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PROYECTO DE TP


Expediente 7699-D-2012
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REQUERIR A LA "AUTORIDAD DE LA CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR)" QUE PROCEDA A DAR CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 8 DE LA LEY 26168, QUE ESTABLECE SU OBLIGACION LEGAL DE ELEVAR ANUALMENTE UN INFORME AL CONGRESO DE LA NACION SOBRE LAS INICIATIVAS, ACCIONES Y PROGRAMAS EJECUTADOS.
Fecha: 30/10/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 155
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de los Organismos y procedimientos correspondientes, requiera a la Autoridad de la Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) que proceda a dar efectivo cumplimiento al artículo 8 de la ley 26.168, que establece su obligación legal de elevar anualmente un informe al Congreso de la Nación sobre las iniciativas, acciones y programas ejecutados. Deber que, a día de la fecha y tras casi seis años de vigencia de la ley, no se ha cumplimentado en absoluto.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo fue creada a fines del 2006, como ente de derecho público interjurisdiccional en el ámbito de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de las más de cinco millones de personas que viven en las lindes y cercanías de sus sesenta y cuatro kilómetros de largo, además de preservar y recomponer el medio ambiente tanto para las generaciones presentes como para las futuras. De allí que su ley de creación, ley 26.168, le atribuye, entre otras, "facultades de regulación, control y fomento respecto de las actividades industriales, la prestación de servicios públicos y cualquier otra actividad con incidencia ambiental en la cuenca, pudiendo intervenir administrativamente en materia de prevención, saneamiento, recomposición y utilización racional de los recursos naturales" (art. 5º, ley 26.168).
Sin embargo, y a casi seis años de su creación, los gravísimos problemas que la inspiraron permanecen casi en el mismo estado. No se aprecia en la cuenca Matanza Riachuelo ninguna mejora o cambio visible, ni se tiene noticia de que vaya a haberlo. No se ha procedido a una correcta ejecución de la sentencia recaída en "Mendoza, Beatriz Silvia", dilatando así los plazos y retrasando las acciones necesarias. Y los estudios hechos por ONGs y cuerpos científicos universitarios señalan que continúa incólume la afectación en la salud de todas las personas que viven en las cercanías o que tienen estrecha relación con la cuenca; que se registran altos y constantes los niveles de plomo en sangre analizados; que los niveles de basura arrojada continúan subiendo; y que, además, la calidad del agua de la cuenca no ha mejorado.
Más aún, existen claras sospechas públicas acerca de que el organismo podría haber actuado en el marco de un serio conflicto de interés entre el juez federal interviniente en la ejecución del fallo Mendoza y algunos de los proveedores de bienes y servicios finalmente contratados, sospechas confirmadas por la Auditoría General de la Nación y por la Auditoría Interna del ente, lo que ha vuelto imperiosa la clarificación de los sucesos ante la ciudadanía.
Frente a esto, y a la inmensa cantidad de derechos constitucionales y humanos que continúan siendo afectados por la situación, indudablemente surgen dudas acerca de la efectividad de la ACUMAR y de sus planes, o de la ejecución de los mismos, para hacer frente a la problemática. Dudas que sólo pueden ser resueltas a través del análisis de informes y estudios relacionados con la gestión, y de las propuestas de planes integrales para alcanzar sus objetivos.
La propia ley de creación del ente prevé, en su artículo 8º, la obligación legal de ACUMAR de elevar un informe anual al Congreso de la Nación detallando cuánto se ha hecho, se hace y se piensa hacer en relación con sus objetivos. Así, la sociedad, a través de sus representantes electos, puede informarse sobre las actividades de la ACUMAR y a la vez, y fundamentalmente, ejercer control sobre ellas para evitar dispersiones y desvíos que le impidan alcanzar su objeto. Sin estos informes, el control no puede ser ejercido. Y sin control, no pueden corregirse las ineficacias o prácticas corruptas que obstan a alcanzar el cometido, tal como no está siendo alcanzado ahora.
Es paradójico que el ente que se constituyó para controlar un desastre ambiental tan problemático como el de la Cuenca Matanza Riachuelo, no produzca los informes que legalmente le corresponden. No sólo porque está infringiendo claramente la ley, sino porque así se evade del control dispuesto sobre el ente. Y dado que, por disposición de esa misma ley, ACUMAR es la autoridad máxima en todo lo que tenga que ver con la Cuenca Matanza Riachuelo, ningún otro ente, organismo o persona puede llevar a cabo acciones o planes para lograr el objetivo. Así, como surge claramente, todo lo que no haga ACUMAR no se hace, y todo lo que no logre ACUMAR, no se logra.
La necesidad de que ACUMAR presente los informes que está obligado a presentar es evidentemente insoslayable. Se necesita saber cómo se han llevado, se llevan adelante y se llevarán los planes para hacer frente a la contaminación de la cuenca y la afectación a la vida y al medio ambiente de las personas relacionadas, presentes y futuras. Se necesita saber cómo se utilizan los fondos asignados para el ente en su tarea, y si efectivamente están siendo usados para ello, y no para desviarse hacia contrataciones arregladas que luego acaban siendo escándalo y noticia.
Sólo con un plan integral serio, a largo plazo y comprometido, con prácticas transparentes, correcta asignación y utilización de los fondos destinados, y cumplimiento de los plazos establecidos, puede lograrse la difícil tarea que es sanear la cuenca, protegiendo el medio ambiente y las vidas afectadas. Y es la sociedad toda, a través de sus representantes, la que debe controlar que ese plan exista, se lleve adelante, se ajusten los desperfectos, se modifique, y se decida sobre ello cuanto pueda decidirse.
La mejor manera de permitir esto es la ya establecida por la ley 26.168. Sólo hay que lograr que las disposiciones emanadas por los representantes del pueblo tengan efectivo cumplimiento, en todos sus alcances y con toda su fuerza. En este caso, exigiendo a la ACUMAR que presente sin más dilación ni argucias los informes que debe presentar al Congreso de la Nación. Así lo han considerado, también, otros miembros de esta Honorable Cámara en los expedientes 4231-D-2009, 1739-D-2011 y 0190-D-2012, así como en el Honorable Senado de la Nación en el expediente 2270-S-2008.
Por ello, pido a nuestros colegas me acompañen en este proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
ALVAREZ, ELSA MARIA SANTA CRUZ UCR
ALBARRACIN, JORGE LUIS MENDOZA UCR
BAZZE, MIGUEL ANGEL BUENOS AIRES UCR
SACCA, LUIS FERNANDO TUCUMAN UCR
STORANI, MARIA LUISA BUENOS AIRES UCR
VAQUIE, ENRIQUE ANDRES MENDOZA UCR
COSTA, EDUARDO RAUL SANTA CRUZ UCR
STOLBIZER, MARGARITA ROSA BUENOS AIRES GEN
ALFONSIN, RICARDO LUIS BUENOS AIRES UCR
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION POR TODOS
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA BULLRICH (A SUS ANTECEDENTES)