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PROYECTO DE TP


Expediente 7567-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL "FONDO FEDERAL SOLIDARIO".
Fecha: 25/10/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 152
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, por intermedio de los organismos que correspondan, informe a esta H. Cáma- ra, en relación al Fondo Federal Solidario creado por el Decreto 206/2009, lo si- guiente:
I. ¿Qué recursos del Fondo han sido destinados a la Provincia de San Luis, desde su creación a la fecha, a efectos de financiar en la misma obras que contribuyan a la mejora de la infraes- tructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial, tal el objeto estableci- do el Decreto 206/2009?;
II. ¿Qué recursos del Fondo tiene presupuestado destinar a la Provincia de San Luis, para el ejercicio corres- pondiente al año 2012, a efectos de asistir de financiar en la misma obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial, tal el objeto establecido el Decreto 206/2009?;
III. Detalle las asistencias que fueron realizadas con los recursos del Fondo, desde su creación a la fecha, pro- vincia por provincia, describiendo en cada caso, los montos destinados a cada jurisdicción, y
IV. Informe los montos que han sido girados al Fondo desde su creación, en virtud de lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 206/2009.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Por medio del Decreto 206/2009 el Poder Ejecutivo Nacional ha establecido la creación del Fon- do Federal Solidario, cuyo objetivo es "... financiar, en Provincias y Municipios, obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospi- talaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales, con expresa prohibición de utilizar las sumas que lo compongan para el financiamiento de gastos corrien- tes..."
Para el cum- plimiento de dichos objetivos, la mencionada norma estableció con destino al Fondo Federal Solidario el "...TREINTA POR CIENTO (30%) de las sumas que el Estado Nacional efectivamente perciba en concepto de derechos de exportación de soja, en todas sus variedades y sus derivados...".
Cabe destacar, que en los fundamentos de la norma en mención se ha te- nido en cuenta "... Que con la finalidad de asegurar el máximo de valor agregado en el país para obtener un adecuado ingreso para el trabajo nacional, para promo- ver, proteger y conservar las actividades nacionales productivas de bienes y servi- cios, los recursos naturales, las especies animales y vegetales; para la estabiliza- ción de los precios internos a niveles convenientes y mantener el volumen ade- cuado a las necesidades de abastecimiento del mercado interno, propiciar la redis- tribución de ingresos de actividades favorecidas hacia otras que lo son menos y atender las funciones fiscales; el Estado Nacional ha establecido derechos de ex- portación a determinados productos. Que los derechos de exportación constituyen recursos exclusivos de la Nación, según lo establece, en concordancia con el artí- culo 4º de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, el artículo 2º inciso a) de la Ley Nº 23.548, de Coparticipación Federal de Recursos Fiscales.
Que, sin embargo, no existe obstáculo para que, en orden a lo excepcional de la circuns- tancia que enfrentamos, se tomen remedios también excepcionales para impactar positiva y genuinamente en la actividad económica de todo el país, en una inédita descentralización federal de recursos que al tiempo de reforzar los presupuestos gubernamentales de provincias y municipios, implicará un importante incremento de la inversión en infraestructura, con aumento de la ocupación y mejora de la ca- lidad de vida ciudadana y rural.
Que en ese orden, adoptamos esta medida para crear un FONDO FEDERAL SOLIDARIO que tenga por destino financiar obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanita- ria, educativa, hospitalaria, de vivienda y vial en ámbitos urbanos o rurales.
Que el cita- do fondo, compuesto por el TREINTA POR CIENTO (30%) de los montos efecti- vamente recaudados en concepto de derecho de exportación de soja, tiene una clara finalidad solidaria de reparto de recursos de origen federal para refuerzo de los presupuestos destinados a infraestructura en las Provincias y cada uno de los Municipios de aquéllas que adhieran.
Que resulta por demás claro que el establecimiento de un fondo de esta naturaleza, que direc- tamente deriva del Tesoro Nacional a las Provincias y Municipios en forma auto- mática, fortalecerá los presupuestos de esos niveles de gobierno a la vez que aportará a una rápida aplicación directa en mejora de la infraestructura, con una fuerte incidencia en la calidad de vida de quienes viven en los ámbitos urbanos o rurales de su incumbencia.
Que el dere- cho de exportación, viene así a reforzar un carácter solidario al volcarse en forma directa a educación, salud, sanidad, vivienda o infraestructura vial de distinta en- vergadura..."
Es por ello que el objetivo de la presente iniciativa no es otro que el conocer, por medio de información oficial, cuál ha sido el criterio imperante a la hora de distribuir los recursos, en especial, cómo se ha visto beneficiada la Provincia de San Luis por el Fondo establecido por el Decreto 206/2009.
Es imprescindible conocer de manera exhaustiva si el destino que han tenido los recursos de dicho Fondo "fede- ral", ha sido efectivamente "federal".
Es por lo expuesto que so- licitamos a nuestros pares acompañen el presente pedido de informes.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PEREZ, ALBERTO JOSE SAN LUIS FRENTE PERONISTA
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS FRENTE PERONISTA
AGUILAR, LINO WALTER SAN LUIS FRENTE PERONISTA
MÜLLER, EDGAR RAUL CORDOBA FRENTE PERONISTA
VIDELA, NORA ESTHER SAN LUIS FRENTE PERONISTA
PANSA, SERGIO HORACIO SAN LUIS FRENTE PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)