PROYECTO DE TP
Expediente 7402-D-2010
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA LA ACTIVIDAD DE LAS "DAMAS CENTINELAS ARGENTINAS" DURANTE EL CONFLICTO POR EL CANAL DE BEAGLE.
Fecha: 07/10/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 151
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar de "Interés de la Cámara de
Diputados de la Nación" la actividad de las "Damas Centinelas Argentinas" en los años
1978 y 1979, desplegada durante la reactivación del diferendo limítrofe entre la República
Argentina y la República de Chile, dentro de la Base de la Armada Argentina en la
provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto intenta ser un
tardío homenaje de esta Honorable Cámara, a la misión que desplegara un grupo
de mujeres civiles entre los años 1978 y 1979, durante la reactivación del diferendo
limítrofe entre la República Argentina y la República de Chile, dentro de la Base que la
Armada Argentina posee en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico
Sur.
Conforme a los datos
extraídos del documento histórico que las nuclea, se reseñan sus antecedentes a
continuación para refrescar la memoria de lo acontecido:
Ubicando
el Diferendo Limítrofe en espacio y tiempo, se conoce como Conflicto del
Beagle, al desacuerdo binacional, sobre la soberanía de las Islas ubicadas en la
boca oriental del Canal Beagle y sus espacios marítimos adyacentes, protagonizado
por la República Argentina y la República de Chile, en el extremo meridional de
Sudamérica, por una controversia centenaria, de delineación de la frontera
marítima austral, en los vastos espacios de los pasajes bioceánicos, que se inició
en el Siglo XIX y finalizó en el Siglo XX.
La disputa se centró en la
zona denominada "martillo", formado por un polígono definido en el Compromiso
de Arbitraje de 1971, donde se hallaban ubicadas las Islas Nueva, Picton, Lennox,
Gratil, Augusto, Snipe, Becasses, Gable e islotes adyacentes.
La soberanía de la zona en
cuestión, se sometió a la sentencia de un Tribunal Arbitral, que dió a conocer su
decisión a la Reina IsabeI de Inglaterra, expidiéndose en el Laudo Arbitral de
1977, por el cual otorgaba aguas navegables en el Canal Beagle, a ambos países, y
la mayor parte de las islas y de los derechos oceánicos a Chile.
La República Argentina
rechazó el Fallo, considerándolo "INSUBSANABLEMENTE NULO" y extendió el
conflicto a toda la región hasta el Cabo de Hornos, es decir las Islas Evout,
Barnevelt, Freycinet, Terhalten, Sesambre, Deceit, y parte oriental de las Islas
Wollaston, Herschel y de Hornos, amenazando con la guerra.
El
conflicto llegó a su punto culminante el día Viernes 22 de diciembre del
año 1978, cuando Argentina y Chile aceptaron la mediación del PAPA JUAN
PABLO II, a pocas horas del enfrentamiento armado, quien designó al Cardenal
Antonio SAMORÉ, para la firma del Acuerdo de Montevideo en 1979, donde sendos
países enviaron a sus Cancilleres, Washington PASTORA (argentino) y Hernán
CUBILLOS (chileno), en misión diplomática pacífica.
En 1984
se dirimió el Diferendo en el Vaticano, mediante la firma del TRATADO DE PAZ Y
AMISTAD, entre ambos países, representados por el Canciller Argentino, Dante
Mario CAPUTO y por el Canciller Chileno, Jaime del Valle ALLIENDE, dando fin a
todos problemas limítrofes australes, surgidos al SURESTE de la única frontera
insular seca, de traza geodésica sobre el meridiano 68º36'38'', en la Isla Grande
de Tierra del Fuego, delineándose en el extremo sur de América Meridional, el
límite marítimo entre la República Argentina y la República de Chile,
definitivamente.
Ahora bien, ¿a quiénes se
denominó "DAMAS CENTINELAS ARGENTINAS"?
Se
trató de las Mujeres Civiles Argentinas, que durante el conflicto, surgido con la
República de Chile, en el año 1978, por su vinculación a la Marina, se encontraban
habitando el ex Casino de Civiles de la Base Naval Ushuaia (Área Naval
Austral), en pleno litigio, por posesión de las Islas Nueva, Picton, Lennox,
islotes adyacentes y delineación de la frontera marítima, en la boca oriental del
Canal Beagle, zona en discrepancia centenaria, binacional entre ambos
países.
Revistió
carácter único en el país, la inédita presencia femenina de población
estable, residiendo dentro de las instalaciones del Destino de la Armada,
más próximo a la zona de conflicto, ocupando un palco enclavado en el
anfiteatro natural, que yace en balcón a la vera del Canal Beagle, zona insular del
ex Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e I. d. A. S. y región de
congruencia de la Patagonia Argentina con la Patagonia de Chile, en el Cono Sur
del Continente Americano.
Si bien la
intensidad descripta del riesgo, en muchos casos alcanzaba también a todos los
pobladores de la Capital Fueguina, localidad más cercana al epicentro de la zona
en disidencia, se estableció un plano completamente diferente y abismal, entre la
presencia directa de las Habitantes del ex Casino de Civiles, dentro de la
Base Naval, durante el diferendo, respecto de otras zonas del país; por la alta
exposición física y mental, que las hizo transitar el ápside de una órbita,
inaccesible para compatriotas argentinos, que permanecieron con muy buena
voluntad de defensa nacional, detrás de la Cordillera de los Andes, durante ese
período del litigio; vivido muy activamente por toda la población de Ushuaia, único
puerto argentino de aguas profundas sobre el Canal Beagle, y única ciudad
trasandina del país, aislada por la cadena montañosa.
Conformaron un "Cuadro Empírico de Brigada Para Defensa y
Socorro", identificado bajo el pseudónimo de guerra, "DAMAS CENTINELAS
ARGENTINAS", el mismo nombre de la actividad paralela, que las nucleaba por
radio domiciliario y las convocaba, al servicio de Defensa Civil Territorial, actuando
desde lo estratégico, lo fáctico y lo táctico, durante los múltiples operativos,
practicados en la ciudad de Ushuaia militarizada, que registró el mayor porcentaje
de éxodo de la República Argentina, por emigración de población civil hacia el
continente, durante la fecha más candente del Diferendo.
Recibieron instrucción civil y
militar, ejerciendo la actividad de Centinelas inermes, durante toda la vigencia del
difrendo, en las coordenadas geográficas "54º49'Lt.S.- 68º13'Lg.O." de la Isla
Grande de Tierra del Fuego, geografía insular, compartida por ambos países;
operando desde su residencia habitual, situada en zona inhóspita con riguroso
clima hostil, frente a la frontera internacional marítima, en contacto con el país
limítrofe.
Aquel
inolvidable "DIA VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 1978", se presentó el
esperado "Día D - Hora H", cuando las Habitantes del ex Casino de Civiles,
vulnerables pero firmes, en el vórtice del pico máximo del conflicto, ya instruidas y
adiestradas en terreno, expectantes totales por la proximidad de alerta roja, para
actuar ante el inminente inicio del fuego en combate, que por intervención de la
Santa Sede, el mismo día se desvaneció, en el umbral de la fase anfibia, de la
"Operación Soberanía", que ocuparía las islas en cuestión.
Por tal
motivo esa fecha histórica, la de mayor riesgo de vida, ratificada de hecho, desde
hace treinta años, fue, es, y continuará siendo rememorada, como el "DIA
DE LAS
DAMAS CENTINELAS ARGENTINAS" - GESTA 1978 - por acreditar
en su haber, el acervo cultural del patrimonio intangible de una Epopeya,
por la magnitud del protagonismo de esa Gesta y por el desafío que el
destino les deparó, cuya conmemoración, tremolando su estandarte, se hará
presente todos los años, aunque sólo quede viva una de ellas; instando además
permanentemente a sus hijos, y demás descendientes, que hoy celebran el milagro
de estar con vida, a mantener activamente incandescente, la memoria, indeleble y
titilante de los vívidos recuerdos de los hechos, que formaron parte de sus
existencias, para la preservación y transmisión intacta, de tan valioso legado
cultural imponderable, en el transcurso del tiempo.-
LUGARES FIJOS
DE TRABAJO DURANTE EL DIFERENDO
DAMAS CENTINELAS
PUESTOS FUNCIONES
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Edelmira TOLEDO SACHI
B.N. USHUAIA Y JUSTICIA NACIÓN Administrativa
Juana SALCEDO
HTAL NAVAL USH. Y HOSP. REG. USH. Enfermera
Marta Hortencia SOLIS
GOBERNACION TERRITORIO Administrativa
Adriana María MONTES DE
OCA B. N USH. Y GOBER.TERRITORIO Administrativa
Nora del Valle ANDRADA
CASINO DE CIVILES BASE NAVAL USH. Ecónoma
Teresa del Valle REYNOSO
HTAL NAVAL USH. Y ENERG. TERRIT. Administrativa
Alicia Beatriz MOLINA
GOBER.TERRITORIO / CGIO J. MARTI Administrativa
María Victoria PEREZ
RODRIGUEZ HTAL REG. USH./CGIO J. MARTI Técnica Labor.
Esther VARELA
B. N. USHUAIA/ MUNICIPALIDAD Administrativa
Irma Ofelia GARCIA
B.N. USHUAIA/ GOBER.TERRITORIO Administrativa
María Cristina CISNEROS
B.N. USHUAIA/ COLEGIO J. MARTI Docente
Leticia Inés ROJAS
B.N. USHUAIA/ GOBER.TERRITORIO Administrativa
Mónica del Carmen OYARZUN
B.N.USHUAIA/ POLICIA TERRITORIO Administrativa
Silvia Nora PAREDES B.
N. USHUAIA/ GOBER.TERRITORIO Telefonista
María Florinda GARCIA
B.N. USHUAIA/ GOBER.TERRITORIO Administrativa
Ángela Noemí DE LA SERNA
B. AEREO NAVAL USH. /GOBER.TERR. Administrativa
Edith Silvia TORRES
CASINO DE CIVILES B.N.U./GOBER.TERRIT.Administrativa
María América LEDESMA
HTAL NAVAL USHUAIA/ Bº MILITAR Maestranza
María Esther BARCELO
B.N. USHUAIA/MIGRACIONES NACIÓN Administrativa
Teresa del Carmen OJEDA
B.N. USHUAIA/ POLICIA TERRITORIO Telefonista
Marta Noemí MUTTO
B.N. USHUAIA. Y GOB.TERRITORIO Administrativa
María Aurora MUÑOZ
CASINO DE CIVILES BASE NAVAL USH. Operativa
Mary Stella AGÜERO B.N.
USHUAIA. Y POLICIA TERRITORIO Administrativa
Mabel Noemí FULLANA BASE
AERONAVAL USH./GOBER.TERR. Administrativa
Las referencias
expuestas, ameritan el reconocimiento de esta Honorable Cámara, lo que por este
proyecto así solicito.
ANEXO
MAPAS
POLÍGONO
MARTILLO
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BERTONE, ROSANA ANDREA | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
02/11/2010 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1690/2010 | ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 35/2010 | 11/11/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 01/12/2010 | APROBADO |