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PROYECTO DE TP


Expediente 7581-D-2013
Sumario: PROGRAMA FEDERAL DE VIAJES EDUCATIVOS: CREACION
Fecha: 21/11/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 178
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


"Programa Federal de Viajes Educativos"
ARTÍCULO 1. OBJETO. Créase en el ámbito del Ministerio de Educación de la Nación el "Programa Federal de Viajes Educativos", en el marco de la Ley Nº 26.206/06: "Ley de Educación Nacional" y la Ley Nº 26.075/05: "Ley de Financiamiento Educativo".
ARTÍCULO 2. PROPÓSITO. El "Programa Federal de Viajes Educativos " tendrá como propósito fundamental fomentar, a través de la realización de viajes y/o excursiones la inclusión educativa y el desarrollo de estrategias pedagógicas.
ARTÍCULO 3. OBJETIVOS. Los objetivos de este programa son:
a) Promover la reinstalación de los viajes de estudios como actividad curricular y/o extracurricular en los niveles inicial, primario y medio en todas las jurisdicciones del país.
b) Fomentar el conocimiento de los diferentes sitios históricos, naturales, deportivos y culturales de la República Argentina en forma igualitaria entre los estudiantes de nuestro país
ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS. El "Programa Federal de Viajes Educativos " se base en los principios de integración e igualdad de oportunidades.
ARTÍCULO 5. BENEFICIARIOS. Podrán participar todos los establecimientos educativos de los niveles inicial, primario y medio de la República Argentina.
ARTÍCULO 6. AUTORIDAD DE APLICACIÓN. La Autoridad de Aplicación del programa será el Ministerio de Educación de la Nación a través del Comité Organizador del " Programa Federal de Viajes Educativos".-
ARTÍCULO 7. COMPOSICIÓN. El Comité estará compuesto por la autoridad máxima del Ministerio de Educación, del Ministerio de Turismo y del Ministerio del Interior y Transporte o quienes estos designen como sus representante, un integrante designado por las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se adhieran a la presente Ley
ARTÍCULO 8. ELECCIÓN DE AUTORIDADES. Con el voto de la mayoría simple de sus integrantes, el Comité podrá elegir a su Presidente, Vicepresidente y secretario.
ARTÍCULO 9. FUNCIONES. Serán funciones del Comité Organizador:
a) Dictar su propio reglamento. Elegir al Presidente y Vicepresidente del Comité Organizador.
b) Publicitar el funcionamiento y propósito del Programa "Programa Federal de Viajes Educativos
c) Establecer las fechas de inscripción, cierre y realización de las etapas de preselección y selección final.
d) Coordinar con el Ministerio de Educación la concreción de los distintos viajes y/o excursiones que ofrecerá a las Escuelas de nuestro país.-
e) Evaluar el impacto social y los resultados de los viajes y experiencias educativas realizadas
f) Promover la realización de pasantías destinadas a estudiantes terciarios y universitarios vinculados con carreras relacionadas al turismo.
ARTÍCULO 10. PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN. Los cursos de las escuelas postulantes deberán inscribirse cumplimentando los requisitos básicos, en sus respectivas Direcciones y Ministerios Provinciales en el período estableciendo por el Comité Organizador.
ARTÍCULO 11. SELECCIÓN, DURACIÓN Y CONTENIDO. La selección final de los cursos beneficiarios, el contenido y la duración de los viajes, excursiones o salidas programadas quedarán sujetos a las disposiciones del Comité Organizador.
ARTÍCULO 12. RESULTADOS. Los cursos participantes deberán realizar un informe respecto de su experiencia educativa, el cuál deberá ser presentado ante la Institución educativa beneficiaria, la que remitirá copias al Ministerio provincial que corresponda y al Comité Organizador a los fines de evaluar el impacto social de la implementación del programa.
ARTÍCULO 13. ASISTENCIA ECONÓMICA. Todos los viajes y/o excursiones que se realicen en el marco del "Programa Federal de Viajes Educativos", serán de carácter gratuito para los alumnos y las instituciones beneficiarias.
ARTÍCULO 14. RESPONSABILIDAD. El Estado Nacional será responsable único y exclusivo por los daños y perjuicios que pudieran sufrir los alumnos, los docentes, acompañantes y/o terceros en el desarrollo de las actividades que se realicen dentro del presente programa. A tal fin deberá garantizar seguro de responsabilidad civil, vehículos en perfecto estado de conservación y personal guía responsable del desarrollo de las actividades.
ARTICULO 15. El Ministerio de Educación de la Nación asignará de su presupuesto la partida necesaria a fin de dar cumplimiento al presente Programa.
ARTÍCULO 16. INVITACIÓN A ADHERIR. Invitase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a las disposiciones de esta ley.
ARTÍCULO 17. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 18. De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el historial de la Escuela argentina los primeros esfuerzos se vincularon a alcanzar una suficiente cobertura educativa que garantizara el nivel básico de educación para el total de la población, en especial los sectores populares suburbanos y rurales. Los objetivos eran la universalización de la cultura, la igualdad de oportunidades y la satisfacción de la demanda cuantitativa. Sabido es que cantidad no implica calidad y la expansión no trajo consigo un mejor nivel educativo. Las deficiencias se manifestaron en índices constantes de fracaso escolar y en porcentajes estables de abandono en tramos particulares del nivel de educación básica focalizados en los sectores más pobres de la educación.
La política educativa debió orientarse entonces en términos, no solo de igualdad de oportunidades, sino también en igualdad de posibilidades. Recuperando identidad institucional y su trascendente función social.
Hoy vemos edificios deteriorados, ausencia de materiales de trabajo, superpoblación en las aulas, pérdida de matrícula, dificultades para cubrir cargos. Pero, es aún más preocupante el desplazamiento de funciones pedagógicas por funciones asistenciales y administrativas. Lamentablemente no siempre se tienen en cuenta las condiciones institucionales en las cuales los docentes desempeñan su tarea. La creciente complejidad y amplitud de las funciones que asume la escuela no ha estado acompañada por cambios en el interior de la organización y, muy por el contrario, se han multiplicado las tareas de la escuela sin adecuar la estructura ni la normativa.
En este contexto, venimos a presentar este proyecto que tiene por objeto generar un ámbito que recupere para los alumnos y para la comunidad la
posibilidad de salir en viaje de estudios. Se propone crear un Programa dependiente del Ministerio de Educación que posibilite la salida de alumnos de escuelas públicas en viajes de estudio, gestionando la organización completa de los mismos de manera tal que; a) los docentes no se vean compelidos a cumplimentar burocráticos requisitos administrativos, b) se provean los medios de transporte necesarios adecuados a las normas de seguridad que la normativa establece a estos fines, c) se pauten destinos de los viajes adecuándolos a la currícula de cada nivel y área del conocimiento, d) se provean guías que se ocupen de proporcionar a los alumnos la información pertinente en cada ocasión.
La relevancia de promover este tipo de instrumentos focalizados al segmento de la población integrado por niños, niñas y adolescentes que concurren a escuelas públicas se manifiesta en la atención que las políticas de estado deben prestar a la educación como herramienta para la igualdad de oportunidades.
Es necesario recuperar la función sustantiva de los docentes que es la creación, recreación y distribución de saberes y conocimientos formalizados ya que se han distorsionado los objetivos de la educación incorporando funciones relativas a lo administrativo, lo comunitario y lo asistencial.
Siendo la escuela por antonomasia la institución que se mantuvo a lo largo de la historia nacional como eje de socialización y ámbito de contención para niños, niñas y adolescentes, cabe preguntarse si no se está desnaturalizando su primigenia función, si no se está ejerciendo una presión mayúscula en los docentes que deben ocuparse de diversidad de tareas que los alejan cada vez más de su principal objetivo.
En este marco, se hace imprescindible contextualizar tanto al docente como al directivo en su calidad de trabajador y en las condiciones concretas en que se desarrolla su actividad laboral y profesional.
El directivo particularmente se ve afectado por esta situación al tener que tomar decisiones en la contingencia de lo coyuntural que la mayor parte de las veces los desborda. Dilemas que generan la sensación de estar permanentemente infringiendo las normas. Es el caso que nos ocupa respecto a la Responsabilidad Civil que les cabe por el solo hecho de encontrarse en funciones. Cada director actuará en consecuencia de acuerdo a su historia personal y como profesional, en relación a sus capacidades y resistencia a los factores de riesgo, y a la particularidad de la institución que dirige. El docente, maestro o profesor, que quiera realizar una salida con sus alumnos, se verá obligado a cumplimentar una serie de requisitos formales que sin duda le insumen un tiempo precioso de clase.
Son los estudiantes de escuelas públicas una población, en general, perteneciente a las capas sociales más desprotegidas. Sabido es que en los últimos tiempos y por diversos factores, las familias que cuentan con recursos suficientes hacen el esfuerzo de inscribir a sus hijos en escuelas privadas. Como resultado de esto se produjo una importante caída en la matrícula de las escuelas públicas pero, claramente se han diferenciado las comunidades educativas quedando dentro del ámbito del estado los estudiantes que pertenecen a los sectores más vulnerables. Son justamente estos alumnos los que carecen de recursos económicos para costearse sus estudios y, aún menos, cuentan con el dinero necesario para solventar los costos de viajes de estudio o "excursiones" como las conocemos comúnmente.
Cuando los legisladores abordaron la problemática de estas salidas por estudio centraron su atención en estipular condiciones para que estas salidas se realicen en el marco de la mayor seguridad posible. Tan loable intención quedó opacada en medio de un engorroso trámite plagado de planillas y requisitos que no consiguieron más que dificultar la organización de los viajes con el consiguiente desinterés por parte de quienes deberían llevarlos a cabo.-
La normativa que rige el ámbito educativo manifiesta inadecuación respecto a la realidad cotidiana y esto se debe en gran medida a que no acompañó los cambios sociales y educativos de la escuela. Y, en los casos en que se pretendió adecuar, se han cometido errores que complejizaron aún más los procedimientos y recargaron sustancialmente las tareas y obligaciones de los docentes. Resulta dificultoso actuar cuando la normativa es impuesta y, en general, se desconocen los fundamentos que las originaron vaciándola de contenido. Las estrategias a aplicar discurren entonces entre las alternativas de eludir, cumplir o transgredir lo que se impone.
Más grave es la situación cuando las normas prescriben en forma contradictoria o prescriben obligaciones que exceden las posibilidades personales e institucionales. Son las personas las que pueden otorgarles sentido a las instituciones y transformarlas. La legitimidad de las normas depende en gran medida de su cumplimiento y la distancia entre el deber hacer y el hacer genera un vacío y un obstáculo que limita las posibilidades de crear y recrear el sentido del trabajo docente.
La formación de los educandos resulta de un abanico muy amplio de aportes que, si bien no dependen únicamente de la escuela, encuentran en ella la fuente donde abrevar y nutrirse. Haciendo una retrospectiva en nuestras historias personales seguramente recordaremos con sumo agrado las oportunidades que nos brindó la escuela de salir del ámbito del aula para conocer nuevos lugares, realidades diversas, vivir experiencias fuera de nuestro ámbito cotidiano. En nuestros recuerdos más queridos, sin duda, ocupan lugares privilegiados los viajes y salidas que realizamos en grupo con los compañeros de estudios. En muchos casos, cuando las posibilidades del entorno familiar no lo permitían, fueron estas salidas las que nos acercaron nuevas vivencias y alimentaron la fantasía.
Como bien lo afirma la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) en su artículo 19: "Todo niño tiene derecho a las
medidas de protección que su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado". Es pertinente que parta del Estado una iniciativa que asegure la concreción de viajes educativos en un marco de seguridad y potenciando desde su organización la eficacia de esta forma particular de enseñar y aprender.
En los artículos 28 y 29 la Convención recalca el compromiso de los Estados Partes respecto a la educación pero puntualizando las condiciones en que esta debe ser implementada: "Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a la educación y, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho, (...)". "Los Estados Partes convienen en que la educación del niño deberá estar encaminada a: a) Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades; (...)".
En el artículo 31 afirma que: 1). Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes. 2). Los Estados Partes respetarán y promoverán el derecho del niño a participar plenamente en la vida cultural y artística y propiciarán oportunidades apropiadas, en condiciones de igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y de esparcimiento.
Los paseos o viajes educativos son indudablemente una herramienta para cumplir con estos altos objetivos.
Reflexionando respecto a la disminución o ausencia de este tipo de salidas didácticas y recreativas en la actualidad, es que nos percatamos de que existe un cúmulo de dificultades para la concreción de las recordadas "excursiones" que amerita una propuesta de solución.
A las carencias del recurso económico para afrontar los costos de traslado se suma la dificultad originada en la presión que ejerce la
Responsabilidad Civil que recae en docentes y directivos cuando de sacar a los chicos del aula se trata. La normativa establece pautas que en lugar de incentivar la organización de estas salidas educativas las imposibilita. Y, en el mejor de los casos, se llegan a concretar con el esfuerzo individual de algún docente o directivo que toma en su cabeza la responsabilidad derivada de la normativa y la confección de innumerables formularios y el cumplimiento de requisitos formales que en muchos casos rayan en lo irracional. Es por esto que en su articulo 14 del presente proyecto coloca en cabeza del Estado Nacional todo tipo de responsabilidad civil derivada de los daños y perjuicios que pudieran suceder en el transcurso de las excursiones respecto de personas y bienes. Eximiéndose expresamente de responsabilidad a los docentes y directivos.
Es así que, resulta sencillo comprobar que los chicos salen de paseo cada vez menos porque no cuentan con el dinero necesario y porque los docentes no pueden cargarse de más tareas sin descuidar lo esencial de su labor que es educar.
Cuando se trata de orientar la inversión disponible en términos de prioridades políticas resurge el carácter estratégico de la educación básica, se plantea la necesidad de asegurar instancias de integración que permitan mucho más que hacer gobernable un sistema. Es imprescindible generar mecanismos regulatorios y compensadores que den paso a una discriminación positiva en términos de desigualdades sociales y regionales.
Por eso y por las demás razones expuestas, es que solicitamos el pronto tratamiento del presente proyecto de ley y su aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
RASINO, ELIDA ELENA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
BARCHETTA, OMAR SEGUNDO SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
VILLATA, GRACIELA SUSANA CORDOBA FRENTE CIVICO - CORDOBA
ZABALZA, JUAN CARLOS SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA