre la localidad de Las Parejas en la Provincia de Santa Fe, una de las ciudades insignia en la manufactura de la maquinaria agrícola. Las Parejas representa el paradigma de la ciudad que ha crecido en torno a este sector industrial. El trabajo destaca el crecimiento económico de la localidad santafesina, con indicadores de pleno empleo, y las oportunidades que tiene el cluster fierrero, pero también advierte sobre algunos cuellos de botella, como lo es la falta de mano de obra calificada. Es decir, aún en un caso exitoso como el de esa ciudad, seguimos encontrando dicho déficit.
Lo que esta descripción nos muestra es que, tratándose de una industria que genera numerosos beneficios tanto locales como a nivel nacional, es importante comenzar a remediar las debilidades que le impiden desarrollarse plenamente.
A partir de la detección de este déficit, el presente proyecto de ley propone la creación de un mecanismo de colaboración público-privada que permita la capacitación de mano de obra especializada para el sector de la maquinaria agrícola.
La falta de escuelas técnicas que formen a aquellos que buscan incorporarse a este sector industria, nos conduce a promover estas políticas innovadoras.
Con este fin, el presente proyecto de ley propone la creación de un régimen que le permita a las empresas generar la capacitación de sus futuros empleados en el manejo básico de las herramientas que se utilizan para la fabricación de maquinaria agrícola.
El presente proyecto de ley establece que aquellas industrias que estén categorizadas como fabricantes de "maquinaria agrícola" sean quienes se hagan cargo de dicha capacitación. A cambio de asumir esta responsabilidad, podrán deducir hasta el cinco por ciento (5%) del Impuesto a las Ganancias correspondiente a la ganancia neta del ejercicio anual.
Los contenidos, la duración y otras características de la capacitación deberán ser regulados por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), o por el organismo que el Ministerio de Industria de la Nación considere apropiado. Luego de la capacitación, el INTI podrá certificar la impartición de los contenidos aludidos.
Por último, luego de terminada la capacitación, la empresa que se ha hecho cargo de ella podrá contratar a quienes ha capacitado. El dictado de estos conocimientos no implicará costo para el aprendiz ni obligación de contratar por parte de la empresa capacitadora, ya que no es entrenamiento laboral sino una modalidad de enseñanza gratuita de conocimientos técnicos básicos aplicables a la industria de la maquinaria agrícola.
De esta manera se logra acercar la demanda y oferta laboral a través de un instrumento que tiene las siguientes características relevantes: asegura una capacitación adecuada a las necesidades reales de los empleadores; crea tempranamente el vínculo entre el potencial empleado y empleador; y brinda una capacitación certificada.
El objetivo de este proyecto de ley, entonces, es doble. Por un lado, como ya se ha especificado, cubrir el déficit de mano de obra capacitada en uno de los segmentos más dinámicos de la industria argentina. Y por otro lado, al tratarse de una industria mayoritariamente situada en localidades medianas y pequeñas del interior de las provincias, constituye una excelente herramienta de desarrollo de valor agregado en origen, con el objetivo de contribuir al desarrollo local inclusivo y evitar que personas económicamente activas emigren hacia grandes urbes en busca de mejores oportunidades.
El sector de maquinarias agrícolas y agropartes resulta un importante motor de la actividad económica de las localidades del interior de Córdoba, Santa Fe y, en menor medida, Buenos Aires y Entre Ríos. Las fábricas están en localidades del interior productivo con altos potenciales agropecuarios siendo estratégicas para el desarrollo territorial por la cantidad y calidad de puestos de trabajos que demanda y las externalidades sociales positivas que produce por mayor actividad económica en los pueblos.
El potencial de incrementar la producción es grande, tanto por la vía de un incremento de las exportaciones como a través de la sustitución competitiva de las importaciones actuales, especialmente en el caso de tractores y cosechadoras, pero también en numerosos implementos.
Si bien, como ya hemos especificado, la industria de la maquinaria agrícola se ve afectada principalmente por los precios internacionales de los commodities y por el rendimiento de las cosechas, es necesario recalcar la necesidad de políticas de Estado que brinden condiciones favorables para el desarrollo de una industria esencial para el país.
Por lo expuesto solicito a los señores diputados la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TORRES DEL SEL, MIGUEL IGNACIO SANTA FE UNION PRO
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
MAC ALLISTER, CARLOS JAVIER LA PAMPA UNION PRO
DURAND CORNEJO, GUILLERMO MARIO SALTA CONSERVADOR POPULAR
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
SPINOZZI, RICARDO ADRIAN SANTA FE UNION PRO
BALDASSI, HECTOR W. CORDOBA UNION PRO
SCAGLIA, GISELA SANTA FE UNION PRO
GRIBAUDO, CHRISTIAN ALEJANDRO BUENOS AIRES UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INDUSTRIA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
19/11/2014 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría