PROYECTO DE TP
Expediente 7650-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP / PAMI).
Fecha: 26/11/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 180
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional,
informe sobre los siguientes aspectos:
1.- Informe cuál es la remuneración
percibida por el Director Ejecutivo, Subdirector Ejecutivo, Coordinador General y
Gerentes del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
(INSSJP-PAMI).-
2.- Informe y detalle los rubros que
componen la remuneración de los funcionarios mencionados en el punto 1. Indique
si perciben adicionales por cualquier concepto. En caso afirmativo, sírvase detallar
los mismos y su valor.
3.- Informe si los funcionarios
detallados en el punto 1, perciben Unidades Retributivas. En caso afirmativo,
indique cantidad y su valor.
4.- Acompañe las resoluciones,
disposiciones o cualquier tipo de acto que fije o establezca la remuneración de los
funcionarios.
5.- Acompañe antecedentes
administrativos y copia del contrato de locación celebrado por el INSSJP
correspondiente al inmueble de la Avenida Corrientes N° 635/645/655/665.
7.- Informe si el Instituto realizó
búsqueda alternativas de inmuebles y si formuló consultas a la Agencia de
Administración de Bienes del Estado.
8.- Informe si existen relevamientos
de inmuebles y/o informes realizados por la Gerencia de Administración del
Instituto. En caso afirmativo, sírvase acompañar.
9.- Informe los viajes al exterior
realizados en representación del Instituto o por actividades oficiales y/o de
formación profesional o académica por los funcionarios indicados en el punto 1,
durante el período comprendido entre enero del 2010 y noviembre de 2013.
10.- Informe que cantidad de
proyectos para la construcción de Hospitales del Bicentenario ha aprobado el
Instituto.
11.- Indique plazo de adjudicación,
comienzo de ejecución y grado de avance de las obras.
12.- Informe y detalle las solicitudes
de Redeterminación de Precios de los contratos formuladas por los contratistas.
Indique cuántas han sido aprobadas y los montos.
13. - Informe si el INSSJP contrató a
la consultora CAP comunicaciones. En caso afirmativo, dé a conocer con qué
finalidad, bajo qué modalidad contractual y los montos abonados.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Según las estadísticas publicadas a
través del Boletín Estadístico de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo de la
Nación correspondientes al segundo trimestre del año 12, el 72,5 % de los
jubilados cobran el haber mínimo.
Esta situación coloca a más de tres
millones de personas beneficiarias del Sistema Integrado Previsional Argentino
(SIPA) en una situación económica y financiera compleja y preocupante.
A todo ello, debe sumarse que las
instituciones que brindan servicios de salud para el Instituto Nacional de Servicios
Sociales para Jubilados y Pensionados vienen haciendo púbicos sus reclamos en
virtud de los serios retrasos en los pagos en los que incurre el PAMI.
Estas manifestaciones, conjuntamente
con denuncias por cierre de servicios en el Hospital Cesar Milstein, efector propio
del INSSJP, ponen en evidencia un deterioro en las condiciones y calidad del
servicio que debe brindar el Instituto.
La realidad, parece demostrar que
el PAMI sufre una severa merma en sus fondos, y ello afecta las prestaciones y
servicios. Esto, podría deberse a que, además de los servicios de salud destinados
a los jubilados y pensionados, el INSSJP se ha transformado junto al ANSES en un
prestamista de último recurso del Estado Nacional. Ya resulta habitual encontrar
publicado en el Boletín Oficial compras de Títulos Públicos por parte del
PAMI.
En su redacción original, el artículo
11° de la ley de creación del Instituto - 19.032, establecía que "Los fondos
excedentes, se invertirán de acuerdo con criterios de rentabilidad y seguridad
adecuados, en depósitos a plazo fijo -los que deberán constituirse en el BANCO
DE LA NACION ARGENTINA- y otros activos financieros que aseguren la
disponibilidad de los fondos en las fechas para las cuales el Instituto prevea su uso
para los objetos previstos en los artículos 2º y 3º de la presente, en función de las
proyecciones que hubiera realizado.". Convenientemente para el Estado Nacional e
inconveniente para los beneficiarios, esto ha sido modificado a través de la Ley de
Presupuesto permitiendo al Instituto adquirir deuda pública.
La realidad es la siguiente: el PAMI
pasó de poder colocar sus fondos excedentes únicamente en depósitos a "plazo
fijo" a transformarse en una fondo de inversión de títulos de la deuda pública
argentina.
En este marco preocupante, hemos
tomado conocimiento sobre las remuneraciones que recibirían los funcionarios que
desempeñan funciones directivas o gerenciales en el INSSJP. Las mismas, no
resultan menores a los $ 30.000, llegando a superar, en algunos casos los $
60.000.
Esto datos, de confirmarse, resultan
chocantes y obscenos. Mientras que las mayorías de los jubilados de la Argentina
deben conformarse con la jubilación mínima, los gerentes y directores del PAMI
cobran salarios superiores, inclusive, a los directivos de empresas multinacionales y
a los ministros y Presidenta de la Nación. Es una falta de respeto.
En virtud de lo expuesto, y con el
objeto de evitar que se siga acentuando la degradación en la calidad y cantidad de
las prestaciones que brinda el INSSJP-PAMI, resulta necesario requerir informes al
Poder Ejecutivo Nacional y a las autoridades del Instituto a fin de que brinden las
explicaciones correspondientes a fin de evitar se siga acentuando la degradación
en la calidad y cantidad de las prestaciones que brinda el INSSJP-PAMI. En otras
palabras que el PAMI deje de comprar deuda pública e invierta el dinero de los
jubilados donde corresponde: prestaciones de salud.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |