PROYECTO DE TP
Expediente 7710-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA ADOPTAR LAS ACCIONES TENDIENTES A PERMITIR INCORPORAR A LA GOMA BREA EN EL CODIGO ALIMENTARIO NACIONAL.
Fecha: 21/10/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 159
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder
Ejecutivo a través de los Organismos Competentes, por la vía y forma que
corresponda, impulse la realización de los estudios científicos y técnicos de
investigación a fin de que se adopten las medidas y acciones necesarias
tendientes a permitir la incorporación de La Goma Brea, en el Código
Alimentario Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Brea
(Cerdidium praecox), llamada chañar brea o palo verde, es un árbol nativo del
monte chaqueño, que crece muy bien en suelos pobres y desertificados, por lo
que también se la encuentra en rodales puros (breales) en ambientes
degradados. De gran importancia social, económica y ambiental, el árbol exuda
una resina y gente de los pueblos originarios participan en el proceso de su
recolección.
La resina -Goma Brea- es - goma brea - un polisacárido que
tiene las mismas propiedades que la goma arábiga por lo que puede ser
utilizada en la industria de aditivos y cosméticos entre otros. La Goma Brea
presenta importantes propiedades fisicoquímicas similares a la de la Goma
Arábiga, ambas son polisacáridos e hidrocoloides, que tienen en su estructura
residuos de L-Arabinosa. Y D-Glucorónico y difieren en residuos de D.Xilosa, y
D-Glucorómico y Metil D-Glucorómico en Brea L-Ramnosa y D-Galactosa en
Arábiga.
En cuanto a su
comportamiento funcional la Goma Brea, es muy soluble en el agua y
característica similares a la de la Goma Arabiga, lo cual permite remplazar en
su uso a ésta última por Goma Brea.-
En la industria
alimenticia, se pueden citar entre otros usos en:
Emulsiones, debido a su función
coloide protector. Confitería, da brillo a los productos y retarda la cristalización
de la azúcar, es componente de la goma de mascar, pastillas y grajeados
Panificación, da suavidad a la
corteza y a la miga del pan, retardando su envejecimiento.
En productos lácteos congelados
produce una fina textura inhibiendo la formación y crecimientos de cristales de
hielo, el helado no se funde rápidamente.
Estabiliza espumas en la fabricación
de cervezas y refrescos.
La Brea no tiene uso
alguno como madero y casi no se la usa como leña. Pero al igual que el árbol
del caucho, si se le hace un corte o incisión exuda una goma o resina y esta
tiene propiedades químicas y físicas similares a la goma arábiga.
La Brea es una
leguminosa fácilmente reconocible por su corteza color verde, llega medir de
tres a nueve metros de altura, tiene espinas, hojas compuestas y flores
amarillas dispuestas en racimos.
El árbol no es
longevo, llega a la adultez de 3 a cinco años y vive de 20 a 30 años. Crece en
una vasta región de nuestro país, que incluye zonas de las provincias del
Chaco, Salta, Catamarca, Santiago del Estero, Córdoba, La Rioja, San Luis y
San Juan.
Su importancia
ecológica deriva de su capacidad de colonizar rápidamente terrenos
degradados y por lo tanto permite iniciar la recuperación de áreas
desertificadas.
Cabe señalar que
sobre propiedades de la Goma Brea se vienen realizando estudios e
investigaciones desde la Universidad Nacional de Salta y otras Instituciones
del sector público y privados, con la finalidad de que se realicen las
evaluaciones científicas y técnicas, que permitan su incorporación al Código
Alimentario Nacional, materializando la realización de proyectos que generen
un ingreso alternativo y de desarrollo sostenible de las Comunidades
originarias.-
Por lo expresado
solicito a mis pares me acompañen en la aprobación de éste proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
VILARIÑO, JOSE ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
TORFE, MONICA LILIANA | SALTA | RENOVADOR DE SALTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
16/11/2010 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1819/2010 | ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION | 25/11/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 14/12/2010 | APROBADO | |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA | 30/11/2011 |