PROYECTO DE TP
Expediente 7694-D-2012
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LOS AGRAVIOS DEL PERIODISTA JORGE LANATA, QUIEN INCURRIENDO EN VIOLENCIA DE GENERO INSULTARA A LA LEGISLADORA PORTEÑA GABRIELA CERRUTI.
Fecha: 30/10/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 155
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su enérgico repudio por los
agravios proferidos por el periodista Jorge Ernesto Lanata, quien incurriendo en
violencia de género insultara a la legisladora porteña Gabriela Cerruti, durante la
emisión del programa "Lanata Sin Filtro" por Radio Mitre AM 790, de la Ciudad de
Autónoma de Buenos Aires.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Conforme lo establece el Articulo 13 de
la Convención Americana sobre Derechos Humanos, toda persona tiene derecho
a la libertad de pensamiento y de expresión. Se trata de un derecho fundamental
reconocido por nuestra Carta Magna. Nuestros constituyentes tenían una idea
muy clara sobre la importancia de la prensa en la conformación de un sistema
republicano de gobierno. La pluralidad ideológica y la posibilidad de disenso son
principios fundamentales de una sociedad democrática.
Por supuesto que la libertad de prensa
es una garantía no solamente individual, sino también de tipo institucional. De
modo que, si a través de su ejercicio se lesionan arbitrariamente derechos
individuales y sociales, los autores de esas violaciones tienen que asumir las
responsabilidades consecuentes.
En tal sentido, el ejercicio de la
ciudadanía impone responsabilidades elementales para el goce armónico de las
potestades libertarias. La divergencia de criterios, los conflictos de intereses y de
valores, lejos de desaparecer, son materia prima para el debate y la construcción
política madura en todo ámbito democrático. El encauce de la discusión constituye
la esencia y la salvaguarda de toda comunidad libre.
Los improperios que profiriera el
periodista Jorge Ernesto Lanata respecto de la legisladora porteña Gabriela
Cerruti, en su programa "Lanata Sin Filtro" emitido por AM 790 Radio Mitre, lejos
de reflejar una discusión de alto vuelo político, resultan altamente repudiables y
han despertado múltiples rechazos de amplios sectores de nuestra sociedad.
De modo alguno es admisible que, bajo
la garantía del derecho a la libre expresión, se recurra al insulto, la descalificación
y la violencia.
Escudarse tras la bandera del derecho
a la información para, por un medio masivo de difusión, deshonrar, humillar y
atentar contra la dignidad de una mujer constituye un claro ejemplo de violencia
mediática que debe ser claramente repudiado.
Las agraviantes referencias personales
dirigidas a la legisladora Gabriela Cerruti, absolutamente vergonzantes, configuran
violencia mediática de género, en los términos del art. 6 inc. "f" de la ley 26.485,
"Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra
las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones
Interpersonales".
En virtud de la representatividad que
nuestro Pueblo nos ha confiado como integrantes de esta Honorable Cámara,
inexorablemente corresponde alzar nuestras voces de repudio y enérgico rechazo
ante tan lamentables manifestaciones públicas del periodista Jorge Ernesto
Lanata.
Por todo lo expuesto, es que solicito a
mis pares que me acompañen en el presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MIRKIN, BEATRIZ GRACIELA | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
13/11/2012 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 108 primer parrafo del reglamento de la H. Cámara |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1475/2012 | ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 36/2012 | 28/11/2012 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 14/12/2012 | APROBADO |