PROYECTO DE TP
Expediente 7662-D-2010
Sumario: EXIGIR LA INMEDIATA DESIGNACION DEL CONSEJO ASESOR DEL INCAA, CREADO POR LA LEY 17741 Y DE LOS RESPECTIVOS COMITES DE SELECCION DE PROYECTOS ANTE EL RIESGO DE PARALIZACION QUE PODRIA SUFRIR GRAN PARTE DEL CINE ARGENTINO.
Fecha: 19/10/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 157
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Exigir la inmediata
designación del Consejo Asesor del INCAA, creado por la Ley 17.741, y
de los respectivos comités de selección de proyectos, ante el riesgo de
paralización que podría sufrir gran parte del cine argentino.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley 17.741, del 14 de
mayo de 1968, más conocida como la "Ley de fomento de la actividad
cinematográfica nacional", creó el Instituto Nacional de Cinematografía,
como un ente autárquico dependiente de la Secretaría de Difusión y
Turismo de la Presidencia de la Nación. Su función concreta era el
fomento y la "regulación de la actividad cinematográfica en todo el
territorio de la República, y en el exterior, en cuanto se refiere a la
cinematografía nacional, de acuerdo a las disposiciones de la presente
ley". Asimismo, se le otorgaba la conducción del organismo a un
Director Nacional de Cinematografía y un Subdirector.
Posteriormente, el 28 de
septiembre de 1994, el Congreso de la Nación logró sancionar la Ley
24.377, modificatoria de la Ley 17.741, otorgándole al INCAA el carácter
de ente autárquico dentro de la Secretaría de Cultura del Ministerio de
Educación de la Nación. A su vez, modificó la estructura de gobierno del
Instituto, creando la Asamblea Federal integrada por "los señores
secretarios o subsecretarios de Cultura de los poderes ejecutivos
provinciales y los de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires" y el
Consejo Asesor, "integrado por 11 miembros designados por el Poder
Ejecutivo: de los cuales cinco (5) serán propuestos por la Asamblea
Federal, nombrando personalidades relevantes de la cultura, uno (1) por
cada región cultural, y los restantes seis (6) serán propuestos por las
entidades que, con personería jurídica o gremial, representen a los
sectores del quehacer cinematográfico enumerados a continuación, las
que propondrán personalidades relevantes de su respectivo sector de la
industria. Si existiese en un mismo sector más de una entidad con
personería jurídica o gremial, dicha propuesta será resuelta en forma
conjunta, quedando vacante el lugar respectivo hasta tanto no se
produzca el acuerdo entre ellas, las entidades propondrán: dos (2)
directores cinematográficos; dos (2) productores, uno de los cuales
deberá ser productor de series, miniseries, telefilmes o películas
destinadas a la exhibición televisiva o por medio de videocassettes; un
(1) técnico de la industria cinematográfica y un (1) actor con
antecedentes cinematográficos."
Como consecuencia de
esta reforma, los deberes y funciones del Director del INCAA pasaron a
ser, entre otras: a) Inspeccionar y verificar por intermedio de sus
funcionarios debidamente acreditados, el cumplimiento de las leyes,
reglamentaciones y resoluciones que rigen la actividad cinematográfica y la
exhibición de películas. Para el desempeño de esa función podrá inspeccionar
los libros y documentos de los responsables, levantar actas de comprobación
de las infracciones, efectuar intimaciones, promover investigaciones, solicitar el
envío de toda la documentación que se considere necesaria, ejercer acciones
judiciales, solicitar órdenes de allanamiento y requerir el auxilio de la fuerza
pública; b) Designar jurados, comisiones o delegaciones, que demande la
ejecución de la presente ley; c) Proyectar y someter a resolución de la
Asamblea Federal, los estudios económicos y técnicos que sirvan de base al
plan de acción anual; d) Proponer a la Asamblea Federal las reglamentaciones
necesarias para la aplicación de la presente ley.
La Asamblea Federal se
creó con las siguientes funciones y atribuciones, entre otras: a) Formular
las medidas de fomento tendientes a desarrollar la cinematografía argentina en
sus aspectos culturales, artísticos, técnicos, industriales y comerciales; b)
Recepcionar anualmente la rendición de cuentas del Consejo Asesor y del
Director del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales; c) Elevar a la
Auditoría General de la Nación los estados, balances y documentación que
establece la Ley de Administración Financiera y Control de Gestión del Sector
Público; d) Designar anualmente a cinco (5) miembros para integrar el Consejo
Asesor.
Por último, el Consejo
Asesor se creó con el fin de aprobar o rechazar los actos realizados por
el director, ejercidos de acuerdo a las atribuciones conferidas en el
artículo 3º, en los incisos a), g), k), l), y n), y designar comités de
selección para la calificación de los proyectos que aspiran a
obtener los beneficios de esta ley; los que se integrarán con
personalidades de la cultura, la cinematografía y artes
audiovisuales.
Una vez rediseñado el
sistema de gobierno del INCAA, a través del Decreto N° 552 de fecha 19
de abril de 1995 se procedió a designar los titulares del CONSEJO
ASESOR del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
Se designó a propuesta de la ASAMBLEA FEDERAL del organismo
mencionado, al señor León Ernesto REPETUR (L.E. N° 8.159.111) por la
ZONA CUYO, al señor José Mario CARRER (L.E. Nº 7.067.139) por la
ZONA NOROESTE, a la señora Norma Haydeé DURANGO (DNI. Nº
10.286.681) por la ZONA PATAGONIA, al señor Raúl Alberto BERTONE
(DNI. Nº 10.189.493) por la ZONA NORESTE, al señor Luis Rodolfo
VERDI (DNI. Nº 8.502.001) por la ZONA CENTRO; y a propuesta de las
entidades representativas del quehacer cinematográfico, al señor Oscar
BARNEY FINN (DNI. Nº 5.175.706) por la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE
DIRECTORES DE CINE, al señor Juan Bautista STAGNARO (L.E. Nº
4.513.034) por DIRECTORES ARGENTINOS CINEMATOGRÁFICOS, al
señor Carlos Roberto MILLER (L.E. Nº 8.489.208) por el SINDICATO DE
LA INDUSTRIA CINEMATOGRÁFICA ARGENTINA y al señor Juan BORRAS
(DNI. Nº 1.912.632) por la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE
ACTORES.
Es muy
importante destacar que en dicho momento, no se había logrado
acuerdo en las entidades de "producción", por lo que se procedió a dejar
vacante su representación. Así lo establecían los "considerando" del
Decreto: "Que atento no haberse resuelto en forma consensuada la
propuesta de las entidades de la producción, y a efectos de no dilatar el
nombramiento de los restantes integrantes del mencionado Consejo,
corresponde propiciar la presente medida, y dejar vacante el lugar
respectivo hasta tanto se produzca el necesario acuerdo entre ellas, de
conformidad a lo establecido en el anteúltimo párrafo de la norma
aludida."
Al año siguiente, el 30 de
Abril de 1996, se llegó a un consenso dentro de las entidades de la
producción cinematográfica, y en consecuencia, se dicta el Decreto
466/1996 por el cual se designó a propuesta de dichas entidades al
señor Osvaldo Jorge PAPALEO (D.N.I. Nº 5.190.018) y al Doctor Juan
Carlos GARATE (L.E. N° 255.800).
Cumplidos una vez los
mandatos, el Ejecutivo Nacional procedió a renovar los miembros del
Consejo Asesor del INCAA, para lo cual se firma, el 13 de enero de
1997, el Decreto 10/1997.
En 1998, a la hora de
renovar el Consejo Asesor, no se logró, por segunda vez en la historia
del Consejo Asesor, el consenso entre las entidades vinculadas a la
producción cinematográfica. Por ello, a través del Decreto 629/1998 se
procede a designar a los restantes miembros del órgano de co-gobierno
y dejar vacante los lugares de dicho sector.
Desde entonces no hay
registros de nuevas designaciones para renovar la integración del
Consejo Asesor del Instituto Nacional de Cines y Artes Audiovisuales.
Entonces, cabe preguntarnos si hubo intentos de constituir el Consejo
Asesor. Claro que sí, ante la presión de varios productores y
organizaciones, el ex presidente del INCAA, Jorge Álvarez, firmó la
Resolución 1058/2006, convocando a las entidades del quehacer
cinematográfico para la conformación del Consejo Asesor, en los
términos del artículo 2º de la "Ley Nº 17.741. En los considerandos de
la resolución se afirma que "la Asamblea Federal concretó la propuesta
de los cinco miembros de cada región cultural para que conformen el
Consejo Asesor y aprobó el mecanismo adoptado a tal fin" y que "la
integración del Consejo Asesor no puede verse demorada por la falta de
acuerdo entre los representantes de determinado sector del quehacer
cinematográfico". En este sentido, se intima a los distintos rubros de la
industria del cine a que elijan sus representantes al Consejo Asesor en
un plazo de 30 días corridos, "bajo apercibimiento de enviar la
propuesta de designación del resto de los miembros al Poder Ejecutivo
Nacional, dejándose vacante los cargos aludidos." ¿Qué pasó vencido el
plazo? Se enviaron casi todos los representantes por consenso, salvo
cuatro que no lograron la unanimidad de sus sectores. ¿Se conformó el
Consejo Asesor dejando vacante los lugares que no se lograron acordar
como en otras oportunidades? No! Pasó un año, y ya con Liliana Mazure
al frente del INCAA se envía el 14 de septiembre de 2009 una nota a
todas las ramas de la industria confirmándoles que el Expediente Nº
2283/2006 (expediente de designación de los integrantes del Consejo
Asesor) se ha remitido a la Subsecretaría Técnica de la Secretaría Legal
y Técnica de la Presidencia de la Nación. ¿Se firmó entonces el decreto
para poner en marcha el Consejo Asesor? No, tampoco. Desde
septiembre de 2009, el expediente sigue estancado en la Secretaría
Legal y Técnica.
Ante este eterno retraso,
como ciudadano he presentado una nota de Acceso a la Información
Pública (Decreto 1172-2003) ante el INCAA solicitándole me envíe el
listado de integrantes del Consejo Asesor. Dicha nota lleva el número
112140 y fue presentada el 22-9-2010. El 8 de octubre pasado he
recibido una respuesta firmada por la presidenta del instituto, la que
explica la no-formación del Consejo Asesor y expresa lo siguiente: "La
gestión que presido ha trabajado intensamente en conformación
definitiva del Consejo Asesor, lo cual ha sido sumamente complejo, ya
que la Ley Nº 17.741 establece el consenso y la unanimidad en el sector
de Directores y Productores, donde existen numerosas entidades, que
luego de intensas negociaciones, no han logrado el acuerdo exigido por
Ley". Esta respuesta es, por cierto, inconsistente y preocupante. ¿El
Consejo no se designó por que se necesita unanimidad en el sector
productores y directores? ¿No era que en 2006 se había intimado a
entregar los representantes y si no quedaban vacantes para que el
Consejo pudiera funcionar? ¿El expediente Nº 2283/2006 no está ya
hace un año en Legal y Técnica para su firma? ¿Por qué tanto retardo
para cumplir con la ley y garantizar la representación de toda la
industria del cine en el gobierno del INCAA?
Quizás debamos buscar la
respuesta en la naturaleza del funcionamiento que el INCAA ha tenido
desde 2002. Desde entonces, hasta la fecha con el transcurso de tres
gestiones (Coscia - Alvarez - Mazure), ha habido un funcionamiento
bastante irregular del organismo. Porque al no funcionar el Consejo
Asesor, no hubo designaciones de los integrantes de los comités de
selección para la calificación de los proyectos que aspiraban y aspiran
obtener los beneficios de la ley de cine. Es decir, sin Consejo Asesor, no
hay CINE: no se pueden otorgar subsidios y créditos para producir el
cine argentino. Ahora bien, todos sabemos que se han seguido
otorgando estos beneficios. Y por ello se ha producido un manejo
irregular de los fondos, otorgándose por fuera de lo estipulado en la ley.
Se han distribuido fondos por el inciso 3-J, se han nombrados comités
de evaluación a dedo, por resolución de la presidencia del instituto, algo
no solo ilegal sino alarmante cuando uno comprueba el destino de los
fondos y el manejo presupuestario del área.
En varias oportunidades
los dos principales organismos públicos de control, la Sindicatura
General de la Nación (SIGEN) y la Auditoría General de la Nación (AGN),
hicieron llegar al INCAA duras observaciones sobre el desmanejo
presupuestario. La SIGEN hasta llegó a advertir que "la calidad de los
controles existentes evidencia altas probabilidades de ocurrencia de
desvíos, errores o irregularidades". Hay más. Gracias a las
observaciones de los organismos de control, hoy la justicia está
investigando para establecer si Jorge Coscia, hoy Secretario de Cultura
de la Nación, pero titular del Instituto Nacional de Cine y Artes
Audiovisuales (INCAA) durante la presidencia de Duhalde, sacó provecho
personal del manejo de la millonaria caja del INCAA a través del inciso
3-J, ya que se observó un injustificado aumento patrimonial en sus
declaraciones juradas. Esa norma permite la entrega de subsidios
directos de parte de las autoridades del INCAA a los cineastas, y los
peritos analizan unos 300 expedientes sobre ayudas monetarias, por
valores que en cada caso van desde los 500 mil pesos a 3 millones de
pesos, indicaron las fuentes.
El juez federal Norberto
Oyarbide, con intervención del secretario Guillermo Russo, ahonda la
investigación luego de que se lo ordenara la Sala I de la Cámara Federal
en la causa número 4500/07, la cual intenta determinar si Coscia se
enriqueció ilícitamente o no durante su paso por el INCAA. Oyarbide
había sobreseído a Coscia, pero el fiscal Eduardo Taiano se opuso
alegando que estaban pendientes medidas de prueba y apeló a la
Cámara Federal, donde los jueces Eduardo Freiler y Jorge Ballestero, en
marzo pasado, dieron la razón al acusador y revocaron el
sobreseimiento por prematuro, a la vez que ordenaron al juez que
profundice la pesquisa.
Esta realidad que se vivió
en el Instituto encargado del fomento del cine en nuestro país no se ha
modificado. Veamos, ahora, como se ha desempeñado la actual
presidenta del INCAA. Liliana Mazure fue fundadora de la cooperativa
Kaos Limitada (constituida el 7 de Julio de 1994), cooperativa que en la
actualidad dirige Marcelo Schapces y de la cual Oscar Azar es
apoderado. Mazure ha designado, por resolución, a varios de los
miembros de Kaos en cargos dentro del Instituto. En 2009, designó a
Schapces como productor de INCAA TV ((Resol. 2589/2009), y por Res.
1301/10 designó a Azar como miembro del Comité de Evaluación A. Lo
llamativo aquí es lo que estos funcionarios han hecho desde sus cargos.
En 2009, el INCAA le otorgó a la Cooperativa KAOS un crédito de $
950.000.- (novecientos cincuenta mil pesos) por el Proyecto Nº
92/07/INCAA. Se le otorgó el crédito a pesar de que la cooperativa
sostenía la deuda con el Estado del crédito Industrial, además de deuda
en mora de créditos por otras películas.
Otro ejemplo es el de la
película O CORPO DO RIO, un documental, coproducción entre Argentina
(40%), Brasil (30%) y Francia (30%). El coproductor argentino es la
Cooperativa KAOS, que prestó los servicios de un LABORATORIO
inexistente "LACSA". Los integrantes del Comité de Películas Terminadas
comprobaron que el aporte argentino en los rubros técnico y artístico no
se veía reflejado y el costo argentino presentado ($ 1.265.000,00) por
el 40% no estaba justificado en ningún rubro. Al detectar estas
irregularidades aplicaron las facultades que les otorga la normativa
vigente, no dictaminar y redactar un informe dirigido a Jurídicos y
Presidencia para que se expidan sobre la nacionalidad de la película (la
opinión que es un film brasilero fue casi unánime) y sobre el costo
injustificable presentado.
Por último, veamos el caso
del Expediente 6042/04 - Cod. INCAA: 201-343, en el cual la Coop.
Kaos realiza un aporte de $ 60.000 para la producción. Paralelamente,
Luis Barone, presidente en ese momento de la Cooperativa Kaos Ltda y
funcionario público integrante del Comité de Preclasificación del INCAA,
declara de Interés el Proyecto lo que posibilitó mediante Resolución
2227/05/INCAA que le otorguen subsidios de hasta $500.000, una vez
estrenada la película.
Estas irregularidades y
tantas otras están pendientes en la justicia. Finalmente, ante la presión
de la industria, el pasado 23 de septiembre pasado, Liliana Mazure,
decidió desactivar los comités de evaluación de proyectos (a través de la
Resolución Nº 2057/2010), los cuales habían sido creados por
Resolución 1880/2008 por la presidencia del INCAA y no por el Consejo
Asesor, como lo establece la Ley.
Por último, hay que
destacar que hoy el cine argentino se encuentra en una grave crisis. No
funcionan los Comités, no se nombra el Consejo Asesor (con
representación de toda la industria y con la atribución de nombrar los
Comités de evaluación s/ Ley 17.741), se han frenado y suspendido
todos los pagos y se congelaron los fondos para créditos y subsidios
para gran parte del cine argentino.
En razón a lo expresado,
solicito al resto de los legisladores acompañen el presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PIEMONTE, HECTOR HORACIO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
CULTURA (Primera Competencia) |