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PROYECTO DE TP


Expediente 7518-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA QUE EL "GRUPO AEROLINEAS ARGENTINAS" ASEGURE COBERTURA DEL SERVICIO A LAS CAPITALES PROVINCIALES Y A UNA LOCALIDAD MAS DE ESAS PROVINCIAS.
Fecha: 23/09/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 130
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Que vería con agrado que el Grupo Aerolíneas Argentinas asegure cobertura de servicio de transporte aéreo de pasajeros, además de las capitales de provincia de la República Argentina, en por lo menos, una localidad más por provincia, con frecuencia no menor a cua- tro vuelos semanales, considerando para determinar esa segunda localidad, en cada caso, alguno de los siguientes parámetros:
Cantidad de habitantes
Atractivos turísticos
Desarrollo económi- co/comercial/industrial

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Este proyecto fue presentado el día 24 de mayo de 2012 Exp. 3377-D-12. Como la presente iniciativa ha perdi- do Estado Parlamentario, vengo a representar el mismo.
La República Argentina tiene una superficie de casi tres millones de kilómetros cuadrados, en su parte continen- tal. Está dividida en 23 provincias y una Ciudad Autónoma, sede del Gobierno Nacional. La vasta extensión del territorio nacional constituye una bendición en muchos aspectos, pero en determinadas circunstancias resulta un verdadero problema, cuando los compatriotas deben trasladarse por razones de salud, o laborales, o por turismo, o reencontrarse con familiares, o por estudio, y/o va- rias cuestiones más.
Las rutas argentinas se encuentran en su gran mayoría sobrecargadas de tránsito, por el transporte de carga y/o de pasajeros que resuelve por carretera lo que la red ferroviaria debiera posibi- litar.
En el mundo se comprueba, desde hace aproximadamente una década, un formidable incremento de pasajeros transportados en avión. El crecimiento de la demanda del transporte aéreo, jun- to con la entrada en escena de las compañías de bajo costo, han ayudado a di- fundir la idea de que el uso del avión ha pasado a estar al alcance de la mayo- ría de la población. Mientras que en 1950 apenas se registraron 31 millones de pasajeros en todo el mundo, en 1970 esa cifra ascendía ya a 383 millones, du- plicándose nueve años más tarde, y volviendo a hacerlo en 1997, cuando se alcanzaron los 1.457 millones. En 2005 se han superado los 2.000 millones de pasajero, situándose la tasa de crecimiento anual durante el último lustro por encima del 5%, cifra que según apuntan las proyecciones elaboradas por Boeing y Airbus podría mantenerse durante las próximas dos décadas.
El 19 de agosto de 2011 el Presi- dente de Aerolíneas Argentinas, Dr. Mariano Recalde y el Ministro de Turismo de la Nación, Lic. Enrique Meyer firmaron un acuerdo de cooperación por el que la Aerolíneas y el Ministerio se comprometían a estimular el turismo interno di- fundiendo en forma conjunta los destinos, productos y atractivos turísticos ar- gentinos.
La ley N° 19.030 de TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, ya prescribe en su artículo 3 "en el orden interno continuará asegurándose la vinculación aerocomercial entre puntos del país mediante ser- vicios de transporte aéreo estatales, mixtos y privados, exclusivamente de ban- dera nacional". Y más adelante, en el artículo 32 de la misma norma, que se encuentra con plena vigencia -se establecen los siguientes "principios bási- cos:
Que el transporte aerocomercial actúe como un instrumento eficiente al servicio del desarrollo nacional, inter- comunicando adecuadamente las distintas regiones del país, mediante la coor- dinación de esfuerzos estatales, mixtos y privados, en un conjunto armónico en el que se eviten superposiciones perjudiciales;
Que en aquellos casos de excep- ción debidamente comprobados, en que sea imprescindible la prestación del servicio regular con una determinada frecuencia para asegurar adecuadamente la vinculación de puntos del territorio argentina, el transportador aéreo realice los vuelos necesarios aun cuando ello implique la disminución del coeficiente indicado".
Hasta aquí he compartido algunos párrafos de la normativa que otorga sustento a la solicitud. Pero es posible pro- fundizar en los fundamentos haciendo referencia a la extensión de la Republica Argentina, que necesita integrase mediante servicios de transporte moderno y eficiente. Considerando la oferta de la empresa Aerolíneas Argentinas y toman- do información de su sitio web, de las 23 provincias argentinas, una (Entre Ríos) no tiene ningún servicio. Otras trece provincias (Jujuy, Salta, Formosa, Chaco, Corrientes, Tucumán, Santiago del Estero, Catamarca, La Rioja, San Juan, Córdoba, San Luis, y La Pampa) tienen servicio aerocomercial sólo en la capital de provincia. Las restantes nueve provincias (Misiones, Mendoza, Santa Fe, Neuquén, Rio Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Is- las del Atlántico Sur) tienen servicios en su capital y en otra localidad de rele- vancia económica o turística.
Un ejemplo claro y notorio es la ciudad de Villa Mercedes que es la segunda ciudad en importancia de la provin- cia de San Luis y se encuentra sin oferta aerocomercial de la Aerolíneas de bandera. Según el último censo del año 2010 posee una población de 120.000 habitantes, una gran cantidad de atractivos turísticos y un importante polo in- dustrial, razón por la cual sugiero la implementación de un servicio aéreo con destino a dicha localidad.
Como queda en evidencia, el mapa se encuentra algo desbalanceado y requiere una activa intervención de la aero- línea de bandera para acompañar el crecimiento de la demanda que se presen- ta, ya que son los ciudadanos los que padecen esta falta de una adecuada vin- culación aérea en las grandes distancias.
Es en función de estos criterios de federalismo, tantas veces reclamado y no siempre llevados a la práctica, que solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
AGUILAR, LINO WALTER SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)