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PROYECTO DE TP


Expediente 7717-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA CANTIDAD DE JUICIOS EN LOS CUALES LA "ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - ANSES -", INTERPUSO LA RECUSACION "SIN CAUSA" DE LOS JUECES DE LA SALA II DE LA CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, IMPIDIENDO EL DICTADO DE SENTENCIAS FAVORABLES AL REAJUSTE DE HABERES DE JUBILADOS Y PENSIONADOS.
Fecha: 31/10/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 156
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo nacional para que, por intermedio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), se sirva informar a esta Honorable Cámara sobre la cantidad de juicios en los que dicho organismo ha deducido la recusación "sin causa" de los Jueces de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, situación que determina la paralización masiva de expedientes sometidos a la decisión de de dicho fuero, impidiendo el dictado de sentencias favorables al reajuste de haberes de jubilados y pensionados.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de resolución tiene por objeto requerir al Poder Ejecutivo nacional que se informe a esta Honorable Cámara sobre las trabas que se suscitan en el trámite de los juicios y las demoras en el pago de sentencias a favor de jubilados, que están dando lugar a quejas cada vez más frecuentes, en nuestros despachos del Congreso de la Nación.
A diario nos llegan las quejas de jubilados que mantienen juicios contra el Estado, quienes denuncian el incumplimiento por parte de la Anses, del compromiso firmado ante la mayor instancia de protección de los derechos humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA), para acelerar el pago de las sentencias favorables a jubilados.
Miles de jubilados tenían motivos para ilusionarse cuando el Estado argentino se comprometió, en el mes de noviembre de 2009, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) , a tomar "todas las medidas necesarias" para terminar con las dilaciones en el debido pago de las sentencias.
También asumió el gobierno nacional que cumpliría todos los parámetros que imponga la Justicia en los fallos previsionales, tales como porcentajes de reajuste de haberes o montos a pagar en retroactivos, que muchas veces resultan modificados por la Anses de manera unilateral, lo que obliga a promover nuevas demandas.
El Gobierno firmó dicho acuerdo durante una audiencia especial de la CIDH en Washington, sede de la Organización
de Estados Americanos (OEA) , con los abogados patrocinantes de un grupo de jubilados que había promovido una causa por violación a los derechos humanos ante la tardanza en el cumplimiento de las sentencias judiciales. Por el Estado argentino suscribieron el acuerdo representantes de la Cancillería, de la Subsecretaría de Derechos Humanos y de la Anses.
Entre los compromisos asumidos el país "se obliga a establecer un mecanismo de seguimiento periódico del cumplimiento de este acuerdo". Debía además "instrumentar un sistema de liquidación de sentencias que garantice el cumplimiento de las decisiones en los términos y plazos fijados en el fallo judicial firme" y "no apelar las sentencias de primera o segunda instancia que siguieran los supuestos de la Corte Suprema", en casos similares.
Como derivación de este acuerdo, la Anses debía resolver por vía administrativa los planteos que le presentaren, similares al fallo "Badaro", como medio de evitar que los jubilados que se ajusten a esas condiciones, deban tramitar un nuevo juicio para actualizar sus haberes.
No obstante, los compromisos asumidos por el gobierno nacional en representación del Estado argentino ante la OEA no se habrían cumplido, y el crece el número de jubilados en litigio, mientras la situación del fuero previsional se agrava día a día con expedientes que se van acumulando sin solución.
Por todo ello, tuvo lugar una nueva presentación ante la OEA por parte de un grupo de jubilados que mantienen juicios contra el Estado por el pago de sus haberes, durante el corriente año de 2012.
Según la información disponible, los presentantes denunciaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), incumple con el debido pago de las sentencias y además traba la gestión de las demandas, al impedir que dicte sentencias una de las Salas de Apelaciones del fuero previsional.
Ciertamente no se trata de la primera denuncia de este tipo ante esta instancia internacional. Justamente, una de las quejas es por la "violación y total incumplimiento por parte del Estado", del acuerdo de solución amistosa firmado ante la OEA en noviembre de 2009.
Entre los compromisos incumplidos se cuenta el de no apelar por parte de la Anses, las sentencias favorables a los beneficiarios en casos análogos a los ya resueltos por la Corte Suprema. También se señala que en el acuerdo, firmado por funcionarios de la Anses y de la Cancillería, se había asumido el compromiso de desistir, en 60 días de los recursos de apelación que estaban en trámite.
La denuncia señala que, además de la falta de cumplimiento del acuerdo, se sumaron en los últimos tiempos "nuevos hechos violatorios de los derechos de los jubilados".
Con particular gravedad, se califica una serie de hechos como las dilaciones y permanentes recusaciones "sin causa" que se vienen produciendo en los expedientes en trámite por ante la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social.
Se ha denunciado al respecto la existencia de un presunto "boicot a los magistrados que fallan conforme a derecho,
generándose una auténtica fractura que divide a los jueces probos de algunos adictos al poder".
También se cuestiona en esta nueva presentación ante la OEA que la presidenta Cristina Kirchner haya vetado una ley aprobada por el Congreso Nacional, que disponía que el haber mínimo fuera del 82% del salario básico y que lo dispuesto por el fallo "Badaro", comenzara a aplicarse de inmediato por la Anses a todas las personas a quienes les correspondiera, sin necesidad de obligarlas a ir a juicio para hacer valer sus derechos.
El principio de legalidad rige en democracia como fundamento principal del estado de derecho y sujeta todo el desempeño estatal al cumplimiento de los compromisos contraídos. Por cierto, no podría justificarse que nuestro país haya dejado de honrar un convenio firmado ante la OEA, en el área de derechos humanos.
El principio de que los pactos se hacen para ser cumplidos es la guía principal del derecho de gentes, que bajo la forma de "pacta sunt servanda", rige desde tiempo inmemorial en las relaciones internacionales y da sustento además a la evolución moderna de los pactos de protección de los derechos humanos.
Por cierto, lo expuesto merece que debamos exigir explicaciones del Poder Ejecutivo nacional.
Asimismo, la acumulación desmedida de expedientes sin resolver en la Cámara Federal de la Seguridad Social, podría obedecer a presuntas interferencias o, tal vez, una inadmisible manipulación sobre el accionar de la Justicia, según las denuncias formuladas.
Cabe notar que la Cámara de Seguridad Social ha rechazado la recusación del juez Luis Herrero, esgrimiendo el aserto que se trata de "una deliberada política institucional adoptada por el Anses", para apartar a uno de sus jueces del conocimiento de los expedientes sometidos a su decisión, en lo que puede calificarse como abuso del derecho configurado mediante el empleo inusitado y generalizado de una figura procesal enmascarada en la invocada "recusación sin causa", situación que se debe resolver ahora por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Resulta imprescindible advertir que el principio constitucional de independencia de jueces, abogados y fiscales, es uno de los pilares centrales y primordiales que garantiza la defensa de los derechos humanos.
Nos cabe asegurar por todos los medios a nuestro alcance la imparcialidad y la independencia del Poder Judicial, que no son privilegios ni garantías establecidas en beneficio de alguno de sus integrantes, sino derechos fundamentales de los destinatarios de la Justicia.
Por todo lo expuesto, solicito el apoyo de mis pares al presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MALDONADO, VICTOR HUGO CHACO UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia)