PROYECTO DE TP
Expediente 7379-D-2010
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA DECISION DEL GOBIERNO NACIONAL DE OTORGAR LA CALIDAD DE REFUGIADO AL CHILENO GALVARINO SERGIO APABLAZA GUERRA.
Fecha: 07/10/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 150
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Ante la decisión del Poder
Ejecutivo Nacional de otorgar la calidad de refugiado al Sr. Galvarino Sergio
Apablaza Guerra, cuya entrega solicitaba la República de Chile para juzgarlo por
la posible comisión de graves delitos perpetrados dentro de su territorio en
1991, la Honorable Cámara de Diputados de la Nación manifiesta al pueblo y
gobierno chilenos su más absoluta confianza en las instituciones democráticas,
la vigencia irrestricta del Estado de Derecho y el compromiso con la causa de
los derechos humanos que rigen en el país hermano, con el que espera
continuar y profundizar el proceso de integración regional y de solidaria
cooperación que ha venido transitando desde la recuperación de la democracia
en ambas naciones.
La presente declaración constituye
un desagravio a la República de Chile frente a la ofensa que ha significado
otorgar caprichosa y arbitrariamente un asilo político que no responde a
ninguna causa legítima, que consagra la impunidad e impide que los tribunales
chilenos establezcan la verdad y asignen las responsabilidades que cupieren
respecto de los crímenes cometidos en su territorio.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Argentina y Chile son dos
repúblicas hermanas desde su existencia como estados independientes. Juntas
tomaron parte en acontecimientos decisivos de la emancipación americana y
juntas han recorrido un largo camino desde entonces, signado en algunas
etapas por conflictos que felizmente han quedado atrás hace muchos
años.
Desde la recuperación de la
democracia en ambos países, el proceso de integración se profundizó
considerablemente. La definitiva superación de los diferendos limítrofes abrió el
camino a una relación estrecha, de creciente confianza.
En este marco, la decisión del
gobierno argentino de no conceder la extradición requerida por Chile de un
ciudadano chileno imputado de haber sido el autor intelectual de dos crímenes
gravísimos perpetrados en 1991, durante la vigencia de la democracia, proyecta
una inesperada sombra en esa relación, que esta Cámara, como órgano que
representa en forma eminente la voluntad popular de los argentinos, observa
con honda preocupación.
Es menester, por lo tanto, poner
las cosas en su lugar, señalar que la decisión del Poder Ejecutivo de la
Argentina, además de arbitraria e ilegal, por vulnerar instrumentos
internacionales sobre extradición, no representa el sentir mayoritario de nuestra
ciudadanía, y, sobre todo, reafirmar la plena confianza que le merece a esta
Cámara el sistema democrático, el estricto apego al Estado de Derecho y el
compromiso con la causa de los derechos humanos que rigen en el vecino país,
los que garantizan el ejercicio del debido proceso del modo más cabal.
Acaso este infortunado episodio
sirva para que argentinos y chilenos reflexionemos sobre el fecundo camino
recorrido en las últimas décadas y asumamos el desafío de que esa unión
fraterna se torne más honda.
No es ocioso, en ese marco,
recordar someramente la naturaleza y extensión de nuestras relaciones
bilaterales.
La existencia de más de 40
mecanismos bilaterales que abarcan distintas áreas y materias de naturaleza
política, económico-comercial, cultural, científico- técnico y castrense, expresa
en los hechos esta voluntad compartida para desarrollar una relación
bilateral privilegiada. En este contexto se destaca la contribución en el
ámbito subnacional - que refiere la relación entre las provincias argentinas con
las regiones chilenas - de los 7 Comités de Integración, espacio en el que
concurren y son abordados temas fronterizos y de conectividad, integración
física, comercio e inversiones, cultura y cooperación científica y técnica entre
otros.
Las relaciones económicas y
comerciales expresan una de las áreas de mayor dinamismo y crecimiento
bilateral y conllevan un importante potencial a raíz de la gran
complementariedad que presentan las economías de la Argentina y Chile.
Estas relaciones tienen como
marco de referencia y regulación el Acuerdo de Complementación
Económica Nº 16, suscrito el 2 de agosto del año 1991, instrumento que
coexiste con el ACE Nº 35 (1/10/1996). Este último acuerdo se aplica a todos
los países miembros de MERCOSUR y prevalece, en lo relativo al acceso de
bienes, respecto del primero, que es de carácter bilateral.
Como necesario complemento del
marco regulatorio anterior, ambos países cuentan también con los Acuerdos
de Doble Tributación de 1986 y de Protección Recíproca de Inversiones
de 1995.
En materia de inversiones, la
Argentina ha sido consistentemente - por más de 18 años- el principal
receptor de la inversión directa proveniente de Chile, acumulando en el
período de 1990 a junio 2008, un monto de US$ 15.411 millones, cifra que
representa el 34% del total invertido por el país en el exterior. De esa cifra, un
38% corresponde al Sector Servicios y un 23% al sector Industrial,
concentrándose el resto en los sectores de energía, agropecuario y
minero.
La relación bilateral en el ámbito
de la seguridad y la defensa representa un área de particular importancia para
los lazos bilaterales con Argentina. Los avances experimentados desde la
suscripción del Tratado de Paz y Amistad de 1984 son elocuentes. Hoy, la
cooperación e integración de las fuerzas armadas y de seguridad de Argentina y
Chile representa un ejemplo de diálogo político y de construcción de
espacios para profundizar la confianza mutua y la transparencia. Existe un
intenso proceso de intercambio y capacitación de oficiales y suboficiales de las
distintas ramas y periódicamente se realizan ejercicios combinados donde
participan las distintas instituciones de las Fuerzas Armadas.
En 2006 la Argentina y Chile
acordaron poner en práctica un proyecto emblemático de cooperación
binacional en el campo de las operaciones de paz. La Fuerza de Paz
Combinada "Cruz del Sur" obedece a la voluntad conjunta de ambas naciones
para contribuir con Naciones Unidas en el mantenimiento de la paz y la
seguridad internacionales. Se trata de una fuerza de despliegue rápida,
constituida por alrededor de mil efectivos, capaz de monitorear ceses de fuego
y proveer las condiciones de seguridad necesarias en el contexto de las
operaciones de paz de Naciones Unidas.
Existen, asimismo, importantes
instrumentos bilaterales de defensa, como la Reunión de Consulta entre
Ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa o el Comité Permanente de
Seguridad.
Por lo demás, ambos países
pertenecen a diversos organismos regionales, desde los que promueven no
solamente la integración sino también la plena vigencia de la democracia en
toda la región, como ha quedado demostrado inequívocamente en la reunión
que tuvo lugar hace pocos días en Buenos Aires con motivo de los sucesos
ocurridos en Ecuador.
Esta breve reseña -que no agota
ni remotamente el repertorio de acciones binacionales de cooperación en los
más diversos campos- exhibe una tendencia clara y firme en el sentido del
desarrollo de un clima de confianza recíproca que es inescindible del sistema
democrático y las garantías constitucionales que rigen en ellos.
Esta tendencia se afianzará, sin
duda alguna, en los años venideros, en los que la insólita concesión de estatus
de refugiado a quien es imputado de un crimen común será percibida como
una anécdota, poco grata pero efímera, que tuvo el efecto, por contraste, de
hacernos ver a todos, a ambos lados de los Andes, cuánto habíamos avanzado
en la unidad y la cooperación casi sin darnos cuenta.
Pero en la hora actual corresponde
que esta Cámara exprese su solidaridad al pueblo y al gobierno de Chile, les
haga llegar esta declaración como un acto de desagravio, y formule votos para
que la hermandad chileno-argentina, surgida del fondo de nuestra historia, se
perfeccione cada día.
Por lo expuesto, solicitamos al
cuerpo la aprobación del presente proyecto de declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
AGUAD, OSCAR RAUL | CORDOBA | UCR |
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO | BUENOS AIRES | PERONISMO FEDERAL |
BERTOL, PAULA MARIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
LOPEZ ARIAS, MARCELO EDUARDO | SALTA | PERONISTA |
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO | TUCUMAN | UCR |
GRIBAUDO, CHRISTIAN ALEJANDRO | BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
03/11/2010 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como Proyecto de Declaración |