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PROYECTO DE TP


Expediente 7431-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL ESTADO DE REGLAMENTACION DE LA LEY 26571, DE DEMOCRATIZACION DE LA REPRESENTACION POLITICA, LA TRANSPARENCIA Y EQUIDAD ELECTORAL.
Fecha: 12/10/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 152
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional a fin de que, a través del Ministerio del Interior o del organismo que corresponda, tenga a bien informar a esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación, las cuestiones que a continuación se detallan:
1. Cual es el estado de la reglamentación de la Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y Equidad Electoral N° 26.571.
2. Como se implementará y funcionara el Consejo de Seguimiento de las elecciones primarias y generales creado por el artículo 104 de la Ley Nº 26.571, el cual conforme decreto 938/2010 debe reunirse con una periodicidad mínima de QUINCE (15) días, para solicitar a la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL del MINISTERIO DEL INTERIOR los informes necesarios sobre el desenvolvimiento del proceso electoral.
3. Mediante el Decreto 935/2010 se deben incorporar nuevas tecnologías en el Registro Nacional de Electores, es por ello que consultamos cual es el estado de avance de estos trabajos y como se están implementando.
4. El Poder Ejecutivo Nacional fijo la fecha del 14 de agosto para llevar adelante las "PASO", es por ello que consultamos cuales son los avances que se están llevando y como se esta implementando todo el procedimiento.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Es sabido que el Congreso cumple un papel fundamental en la construcción del sistema representativo y republicano establecido en nuestra Carta Fundamental, no debiendo actuar como apéndice de ningún otro poder del Estado, por tal motivo sancionada la Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y Equidad Electoral N° 26.571, quedo en manos del Poder Ejecutivo su reglamentación, para lo cual y a nuestro entender es necesario saber el estado en que se encuentra la misma.
Es así que la actividad llevada a cabo por el legislador es esencialmente política, pues pone en funcionamiento el mecanismo de sanción de las leyes y si esto no es llevado a cabo correctamente se produce un quiebre entre las aspiraciones de la sociedad y las necesidades de la política.
Para esbozar una primera aproximación al tema referido en el título, siguiendo a Weber podemos decir que "la empresa política de los partidos es una empresa de grupos de interés" (1) . En este orden de ideas, Bidart Campos sostenía: "Es bueno que en la sociedad haya corporaciones. Pero no es bueno que haya corporativismo. Es bueno que haya partidos políticos. Pero no es bueno que haya clanes partidarios" (2) , por lo tanto la creación normativa debe ser la expresión del interés común de la sociedad, y no el interés corporativo de los clanes partidarios.
Los partidos políticos son instrumentos necesarios del estado constitucional de derecho, por medio de los cuales se deben formular las políticas públicas y establecer claramente la agenda legislativa, con el objeto de vivificar el sistema republicano y federal establecido por nuestra carta fundamental.
Joaquín V. González sostenía: "Que los partidos políticos sean instituciones fundamentales del sistema democrático significa que son personas jurídicas necesarias reconocidas en la Constitución. Que se garantice su organización y funcionamiento democrático no significa que se le exija que en sus plataformas no promover el cambio de la forma de gobierno o de Estado de nuestra Constitución (...)" (3) . En la "época contemporánea el agrupamiento organizado típico es, en política, el partido. Al reunir un número elevado de miembros, que se someten a una disciplina, crea una fuerza que en la democracia llega al poder mediante el mecanismo del voto" (4) .
Huelga decir, y con firmeza lo sostenemos que es nuestra intención que se lleve a cabo este proceso, por cuanto no queremos que suceda la malograda reforma política instrumentada por la Ley 25.611 la cual nunca fue puesta en práctica, ya que fue suspendida en su aplicación por impero de la Ley 25.684, derogada por la Ley 26.191.
Por lo tanto, no queriendo que esta reforma política anunciada con bombos y platillos por el Poder Ejecutivo, y sancionada a contra reloj corra la misma suerte que le Ley 25.611, es que ante lo expuesto solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
KATZ, DANIEL BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)