PROYECTO DE TP
Expediente 7419-D-2014
Sumario: CONVOCATORIA NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y LA DIFUSION DE LAS ARTES VISUALES.
Fecha: 19/09/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 128
El Senado y Cámara de Diputados...
Convocatoria Nacional para el
Desarrollo y la Difusión de las Artes Visuales
Artículo 1°.- Creación. Institúyase la
Convocatoria Nacional "Nuestro Arte", a través del cual se fomentará la difusión y
el desarrollo de las artes de pintura y escultura, provenientes de todas las regiones
del país, y que tendrá la metodología de concurso.
Artículo 2°.- Definición. Se entenderá
como obras de arte de pintura y escultura, sean hechas a mano con o sin auxilios
de instrumentos de realización o aplicación, incluyendo aerógrafos, las que se
detallan a continuación:
Pinturas realizadas sobre telas,
lienzos, cartón, papel o cualquier otra clase de soportes con aplicaciones al óleo,
acrílicos, pastel, lápiz, sanguínea, acuarela, carbón, tinta, témpera, por cualquier
procedimiento técnico como el grabado, sin limitación en cuanto a la creación
artística;
Esculturas: las piezas de bulto o en
relieve ejecutadas en piedra, metales, madera, cerámica, yeso, terracota, arcilla,
fibrocemento, materias plásticas u otros materiales.
Artículo 3°.- Objetivos. Son objetivos
de la presente ley:
Federalizar los espacios nacionales
destinados a la exposición de arte;
Posibilitar el reconocimiento a la tarea
de los artistas plásticos de las provincias del país;
Contribuir al descubrimiento de
artistas y fomentar el trabajo artístico;
Favorecer a la difusión de los artistas
y sus obras;
Difundir la cultura autóctona de cada
región de nuestro país.
Artículo 4°.- Regiones Culturales. Se
consideran como tales las siguientes:
Región Metropolitana: Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y provincia de Buenos Aires;
Región Centro: Córdoba, Santa Fe y
Entre Ríos;
Región Cuyo: Mendoza, La Rioja, San
Juan, San Luis;
Región Nordeste Argentina: Chaco,
Corrientes, Misiones, Formosa;
Región Patagónica: Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur, Santa Cruz, Chubut, Río Negro, Neuquén, La
Pampa;
Región Noroeste Argentina: Jujuy,
Tucumán, Salta, Catamarca, Santiago del Estero.
Artículo 5°.- Etapas. La convocatoria
será anual y constará de dos etapas:
La primera será la Etapa Regional.
Consistirá en una exhibición por cada una de las especialidades de arte visual,
referidas en el artículo 2°, en una de las provincias que por cada región cultural
designe la Autoridad de Aplicación. Se seleccionarán dos obras por región cultural,
por cada una de las especialidades, para que concursen en la Etapa Nacional.
La segunda será la Etapa Nacional. En
ella se exhibirán las obras seleccionadas en la Etapa Regional, en el salón, museo
o espacio de arte que designe la Autoridad de Aplicación.
Las obras que resulten seleccionadas
para la Etapa Nacional de la convocatoria serán exhibidas de forma permanente
durante un año, hasta el comienzo de una nueva etapa de la convocatoria
nacional, en los organismos nacionales que la Autoridad de Aplicación
designe.
Artículo 6°.- Participantes: El único
requerimiento que se tendrá para participar del concurso será que los artistas
participantes sean mayores a 18 años.
Artículo 7°.- Jurado. El jurado estará
compuesto por cinco (5) integrantes para ambas etapas. Estará conformado de la
siguiente manera:
dos (2) representantes acordes a
cada una de las disciplinas en concurso, designados por la Autoridad de Aplicación
y representantes de organismos nacionales vinculados al hacer artístico que
podrán ser, entre otros, directores de museos o casas de cultura;
tres (3) representantes designados
por la Autoridad de Aplicación, de profesionales especialistas de las disciplinas
convocadas, que posean antecedentes y reconocida actuación en el ámbito
artístico de las provincias del país.
Artículo 8°.- Retribución. La Autoridad
de Aplicación asignará una retribución a los Jurados que fijará discrecionalmente,
de conformidad con la viabilidad presupuestaria de la que disponga. También
abonará los gastos de traslado de aquellos jurados que residan a una distancia
superior a los 40 kilómetros de los espacios donde se realice la exhibición de cada
una de las etapas.
Artículo 9°.- Autoridad de Aplicación.
Será designada por el Poder Ejecutivo.
Artículo 10°.- Serán funciones de la
Autoridad de Aplicación:
a) Mantener y velar por alcanzar los
objetivos del artículo tercero;
b) Dictar los reglamentos necesarios
que se desprendan de la aplicación de la presente ley;
c) Establecer mecanismos de difusión
con el fin de promocionar la convocatoria;
d) Coordinar los mecanismos
necesarios para establecer la exhibición de obras en los espacios de arte, tanto en
las regiones del país, como en la Provincia y Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
e) Garantizar el traslado, entrega y
devolución, de las obras que participen o sean ganadoras en el concurso;
f) Establecer los mecanismos de
selección del Jurado;
g) Fijar el premio que se entregará a
los autores de las obras seleccionadas,
h) Coordinar con el organismo o
dependencia que correspondiere, la organización y realización de la curaduría de
las obras a exponer.
Artículo 11°.- Presupuesto. El gasto
que demande la implementación de la presente ley será imputado a la partida
correspondiente del presupuesto anual de la Autoridad de Aplicación que designe
el Poder Ejecutivo.
Artículo 12°.- Invítese a las provincias
a adherir a la presente.
Artículo 13°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A doscientos años de la Revolución de
Mayo, nuestro gobierno nacional puso en marcha diversas líneas de acción para
consolidar el proyecto de un país plural y con mayor inclusión social. La misma
celebración del Bicentenario se constituyó de manera colectiva, el pueblo salió a la
calle a vivar por su patria mientras, entre sonrisas y gritos de algarabía, cada uno
de los presentes pudo observar los fantásticos espectáculos de arte que invitaban
a realizar un repaso por nuestra historia con el objetivo de comprender el presente
y proyectar un futuro.
Esta valoración por el arte y la cultura
que mostraba su esplendoroso reflejo en el histórico festejo de nuestro
Bicentenario es una constante en esta década, desde el ascenso a presidente de
Néstor Kirchner allá por el año 2003. No es de puro capricho la importancia y el
ímpetu que se le ha dado a la misma, sino que es el resultado de un proyecto
político y de la conciencia de nuestros representantes de entender que lo que a
nuestro pueblo fue arrebatado fue justamente eso, la cultura y el acceso a ella.
De esta forma es que se han tomado
decisiones que tienden a consolidar una identidad nacional fundada en la
democracia participativa, la inclusión, el pluralismo y la igualdad. Muchos son los
ejemplos que podemos citar al respecto: construcción, ampliación y refracción de
Casa de Historia y la Cultura del Bicentenario, recuperación del patrimonio cultural
con los eximios ejemplos del Museo del Bicentenario y la refracción de la Catedral
de Luján. Otro de los ejemplos más destacados por su carga simbólica y su
importancia socio-cultural es la inauguración de la Casa de la Cultura Villa 21 en
Barracas, primer gran obra en una villa de emergencia, que cuenta con sala de
teatro y cine, sala de exposiciones y salones de cursos, el Museo del Libro y la
Lengua, la inauguración del Centro de la Cultura "Julio Le Parc", el fomento a La
Casa de los actores, entre otros.
Y podemos seguir enumerando, como
dijo nuestra presidenta, porque este gobierno no tiene un modelo económico sino
que "esto es un proyecto político con objetivos económicos que permiten habilitar
los verdaderos objetivos que deben ser los sociales y los culturales, sino la
economía no sirve para nada. Y la política tampoco. La política y la economía al
servicio de la sociedad y de los grandes paradigmas culturales que deben tener las
naciones y los pueblos para ser considerados tales."
Desde esta percepción es de donde
nace la idea de darle impulso y fomento a la cultura, que por varias décadas
estuvo relegada a las clases pudientes, estigma que hasta el día de hoy nuestro
gobierno está combatiendo, pues no es casual que una biblioteca casera o sin ir
tan lejos, un par de libros sobre un estante, se encuentren mayormente en las
casas de los sectores medios y altos. Viene al caso agregar que por ello es que
también se ha instrumentado, desde la Secretaría de Cultura de la Nación el
Programa "Libros y Casas", con más de 1.800.000 libros entregados.
La cultura siempre ha estado
dirigida a los sectores que han podido comprarla. Las políticas de nuestro gobierno
van en contra de ello. Piénsese en el Centro de Tecnópolis, en los veintisiete
museos nacionales abiertos al público, en los festivales, en las bibliotecas y centros
culturales impulsados y apoyados en esta década, en los programas de donación
de libros, en los más de 250 programas "Puntos de Cultura" para las
organizaciones barriales de nuestro país, etc.
Los artistas no están exentos de la
"centralización" de la cultura. Los concursos que hoy existen, por ejemplo, están
destinados a los artistas de trayectoria, es decir, que pueden costear el traslado de
una obra; o por otro lado, para exponer en galerías de arte verbigracia, también
deben estar posicionados dentro del ámbito cerrado de la cultura, sin importar en
muchos casos, la calidad de la obra.
Este proyecto que se presenta
intenta entonces desarrollar e impulsar la creación artística. Brindar espacio a los
nuevos artistas, pintores o escultores a través de un concurso así como
transparente de importante, tratando de abrir puertas a la cultura autóctona de
cada región de nuestro país.
La cultura es parte de nuestra
identidad y de nuestro proyecto político. Este proyecto se enmarca entonces en
esa misma línea, la de brindar y ampliar las oportunidades de acceso y
participación en la cultura. Porque entendemos que ella es base de la construcción
de la subjetividad que identifica y caracteriza a cada territorio de nuestro país.
Puesto que en el arte de cada provincia podemos apreciar la idiosincrasia, los
valores y características de los pueblos que componen esta patria.
Y es por estas razones que solicito
a mis pares que acompañen el presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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FERNANDEZ SAGASTI, ANABEL | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
LARROQUE, ANDRES | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ALONSO, MARIA LUZ | LA PAMPA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CABANDIE, JUAN | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GOMEZ BULL, MAURICIO RICARDO | SANTA CRUZ | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DE PEDRO, EDUARDO ENRIQUE | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PIETRAGALLA CORTI, HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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