PROYECTO DE TP
Expediente 7649-D-2014
Sumario: "SEMANA NACIONAL DE LA LITERATURA". SE DECLARA COMO TAL A LA SEMANA QUE INCLUYA LOS DIAS 24 AL 26 DE AGOSTO DE CADA AÑO.
Fecha: 29/09/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 134
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°.- Declárase
Semana Nacional de la Literatura, al septenario que incluya los días 24 al
26 de agosto de cada año, en conmemoración de los nacimientos de Jorge
Luis Borges (24 de agosto de 1899) y Julio Cortázar (26 de agosto de
1914).
Artículo 2°.- En el marco de
esa Semana se efectuará la "Campaña Nacional para la Difusión de la
Literatura", convocándose a las escuelas, bibliotecas populares,
asociaciones culturales, medios de comunicación y personalidades
destacadas a promover la lectura de literatura universal, latinoamericana y
nacional.
Artículo 3°.- Invítase a las
Provincias a adherir al presente proyecto a través de la realización de
actividades conmemorativas y a la activa participación en el marco de la
"Campaña Nacional para la Difusión de la Literatura".
Artículo 4°.- Serán
autoridades de aplicación de la presente ley el Ministerio de Cultura de la
Nación, el Ministerio de Educación de la Nación y sus similares en cada
jurisdicción, quienes estarán a cargo de la organización de actividades en
las escuelas, convocando a padres y a toda la comunidad educativa con el
objeto de fomentar la participación en la "Campaña Nacional para la
Difusión de la Literatura".
Artículo 5°.- En el marco de
la mencionada Campaña, los presidentes de ambas Cámaras del Congreso
de la Nación, invitarán a personalidades de la cultura a sus recintos de
sesiones para efectuar lecturas públicas.
Artículo 6°.- La autoridad
de aplicación invitará a los propietarios y/o gerenciadores o directores de
teatros y sitios de espectáculos en general a que incluyan en su
programación las actividades descriptas en el artículo 2º de la presente
ley.
Artículo 7°.- La autoridad
de aplicación deberá adoptar las medidas necesarias tendientes a la
difusión y promoción de la campaña señalada en el artículo 2º en los
medios gráficos, radiales y televisivos.
Artículo 8°.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de Ley,
que es tributario del expediente 3285-D-2006 de los ex diputados
nacionales Eduardo Macaluse, Susana García, Emilio García Méndez,
María F. Ríos, Elsa Quiroz y Marcela Rodríguez tiene por objeto estimular y
promover y difundir la literatura y el hábito de la lectura, seriamente
amenazado por la generalización de la cultura de la imagen visual.
En su visita a nuestro país
durante el año 2004, José Saramago, Premio Nobel de Literatura,
manifestó: "Sobre las páginas de un libro se puede llorar, no así sobre la
pantalla de una computadora" e instó al público "a leer libros y a reír y a
llorar con ellos". El autor defendió la palabra "no sólo como mero
instrumento de comunicación sino también como un instrumento para
sentir y crecer... Los hombres pensamos con palabras y mejor pensamos
cuanto mayor es la cantidad de palabras que manejamos"
Aseguró
también haber sido criado en un mundo en el que no había radio, ni
televisión, ni Internet, ni Play Station y "gracias a Dios que no había nada,
porque eso me obligaba a inventarme las historias y los juguetes".
La palabra como generadora de
pensamiento, la lectura como fuente de creación, dos conceptos
vertebradores del concepto que ponemos a consideración hoy a través de
esta "Campaña Nacional para la estimulación de la lectura". Y nada más
apropiado para ello que ubicar esa semana en las fechas de natalicios de
Jorge Luis Borges y Julio Cortázar, sin duda los escritores argentinos que
alcanzaron mayor proyección universal en el siglo pasado.
Pero nuestra elección no
estriba solamente en el reconocimiento de sus méritos literarios por la
comunidad especializada sino porque supieron reflejar nuestra
idiosincrasia, el alma humana y sus múltiples facetas, y
fundamentalmente, usaron la fantasía y la imaginación para acercarnos a
los grandes interrogantes filosóficos que el hombre se plantea desde el
principio de los siglos.
El éxito de esta campaña estará
signado por el grado de compromiso de los distintos actores. Los
ministerios de Cultura y de Educación nacionales y provinciales, las
Cámaras Legislativas, las Escuelas, Bibliotecas, asociaciones culturales,
lugares de espectáculos públicos, medios de comunicación y difusión
deberán erigirse en impulsores efectivos de la Campaña Nacional para la
Difusión de la Literatura para que esta iniciativa tome vida, promueva el
hábito de leer y dé sus frutos.
Un pueblo lector es un pueblo
rico en el plano espiritual y estamos convencidos que la riqueza intangible
es fuente de la prosperidad material. La mejor manera de acrecentar las
reservas monetarias del país será estimular y aumentar las reservas
morales.
Por todo lo expuesto,
solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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