PROYECTO DE TP
Expediente 7589-D-2013
Sumario: ESTABLECIMIENTO DE UN ORDENAMIENTO EN LA SEÑALIZACION DE SENDERISMO EN EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA: REGIMEN.
Fecha: 21/11/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 178
El Senado y Cámara de Diputados...
	        ARTÍCULO 1°- Objeto - El objeto de la presente Ley es el 
establecimiento de un ordenamiento en la señalización de 
senderismo en el territorio de la Republica Argentina en 
concordancia con las señalizaciones internacionales, mediante la 
aplicación y su  difusión en la actividad deportiva de recorrido por 
senderos a nivel montaña, llanura, selvas, urbanos  y las lecturas de 
los riesgos de cada uno de ellos.
	        
	        
	        ART. 
2°- Objetivos- Son objetivos de la presente Ley:
	        
	        
	        a)	Establecer un 
ordenamiento de señales en la actividad de senderismo que se 
practica a nivel nacional para brindar información de los recorridos, 
los lugares de asistencia, refugios, cuidados  del medio ambiente y 
cuidados de los senderos, legible para la gran mayoría de la 
población.
	        
	        
	        b)	Ser transitable durante 
todo el año.
	        
	        
	        c)	La utilización y 
recuperación de antiguos viales de comunicación frente a viales 
modernos.
	        
	        
	        d)	Tener interés 
paisajístico, histórico, etnográfico o medioambiental.
	        
	        
	        e)	Fomentar la actividad 
senderista de una zona.
	        
	        
	        f)	No tener grandes 
desniveles durante tramos prolongados y evitar la ascensión a cimas 
montañosas.
	        
	        
	        g)	No transitar por tramos 
con tráfico automovilístico  o zonas que en condiciones normales 
presenten algún riesgo.
	        
	        
	        h)	No precisar para su 
recorrido de conocimientos, técnicas o materiales especiales.
	        
	        
	        i)	Estar señalizado 
suficientemente con el sistema oficial.
	        
	        
	        j)	Contar con una  guía 
descriptiva del itinerario así como de los valores ambientales, 
paisajísticos, culturales y etnográficos del recorrido.
	        
	        
	        ART. 
3°- Autoridad de Aplicación- La Autoridad de aplicación de la 
presente Ley es el Ministerio de Turismo de la Nación.
	        
	        
	        ART. 
4°- Funciones de la Autoridad de Aplicación- Como autoridad de 
aplicación el Ministerio de Turismo de la Nación tendrá las siguientes 
facultades y obligaciones.
	        
	        
	              a)   Evaluar el estado 
actual de la Republica Argentina en referencia a la materia   
	        
	        
	              b)   Identificar las 
señales de aplicación y estrategias de promoción.
	        
	        
	              c)   Promover y 
difundir la implementación de esta metodología.
	        
	        
	              d)   Analizar costos y 
beneficios de la ejecución 
	        
	        
	              e)  Concientizar a los 
practicantes de esta actividad la implementación y promoción de  
estos métodos.
	        
	        
	        ART. 
5°- Financiamiento- La presente Ley se financiará con una partida 
específica determinada anualmente mediante la Ley de Presupuesto 
de Gastos y Recursos de la Administración Nacional.  
	        
	        
	        ART. 
6°- Adhesión- Invítase a adherir a las Provincias y a la Ciudad 
Autónoma de Buenos Aires. 
	        
	        
	        Art 7°- Comuníquese 
al Poder Ejecutivo   
	          
      
  
 
								FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        El senderismo es la actividad deportiva no 
competitiva, que se realiza sobre caminos balizados, preferentemente tradicionales, 
ubicados en el medio natural y busca acercar a la persona al medio natural y al 
conocimiento del país a través de los elementos patrimoniales y etnográficos que 
caracterizan las sociedades, recuperando el sistema de vías de comunicación.
	        
	        
	        Se define también como senderismo, aquel 
que se realiza por grandes urbes y que tiene por fin realzar los elementos del medio 
natural y de la cultura tradicional que perviven en ella.
	        
	        
	        El senderismo en Argentina es la práctica 
de caminar en contacto con la naturaleza argentina y su cultura. El senderismo (hiking y 
trekking), si bien es considerada una especialidad dentro del "montañismo", en la 
actualidad su práctica se ha extendido a lugares donde no necesariamente existe ascenso, 
como ser en zonas rurales, costeando ríos, playas, e incluso existen agrupaciones que 
realizan senderismo urbano.
	        
	        
	        La alternativa que se propone con el 
senderismo para superar esta inconveniencia es incidir en el disfrute del medio natural y 
la cultura tradicional, a través del ejercicio de una actividad física elemental: andar.
	        
	        
	        Porque andar Supone recuperar el particular 
ritmo interno, restaurando equilibrios, al alcance de cualquier edad y condición; porque 
caminar es acercar las realidades físicas y culturales a la escala básica: la persona; porque 
recorrer va parejo al hecho de que las ansias urbanas por lo natural se desarrollen por 
todo el territorio, llenando de contenido la no siempre satisfactorio escapada al Parque 
Nacional o al Sitio Histórico declarado; porque encaminarse a las realidades del mundo 
rural tiene implicaciones en el desarrollo de ese mundo (aunque sea de valoración).
	        
	        
	        Es por esto que el senderismo tiene por 
objetivo la mejora de las condiciones físicas y psíquicas de los individuos, a través del 
ejercicio de una actividad deportiva adaptable a la escala del practicante. Busca también 
recuperar el paisaje para la persona y reencontrarlo con el sistema de vida tradicional, 
devolviendo al camino el concepto de lugar de encuentro, de intercambio y de superación 
de particularismos, todo desde un respeto escrupuloso al medio natural por el que 
discurre. Como medio para conseguir los objetivos, se plantea necesariamente la 
recuperación del patrimonio viario enriqueciéndolo generando elementos que aparecen 
como propios del senderismo: señales  guías, refugios, etc.
	        
	        
	        En el montañismo es necesario una 
condición física adecuada y el asesoramiento de guías calificados. En las caminatas, las 
dificultades están clasificadas en Baja-Media-Alta, y es quien lo práctica el que elije 
cómo y dónde hacerlo de acuerdo a su condición física.
	        
	        
	        Pueden realizarlo prácticamente personas 
de todas las edades, en familia, grupos pequeños, o grandes, siendo esta una de las 
maneras de conocer lugares, su cultura, tradiciones, naturaleza, etc. Es altamente 
recomendable que las personas que desean practicar este deporte efectúen antes un 
examen físico con un médico deportólogo.
	        
	        
	        En invierno o verano es conveniente un 
guía o coordinador, aunque actualmente existen lugares perfectamente accesibles y 
señalizados como los parques nacionales.
	        
	        
	        En Argentina puede ser considerada todavía 
una actividad incipiente, pero que va creciendo e incluso avanzando en su legislación. 
Existen asociaciones e instituciones a nivel terciario y universitario que contemplan la 
carrera: Guías de Senderismo (o Trekking).
	        
	        
	        Misiones, la provincia que represento ha 
impulsado este tipo de actividad, registrando una enorme tendencia de crecimiento y 
cada vez más turistas se vuelcan a esta forma de recorridos por sus características 
ambientales, culturales, deportivas y el contacto  con la naturaleza.
	        
	        
	        El Gobierno misionero 
junto al Ministerio de Turismo de la Nación visitaron territorio provincial para 
confeccionar un mapa geo referencial de los puntos más destacados, de la geografía, el 
suelo y las referencias más importantes de la Huella Guaraní entre los destinos que 
tendrán una fuerte promoción, posicionamiento y difusión para los próximos años.
	        
	        
	        La Huella Guaraní también cuenta con una 
amplia gama de experiencias que permiten conocer la diversidad y riqueza que encierra 
la selva misionera. De este modo, los viajeros pueden realizar actividades de 
cicloturismo, senderismo, recorridos en 4x4, paseos fotográficos, avistaje de aves y 
visitas  a numerosos saltos de agua escondidos en la selva.
	        
	        
	        Considero esta iniciativa una prometedora 
acción en pos de capitalizar nuestros atractivos turísticos, y a la vez  promocionar el 
senderismo como opción de actividad física, en nuestro país. Por ello es que resulta de 
suma importancia la unificación de señales del para todo el territorio nacional. 
	        
	        
	        Por todo lo expuesto solicito a mis pares el 
acompañamiento del presente proyecto.
	          
      
  
 
								
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| LEVERBERG, STELLA MARIS | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| REDCZUK, OSCAR FELIPE | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| IANNI, ANA MARIA | SANTA CRUZ | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| PERRONI, ANA MARIA | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| RIOS, LILIANA MARIA | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
 Giro a comisiones en Diputados 
								| Comisión | 
|---|
| TURISMO (Primera Competencia) | 
| PRESUPUESTO Y HACIENDA |