PROYECTO DE TP
Expediente 7581-D-2013
Sumario: PROGRAMA FEDERAL DE VIAJES EDUCATIVOS: CREACION
Fecha: 21/11/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 178
El Senado y Cámara de Diputados...
"Programa Federal de Viajes
Educativos"
ARTÍCULO 1. OBJETO. Créase en
el ámbito del Ministerio de Educación de la Nación el "Programa Federal de
Viajes Educativos", en el marco de la Ley Nº 26.206/06: "Ley de Educación
Nacional" y la Ley Nº 26.075/05: "Ley de Financiamiento Educativo".
ARTÍCULO 2. PROPÓSITO. El
"Programa Federal de Viajes Educativos " tendrá como propósito fundamental
fomentar, a través de la realización de viajes y/o excursiones la inclusión
educativa y el desarrollo de estrategias pedagógicas.
ARTÍCULO 3. OBJETIVOS. Los
objetivos de este programa son:
a) Promover la reinstalación
de los viajes de estudios como actividad curricular y/o extracurricular en los
niveles inicial, primario y medio en todas las jurisdicciones del país.
b) Fomentar el conocimiento
de los diferentes sitios históricos, naturales, deportivos y culturales de la
República Argentina en forma igualitaria entre los estudiantes de nuestro
país
ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS. El
"Programa Federal de Viajes Educativos " se base en los principios de
integración e igualdad de oportunidades.
ARTÍCULO 5. BENEFICIARIOS.
Podrán participar todos los establecimientos educativos de los niveles inicial,
primario y medio de la República Argentina.
ARTÍCULO 6. AUTORIDAD DE
APLICACIÓN. La Autoridad de Aplicación del programa será el Ministerio de
Educación de la Nación a través del Comité Organizador del " Programa Federal
de Viajes Educativos".-
ARTÍCULO 7. COMPOSICIÓN. El
Comité estará compuesto por la autoridad máxima del Ministerio de Educación,
del Ministerio de Turismo y del Ministerio del Interior y Transporte o quienes
estos designen como sus representante, un integrante designado por las
provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se adhieran a la presente
Ley
ARTÍCULO 8. ELECCIÓN DE
AUTORIDADES. Con el voto de la mayoría simple de sus integrantes, el Comité
podrá elegir a su Presidente, Vicepresidente y secretario.
ARTÍCULO 9. FUNCIONES. Serán
funciones del Comité Organizador:
a) Dictar su propio
reglamento. Elegir al Presidente y Vicepresidente del Comité Organizador.
b) Publicitar el
funcionamiento y propósito del Programa "Programa Federal de Viajes
Educativos
c) Establecer las fechas de
inscripción, cierre y realización de las etapas de preselección y selección
final.
d) Coordinar con el Ministerio
de Educación la concreción de los distintos viajes y/o excursiones que ofrecerá
a las Escuelas de nuestro país.-
e) Evaluar el impacto social y
los resultados de los viajes y experiencias educativas realizadas
f) Promover la realización de
pasantías destinadas a estudiantes terciarios y universitarios vinculados con
carreras relacionadas al turismo.
ARTÍCULO 10. PROCEDIMIENTO
DE INSCRIPCIÓN. Los cursos de las escuelas postulantes deberán inscribirse
cumplimentando los requisitos básicos, en sus respectivas Direcciones y
Ministerios Provinciales en el período estableciendo por el Comité
Organizador.
ARTÍCULO 11. SELECCIÓN,
DURACIÓN Y CONTENIDO. La selección final de los cursos beneficiarios, el
contenido y la duración de los viajes, excursiones o salidas programadas
quedarán sujetos a las disposiciones del Comité Organizador.
ARTÍCULO 12. RESULTADOS. Los
cursos participantes deberán realizar un informe respecto de su experiencia
educativa, el cuál deberá ser presentado ante la Institución educativa
beneficiaria, la que remitirá copias al Ministerio provincial que corresponda y al
Comité Organizador a los fines de evaluar el impacto social de la
implementación del programa.
ARTÍCULO 13. ASISTENCIA
ECONÓMICA. Todos los viajes y/o excursiones que se realicen en el marco del
"Programa Federal de Viajes Educativos", serán de carácter gratuito para los
alumnos y las instituciones beneficiarias.
ARTÍCULO 14.
RESPONSABILIDAD. El Estado Nacional será responsable único y exclusivo por
los daños y perjuicios que pudieran sufrir los alumnos, los docentes,
acompañantes y/o terceros en el desarrollo de las actividades que se realicen
dentro del presente programa. A tal fin deberá garantizar seguro de
responsabilidad civil, vehículos en perfecto estado de conservación y personal
guía responsable del desarrollo de las actividades.
ARTICULO 15. El Ministerio de
Educación de la Nación asignará de su presupuesto la partida necesaria a fin de
dar cumplimiento al presente Programa.
ARTÍCULO 16. INVITACIÓN A
ADHERIR. Invitase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a
adherir a las disposiciones de esta ley.
ARTÍCULO 17. Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 18. De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el historial de la Escuela
argentina los primeros esfuerzos se vincularon a alcanzar una suficiente
cobertura educativa que garantizara el nivel básico de educación para el total
de la población, en especial los sectores populares suburbanos y rurales. Los
objetivos eran la universalización de la cultura, la igualdad de oportunidades y
la satisfacción de la demanda cuantitativa. Sabido es que cantidad no implica
calidad y la expansión no trajo consigo un mejor nivel educativo. Las
deficiencias se manifestaron en índices constantes de fracaso escolar y en
porcentajes estables de abandono en tramos particulares del nivel de educación
básica focalizados en los sectores más pobres de la educación.
La política educativa debió
orientarse entonces en términos, no solo de igualdad de oportunidades, sino
también en igualdad de posibilidades. Recuperando identidad institucional y su
trascendente función social.
Hoy vemos edificios deteriorados,
ausencia de materiales de trabajo, superpoblación en las aulas, pérdida de
matrícula, dificultades para cubrir cargos. Pero, es aún más preocupante el
desplazamiento de funciones pedagógicas por funciones asistenciales y
administrativas. Lamentablemente no siempre se tienen en cuenta las
condiciones institucionales en las cuales los docentes desempeñan su tarea. La
creciente complejidad y amplitud de las funciones que asume la escuela no ha
estado acompañada por cambios en el interior de la organización y, muy por el
contrario, se han multiplicado las tareas de la escuela sin adecuar la estructura
ni la normativa.
En este contexto, venimos a
presentar este proyecto que tiene por objeto generar un ámbito que recupere
para los alumnos y para la comunidad la
posibilidad de salir en viaje de
estudios. Se propone crear un Programa dependiente del Ministerio de
Educación que posibilite la salida de alumnos de escuelas públicas en viajes de
estudio, gestionando la organización completa de los mismos de manera tal
que; a) los docentes no se vean compelidos a cumplimentar burocráticos
requisitos administrativos, b) se provean los medios de transporte necesarios
adecuados a las normas de seguridad que la normativa establece a estos fines,
c) se pauten destinos de los viajes adecuándolos a la currícula de cada nivel y
área del conocimiento, d) se provean guías que se ocupen de proporcionar a los
alumnos la información pertinente en cada ocasión.
La relevancia de promover este
tipo de instrumentos focalizados al segmento de la población integrado por
niños, niñas y adolescentes que concurren a escuelas públicas se manifiesta en
la atención que las políticas de estado deben prestar a la educación como
herramienta para la igualdad de oportunidades.
Es necesario recuperar la función
sustantiva de los docentes que es la creación, recreación y distribución de
saberes y conocimientos formalizados ya que se han distorsionado los objetivos
de la educación incorporando funciones relativas a lo administrativo, lo
comunitario y lo asistencial.
Siendo la escuela por antonomasia
la institución que se mantuvo a lo largo de la historia nacional como eje de
socialización y ámbito de contención para niños, niñas y adolescentes, cabe
preguntarse si no se está desnaturalizando su primigenia función, si no se está
ejerciendo una presión mayúscula en los docentes que deben ocuparse de
diversidad de tareas que los alejan cada vez más de su principal objetivo.
En este marco, se hace
imprescindible contextualizar tanto al docente como al directivo en su calidad
de trabajador y en las condiciones concretas en que se desarrolla su actividad
laboral y profesional.
El directivo particularmente se ve
afectado por esta situación al tener que tomar decisiones en la contingencia de
lo coyuntural que la mayor parte de las veces los desborda. Dilemas que
generan la sensación de estar permanentemente infringiendo las normas. Es el
caso que nos ocupa respecto a la Responsabilidad Civil que les cabe por el solo
hecho de encontrarse en funciones. Cada director actuará en consecuencia de
acuerdo a su historia personal y como profesional, en relación a sus
capacidades y resistencia a los factores de riesgo, y a la particularidad de la
institución que dirige. El docente, maestro o profesor, que quiera realizar una
salida con sus alumnos, se verá obligado a cumplimentar una serie de
requisitos formales que sin duda le insumen un tiempo precioso de clase.
Son los estudiantes de escuelas
públicas una población, en general, perteneciente a las capas sociales más
desprotegidas. Sabido es que en los últimos tiempos y por diversos factores, las
familias que cuentan con recursos suficientes hacen el esfuerzo de inscribir a
sus hijos en escuelas privadas. Como resultado de esto se produjo una
importante caída en la matrícula de las escuelas públicas pero, claramente se
han diferenciado las comunidades educativas quedando dentro del ámbito del
estado los estudiantes que pertenecen a los sectores más vulnerables. Son
justamente estos alumnos los que carecen de recursos económicos para
costearse sus estudios y, aún menos, cuentan con el dinero necesario para
solventar los costos de viajes de estudio o "excursiones" como las conocemos
comúnmente.
Cuando los legisladores abordaron
la problemática de estas salidas por estudio centraron su atención en estipular
condiciones para que estas salidas se realicen en el marco de la mayor
seguridad posible. Tan loable intención quedó opacada en medio de un
engorroso trámite plagado de planillas y requisitos que no consiguieron más
que dificultar la organización de los viajes con el consiguiente desinterés por
parte de quienes deberían llevarlos a cabo.-
La normativa que rige el ámbito
educativo manifiesta inadecuación respecto a la realidad cotidiana y esto se
debe en gran medida a que no acompañó los cambios sociales y educativos de
la escuela. Y, en los casos en que se pretendió adecuar, se han cometido
errores que complejizaron aún más los procedimientos y recargaron
sustancialmente las tareas y obligaciones de los docentes. Resulta dificultoso
actuar cuando la normativa es impuesta y, en general, se desconocen los
fundamentos que las originaron vaciándola de contenido. Las estrategias a
aplicar discurren entonces entre las alternativas de eludir, cumplir o transgredir
lo que se impone.
Más grave es la situación cuando
las normas prescriben en forma contradictoria o prescriben obligaciones que
exceden las posibilidades personales e institucionales. Son las personas las que
pueden otorgarles sentido a las instituciones y transformarlas. La legitimidad de
las normas depende en gran medida de su cumplimiento y la distancia entre el
deber hacer y el hacer genera un vacío y un obstáculo que limita las
posibilidades de crear y recrear el sentido del trabajo docente.
La formación de los educandos
resulta de un abanico muy amplio de aportes que, si bien no dependen
únicamente de la escuela, encuentran en ella la fuente donde abrevar y
nutrirse. Haciendo una retrospectiva en nuestras historias personales
seguramente recordaremos con sumo agrado las oportunidades que nos brindó
la escuela de salir del ámbito del aula para conocer nuevos lugares, realidades
diversas, vivir experiencias fuera de nuestro ámbito cotidiano. En nuestros
recuerdos más queridos, sin duda, ocupan lugares privilegiados los viajes y
salidas que realizamos en grupo con los compañeros de estudios. En muchos
casos, cuando las posibilidades del entorno familiar no lo permitían, fueron
estas salidas las que nos acercaron nuevas vivencias y alimentaron la
fantasía.
Como bien lo afirma la Convención
Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) en su artículo 19:
"Todo niño tiene derecho a las
medidas de protección que su
condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del
Estado". Es pertinente que parta del Estado una iniciativa que asegure la
concreción de viajes educativos en un marco de seguridad y potenciando desde
su organización la eficacia de esta forma particular de enseñar y aprender.
En los artículos 28 y 29 la
Convención recalca el compromiso de los Estados Partes respecto a la
educación pero puntualizando las condiciones en que esta debe ser
implementada: "Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a la
educación y, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones
de igualdad de oportunidades ese derecho, (...)". "Los Estados Partes convienen
en que la educación del niño deberá estar encaminada a: a) Desarrollar la
personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el
máximo de sus posibilidades; (...)".
En el artículo 31 afirma que: 1).
Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y el
esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a
participar libremente en la vida cultural y en las artes. 2). Los Estados Partes
respetarán y promoverán el derecho del niño a participar plenamente en la vida
cultural y artística y propiciarán oportunidades apropiadas, en condiciones de
igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y de
esparcimiento.
Los paseos o viajes educativos son
indudablemente una herramienta para cumplir con estos altos objetivos.
Reflexionando respecto a la
disminución o ausencia de este tipo de salidas didácticas y recreativas en la
actualidad, es que nos percatamos de que existe un cúmulo de dificultades para
la concreción de las recordadas "excursiones" que amerita una propuesta de
solución.
A las carencias del recurso
económico para afrontar los costos de traslado se suma la dificultad originada
en la presión que ejerce la
Responsabilidad Civil que recae en
docentes y directivos cuando de sacar a los chicos del aula se trata. La
normativa establece pautas que en lugar de incentivar la organización de estas
salidas educativas las imposibilita. Y, en el mejor de los casos, se llegan a
concretar con el esfuerzo individual de algún docente o directivo que toma en
su cabeza la responsabilidad derivada de la normativa y la confección de
innumerables formularios y el cumplimiento de requisitos formales que en
muchos casos rayan en lo irracional. Es por esto que en su articulo 14 del
presente proyecto coloca en cabeza del Estado Nacional todo tipo de
responsabilidad civil derivada de los daños y perjuicios que pudieran suceder en
el transcurso de las excursiones respecto de personas y bienes. Eximiéndose
expresamente de responsabilidad a los docentes y directivos.
Es así que, resulta sencillo
comprobar que los chicos salen de paseo cada vez menos porque no cuentan
con el dinero necesario y porque los docentes no pueden cargarse de más
tareas sin descuidar lo esencial de su labor que es educar.
Cuando se trata de orientar la
inversión disponible en términos de prioridades políticas resurge el carácter
estratégico de la educación básica, se plantea la necesidad de asegurar
instancias de integración que permitan mucho más que hacer gobernable un
sistema. Es imprescindible generar mecanismos regulatorios y compensadores
que den paso a una discriminación positiva en términos de desigualdades
sociales y regionales.
Por eso y por las demás razones
expuestas, es que solicitamos el pronto tratamiento del presente proyecto de
ley y su aprobación.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
RASINO, ELIDA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
BARCHETTA, OMAR SEGUNDO | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
VILLATA, GRACIELA SUSANA | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
ZABALZA, JUAN CARLOS | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |