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PROYECTO DE TP


Expediente 7431-D-2013
Sumario: CREACION DEL FONDO FEDERAL DE BECAS.
Fecha: 13/11/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 173
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°: Créase el Fondo Federal de BECAS por el cual se asegurará a todos los habitantes del país el ejercicio efectivo de su derecho a aprender, mediante la igualdad de oportunidades y posibilidades, sin discriminación alguna para todos aquellos que deseen terminar sus estudios de educación superior.
Artículo 2°: A tal fin, se deberá destinar como mínimo el 0,1% del Presupuesto Nacional.
Articulo 3°: Están comprendidas dentro de la presente ley los estudiantes de las instituciones de formación superior, sean universitarias, postgrado o no universitarias, nacionales, provinciales o municipales, tanto estatales como privadas, todas las cuales forman parte del Sistema Educativo Nacional regulado por la ley 24.195.
Articulo 4°: Son objetivos de la Ley de Becas, independientemente de lo que establece la Ley N° 24.195 de sistema educativo nacional y la Ley N° 24.521 de educación superior:
a) Fomentar la participación universitaria;
b) Incrementar el conocimiento en el más alto nivel con sentido crítico, creativo e Interdisciplinario, estimulando la permanente búsqueda de la verdad;
c) Promover una adecuada diversificación de los estudios de nivel superior, que atienda tanto a las expectativas y demandas de la población como a los requerimientos del sistema cultural y de la estructura productiva;
d) Consolidar polos universitarios y científicos que contribuyan al progreso de la Nación;
e) Promover el desarrollo de la investigación y las creaciones artísticas, contribuyendo al avance científico, tecnológico y cultural de la Nación;
f) Asegurar y garantizar la igualdad de oportunidades;
g) Acceder el conocimiento científico-tecnológico necesario para mejoramiento de las condiciones de vida de nuestro pueblo y la competitividad tecnológica del país; y
h) Promover mecanismos asociativos para la resolución de los problemas nacionales, regionales, continentales y mundiales.
Articulo 5°: El Fondo Federal de BECAS se deberá distribuir de acuerdo al porcentaje de estudiantes superior no universitario, universitario y post universitario de todas las provincias de nuestro país, utilizando como criterio de distribución el último censo, según el cual los estudiantes en el país están comprendidos en el siguiente cuadro:
Tabla descriptiva
Articulo 6°: Son condiciones para acceder a la beca:
a) Ser argentino o radicado en nuestro país desde hace cinco años; y
b) Solicitar la Beca con informe de asistente social.
Artículo 7°: Son condiciones para renovar las Becas:
a) Regularizar el 80% de las materias que cursa, reviendo situación individual; y
b) Aprobar el 60 % de las materias del año.
Artículo 8°: Fíjese como autoridad de aplicación los Ministerios de Educación y/o Direcciones de Escuela de cada Provincia y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme ellas determinen.
Artículo 9°: Monto mensual: el valor inicial de la beca se fijara en la suma de PESOS MIL ($ 1.000), debiendo actualizarse anualmente por el mismo porcentaje de aumento que tenga el nivel docente universitario en cada provincia.
Para asegurar una verdadera inclusión social y atender las necesidades de la sociedad se fija como criterio de otorgamiento la real situación económica del estudiante y de su realidad familiar y laboral, todo ello analizado y firmado por un Asistente social.
Artículo 10°: Premios: Se deberán garantizar premios a aquellos alumnos que se destaquen en su labor académico duplicando el importe de la Beca anual que ya estén percibiendo, de acuerdo a lo que determine la reglamentación.
Artículo 11º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Ponemos a consideración de esta H. C. de Diputados de la Nación Argentina un proyecto de ley con el objeto de crear el Fondo Federal de Becas, por el cual se asegurará a todos los habitantes del país el ejercicio efectivo de su derecho a aprender, mediante la igualdad de oportunidades y posibilidades, sin discriminación alguna para todos aquellos que deseen terminar sus estudios de educación superior.
"Todos los problemas son problemas de educación" expresaba nuestro Domingo Faustino Sarmiento.
Los países se han hecho grandes a través de una sociedad educada. Nos vemos inmersos en un retraso del progreso educativo vigente en otras décadas de nuestra historia. Por eso es que hoy tenemos que pensar a lo grande, no solo generar espacios de educación pública de excelencia, sino también para fomentar la participación del desarrollo intelectual, cultural, investigativo y creativo de los ciudadanos de este país. Se trata de una nueva reforma universitaria, generando verdaderos espacios de inclusión social. Para que una sociedad tenga un futuro próspero es imprescindible garantizarle el desarrollo académico de sus habitantes.
El Estado Nacional tiene la responsabilidad principal e indelegable de fijar y controlar el cumplimiento de la política educativa, tendiente a conformar una sociedad justa y autónoma, a la vez que integrada a la región, al continente y al mundo, haciendo hincapié en al Artículo 13 de la Ley 24.521 de educación superior. A través del Poder Ejecutivo Nacional, también con la iniciativa del Congreso de la Nación, debe hacerse eco de esta necesidad y de brindar oportunidades de crecimiento e inclusión social a todos aquellos que deseen habitar esta tierra.
Es con este fin, que desde Mendoza se pretende aportar ideas y proyectos para que ese sueño se haga realidad, teniendo como tarea primordial formular las políticas y estrategias de educación, con el objeto de hacerla accesible a todos los sectores de la población.
De esta manera, se pretende crear por Ley un Fondo Federal de Becas para todos los argentinos que lo necesiten. Si realmente existe vocación y decisión política para llevarlo adelante es imprescindible garantizar a todos los ciudadanos el derecho constitucional a una cultura y educación digna.
Por estos breves fundamentos y otros que se darán en oportunidad de su tratamiento, es que solicito la aprobación del siguiente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PRADINES, ROBERTO ARTURO MENDOZA DEMOCRATA DE MENDOZA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA