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PROYECTO DE TP


Expediente 7694-D-2014
Sumario: COMISION BICAMERAL PARA LA PROTECCION Y ACCESO AL AGUA. CREACION EN EL AMBITO DEL H. CONGRESO DE LA NACION
Fecha: 01/10/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 136
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Art. 1º.- Créase en el ámbito del Congreso de la Nación, la Comisión Bicameral para la Protección y Acceso al Agua.
Art. 2º.- Objetivo.- La Comisión creada por la presente ley tendrá por objeto realizar un diagnostico de la situación normativa y de acceso al bien común agua, articular institucionalmente espacios de debate, participación ciudadana, generación de propuestas e informar en lo referente a su protección, degradación y acceso.
Para alcanzar los objetivos de la presente ley la Comisión deberá:
1. Diagnóstico y marco normativo.
a. Evaluar la legislación vigente en nuestro país y las propuestas de modificación existentes, acerca de la protección del bien común Agua.
b. Recabar y analizar información y legislación comparada relativa a la protección de dicho recurso.
c. Analizar y debatir sobre el "Plan Nacional para la Preservación, Aprovechamiento y Uso Racional de las Aguas" y sus actualizaciones, previsto por la Ley de Presupuestos mínimos para la preservación de las aguas, su aprovechamiento y uso racional (Ley 25.688)
d. Recabar y evaluar información acerca del acceso de la población al agua.
e. Analizar el estado de degradación y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas del país.
2. Articulación y Participación
a. Articular con los distintos órganos del Estado nacional y provincial, Organizaciones No Gubernamentales (ONG´s), y la sociedad en su conjunto, un espacio de debate y generación de propuestas acerca del bien común agua y su protección.
b. Generar un espacio de debate interdisciplinario con expertos sobre la temática.
c. Promover procesos de participación entre todos los involucrados y actores interesados.
3. Propuestas
a. Promover y proponer proyectos e iniciativas que tengan por objeto la protección y acceso al agua.
b. Instar a los órganos del Estado nacional y provincial a generar políticas públicas en la materia objeto de la comisión
c. Promover jornadas de debate y reflexión sobre el agua.
4. Participación y acceso a la Información
La Comisión deberá realizar informes mensuales sobre los documentos y avances que posea o genere. Los mismos deberán ser publicados en Internet, y en cualquier otro medio que garantice su difusión.
Art. 3º Todos los datos y documentación obtenidos mediante el funcionamiento de la Comisión creada por la presente ley es información pública ambiental en los términos de la ley 25.831.
Art. 4º.- La Comisión estará integrada por siete (7) senadores y siete (7) diputados designados por los presidentes de ambas cámaras observando las proporciones en que estén representados en ella los distintos bloques políticos.
Art. 5º.- A fin de dar cumplimiento al objeto de la presente ley, la comisión podrá:
A) Solicitar informes escritos u orales a los demás poderes del Estado, a cualquier miembro de la administración pública, y a toda persona de existencia física y/ o jurídica, que puedan contribuir a la labor asignada.
B) Solicitar la colaboración y asesoramiento de personas, instituciones y organismos especialistas en la materia.
C) Adoptar toda otra medida que pueda contribuir a la consecución de los fines enumerados en el art. 2 de la presente
Art. 6º.- Una vez conformada la Comisión, los bloques que no integren la misma, podrán designar a un asistente por bloque, quienes participarán de la Comisión en calidad de observadores informantes.
Art. 7º.- Una vez constituida la Comisión Bicameral, en su primera reunión deberá designar un/a Presidente y un/a Vicepresidente.
Art. 8º.- La comisión confeccionará su propio reglamento de funcionamiento para cumplir los objetivos fijados en la presente ley.
Art. 9º.- La Comisión elevará, como mínimo, un informe semestral a cada una de las Cámaras legislativas detallando las actividades desarrolladas en el marco de su funcionamiento.
Art. 10º.- La Comisión contará con el personal administrativo y técnico que fuera necesario para el efectivo ejercicio de su objeto, preferentemente reasignando tareas a agentes actualmente en servicio.
Art. 11º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente ley serán tomados del presupuesto correspondiente al Congreso de la Nación.
Art. 12º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Por medio del presente proyecto de ley que es tributario de los expedientes 1816-D-2009 y 1277-D-2011 de la ex diputada Fernanda Reyes se persigue la creación de la Comisión Bicameral para la Protección y Acceso al Agua, que tiene como principal objetivo instalar en la agenda parlamentaria un debate ineludible de cara al futuro de nuestro país y articular institucionalmente espacios de debate, participación ciudadana y de generación de propuestas en lo referente a su protección y acceso.
Está claro que el recurso agua es un bien común escaso y, por lo tanto, su defensa y protección es la defensa y protección de la vida humana.
Actualmente el "problema agua" radica no solo en la escasez de agua potable y la contaminación del bien como tal, sino también en la mercantilización y privatización del recurso por parte de los gobiernos nacionales. Así, en nuestro país podemos observar empresas que ofrecen en el mercado "agua dulce a granel" (1) , o el caso de los buques transnacionales que exportan toneladas de agua sin control alguno.
Esta preocupación, se ve reflejada en todos los países del mundo que ven en el agua, el bien común a proteger. Así, en la Cumbre Mundial contra el Hambre, desarrollada en Roma en el 2001, se destacó la gravísima escasez de agua potable que padecen 1.500 millones de personas y que podría afectar al doble de esa cantidad en el 2025, y Naciones Unidas advierte que si actualmente el 18% de la población mundial (1.100 millones de personas) no tienen acceso al agua potable, dentro de 20 años más (el 2025) los países con problemas relacionados con ese recurso concentrarán las 2/3 partes de los habitantes del planeta. Asimismo en la II Cumbre sobre Desarrollo Sustentable de Johannesburgo, se trató la escasez de agua potable y sus consecuencias, y se señalaron números que alarman: un quinto de la población mundial (2.400 millones de personas) no tiene acceso al agua potable.
A nivel mundial, la situación es de una gravedad tal que la escasez de agua potable es crítica en España, sur de Italia, Grecia y los Balcanes, parte de
Holanda, Alemania, Países Bajos e Inglaterra; el mar de Aral ha visto reducido en un 60% su volumen de agua desde 1960. El lago Chad, compartido por Nigeria, Camerún, Níger y Chad ha pasado de una extensión de 26.000 km.2 en 1963 a 3.000 km.2 en el 2001; en África, a pesar de poseer dos enormes acuíferos, el de Nubia (Sudán) con un volumen de 75.000 kilómetros cúbicos y el del Norte del Sahara con 60.000 kilómetros cúbicos, la gravísima en el situación es norte, parte de Somalía, Eritrea, Etiopía y en el sur del continente; y EE UU tiene el 40% de sus ríos y lagos contaminados.
Un somero análisis de la situación descripta nos alerta sobre la necesidad de avocarnos a la tarea de proteger este bien común, máxime cuando nuestro continente encierra el 47% de las reservas de agua potable de superficie y subterránea del mundo, y el 7,8% del territorio de nuestro país (225 mil km2) es parte de uno de los reservorios de agua subterránea más grandes del mundo con alrededor de 1.190.000 km2: el acuífero guaraní.
En un marco en donde el mundo ya habla de la "guerra del agua" o la "guerra del oro azul", en nuestro país, por ejemplo, Minera Alumbrera consume por segundo más agua de la que una persona consume por día.
Y es aquí en donde debemos preguntarnos, lisa y llanamente: ¿Tiene precio la vida humana?
La recurrida frase "sin agua no podemos vivir", resume sin tapujos una verdad que incluso en términos mercantilistas es aseverada: el mundo le asigna al "oro azul" la responsabilidad de una futura guerra.
En un mundo en donde se estima que hay unos 12.000 km³ de agua contaminada y en donde los más afectados son los sectores más pobres (el 50% de la población de los países en desarrollo está expuesta al peligro que representan las fuentes de agua contaminadas), nuestro país no puede ni debe, permitir la mercantilización del bien común agua.
El bien común agua es uno de los temas que más sensibilizan a la población, y es por esta razón que ante la carencia de conciencia de la ciudadanía (sobre todo en las grandes urbes) en relación a los terribles efectos negativos del uso indiscriminado y a la contaminación, es que consideramos que se trata de un tema central que no puede escapar de modo alguno de la agenda parlamentaria de cara al Bicentenario de la Nación Argentina.
De esta manera, consideramos que la creación de la Comisión Bicameral para la Protección y Acceso al Agua es una herramienta de gran utilidad para quienes componemos este Honorable Congreso de la Nación, para debatir, investigar, proponer y generar actividades, en torno a una de las grandes problemáticas del presente, y de cara al futuro.
Es por la razones expuestas que considero de vital importancia que los/as diputados/as me acompañen en el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS
PRESUPUESTO Y HACIENDA