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PROYECTO DE TP


Expediente 7380-D-2006
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS CONDUCENTES A REHABILITAR LA "COOPERATIVA RAMON CARRILLO" PARA QUE LOS DAMNIFICADOS ASUMAN SU ADMINISTRACION.
Fecha: 14/12/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 191
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Que vería con agrado que el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social entregara la Cooperativa Ramón Carrillo, matricula Nº 10.750, a sus socios damnificados para la normalización de la misma con el espíritu de cooperativismo para con la gente que menos tiene , y el sueño del techo propio; como es de conocimiento de ese organismos y sus antecedentes.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


De acuerdo a la documentación que me acercara la Comisión de damnificados Martín Coronado II – 288 viviendas - la cooperativa Ramón Carrillo de Vivienda Ltda., consta inscripta en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) con fecha 20 de octubre de 1986, con último domicilio denunciado en Balcarce 621 5º piso de la Ciudad de Buenos Aires.
La cooperativa Ramón Carrillo de Vivienda Ltda., ofrecía a la comunidad la compra de una vivienda en un complejo habitacional. De acuerdo a su reglamento interno la misma actuaba como entidad intermedia, representado a todos los postulantes y facultada para: i) realizar todos los tramites necesarios ante el Instituto de Vivienda de la Provincia de Buenos Aires; ii) actuar como compradora ante la propietaria del inmueble en que se construirían las viviendas y cederlos en el momento que fuera solicitado al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires; iii) contratar al estudio profesional para que realizara el proyecto del conjunto habitacional a construirse, brindado asesoramiento y gestinanado la factibilidad crediticia ante el FONAVI.
Por Resolución Nº 925/92 se ordenó la instrucción de sumaria a la entidad por incumplimiento a las prescripciones de los artículos 17, 24, 26, 81 de la Ley Nº 20.337 de Cooperativas; artículos 43, 48 y consecuentes del Código de Comercio y Resoluciones 155/80, 250/82, 056/87 y Circulares de Fiscalización.
Como conclusión del sumario dispuesto se aplico a la cooperativa la sanción de apercibimiento y se la intimo a regularizar la situación pendiente de saneamiento, lo cual implicaba la conformación del registro de asociados, ajustar la operatoria de vivienda a Resolución Nº 56/87, cumplimentar las exigencias del Código de Comercio en registros contables, confección de documentación anual ordinaria de los ejercicios cerrados del 31 de diciembre de 1992 al 31 de diciembre de 1998, y contar con auditoria externa. Ante el incumplimiento de lo anteriormente mencionado el INAES propicio un nuevo sumario que concluyo con la sanción de retiro de autorización para funcionar a la cooperativa Ramón Carrillo de Vivienda Ltda..
Esto provoco un gran desconcierto en este grupo de personas que habían puesto su sueño del techo propio en manos de esta cooperativa.
En virtud de ello, considero sumamente oportuno y necesario, como representante del pueblo bonaerense solicitar al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) la entrega de la Cooperativa Ramón Carrillo.
Por las razones expuestas, pongo a consideración de mis pares el presente proyecto de declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE NARVAEZ, FRANCISCO BUENOS AIRES JUSTICIALISTA NACIONAL
OVIEDO, ALEJANDRA BEATRIZ LA RIOJA JUSTICIALISTA NACIONAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES (Primera Competencia)