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PROYECTO DE TP


Expediente 7605-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA CONTRATACION DE PABLO D´ELIA, BELEN D´ELIA, FACUNDO D´ELIA, ANAHI D´ELIA Y LUIS IGNACIO D´ELIA COMO EMPLEADOS DE LA "ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES)".
Fecha: 26/10/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 153
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional y por su intermedio al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 100, inciso 11, de la Constitución Nacional y los artículos 117 y 204 del Reglamento de esta Cámara, a fin de que informe sobre diversas cuestiones referidas a la contratación de Pablo D'Elía, Facundo D'Elía, Belén D'Elía, Anahí D'Elía y Luis Ignacio D'Elía, como empleados de la Anses.
Concretamente, se le pide que informe:
1. Cuál es el salario mensual que perciben y cuáles son los cargos o funciones que les corresponden en su desempeño como empleados de la Anses.
2. El mecanismo mediante el cual fueron designados. En caso que lo hayan sido por concurso público, informe los antecedentes de los demás candidatos a ocupar los cargos en cuestión.
3. Si se tuvo en consideración para designarlos el nivel de especialización, experiencia o antigüedad en el organismo.
4. Si se tuvo en cuenta el nivel de idoneidad, formación académica o rendimiento laboral.
5. Bajo qué conceptos se contemplaron los adicionales en relación a los premios y sueldos complementarios correspondientes a julio.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Mediante el presente pedido de informes, queremos tomar conocimiento de diversas cuestiones relacionadas con las funciones realizadas y el salario mensual percibido por los cinco hijos de Luis D'Elía, durante su desempeño como empleados de la Anses.
Según medios periodísticos, por una gestión de un ex jefe de Gabinete, la Cooperativa de Vivienda, Consumo y Servicios Sociales, Unidad, Solidaridad y Organización LTDA (USO), perteneciente a D'Elía, cedió un local partidario en La Matanza, a cambio que el organismo le dieran empleo a tres de sus hijos. Por su parte, el dirigente piquetero declaró en medio televisivos: "Mis hijos fundaron esa sucursal".
Dicha cooperativa está registrada en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, y trabaja, más precisamente, en la localidad de Isidro Casanova.
De acuerdo con la base de datos de la Anses en total, los cinco hijos de D'Elía cobran, al mes, más de 50 mil pesos con una media de 22 años. En julio, con complementos y premios, los cinco juntos percibieron casi 100.000 pesos.
Cabe aclarar, que el dirigente afín al gobierno mostró públicamente recibos de sueldo, pero no detalló a qué mes o año correspondían y nunca exhibió los resúmenes con los extras de mitad de año.
El régimen de empleo público tiene entre sus características, la carrera administrativa, que implica el ascenso por mérito y antigüedad. Es por ello, que no se explica a prima facie, en el caso de Pablo D'Elía, que una persona de tan sólo 28 años haya sido designada para ocupar el cargo de gerente en una Unidad de Atención Integral. En términos del artículo 16 de la Constitución Nacional, constituye una desigualdad no guiarse bajo otro criterio que no sea el de la idoneidad: "La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas."
Creemos que es fundamental revalorizar el empleo público. Para ello, es necesario no sólo garantizar óptimas condiciones de trabajo, sino también respetar una clara estructura jerárquica que tenga en cuenta la formación académica, la experiencia laboral y la antigüedad en el organismo. Del mismo modo, los sueldos tienen que reflejar la importancia de la función a desempeñar por el empleado.
Un organismo como la Anses, que vela por la seguridad social y administra el sistema previsional de nuestro país, tiene que ser un ejemplo de esto, manteniéndose la designación de sus empleados ajena a toda influencia política.
No regirse bajo el citado artículo de la Constitución Nacional, constituye una injusticia para los demás concursantes a ocupar un cargo público. Además, les quita credibilidad y mérito a los empleados que sí fueron designados mediante un criterio que contemple la formación académica o la antigüedad.
En pocas palabras, le quita credibilidad al régimen de empleo público en su conjunto.
Por las razones expuestas, solicito al Poder Ejecutivo que informe sobre los puntos señalados.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TONELLI, PABLO GABRIEL CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia)