PROYECTO DE TP
Expediente 7365-D-2010
Sumario: EXPRESAR REPUDIO A LAS INTIMIDACIONES EXPLICITAS E IMPLICITAS DIRIGIDAS AL DIRECTOR DE CINE ENRIQUE PIÑEYRO POR LA PELICULA "EL RATI HORROR SHOW" Y LUIS RIOS, TESTIGO DE LA "MASACRE DE POMPEYA.
Fecha: 07/10/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 150
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su repudio a las
intimidaciones explícitas e implícitas dirigidas hacia Enrique Piñeyro, director de
la película "El Rati Horror Show" y Luis Rios, testigo de la "Masacre de
Pompeya" tras el estreno del documental que retrata la historia de Fernando
Ariel Carrera, el 16 de septiembre de 2010.
La impunidad de estos actos de
amedrentamiento públicamente denunciados y la falta de protección de los
afectados es un atentado directo hacia la libertad de expresión, y calidad de
nuestra democracia. Es una obligación insalvable y superior la que tiene el
Estado Nacional de proteger el derecho humano fundamental de libertad de
expresión, tal como la Constitución Nacional y los tratados internacionales,
encomian.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
I - Objeto
El objeto de este
Proyecto de Declaración es, en primer lugar, repudiar las intimidaciones
implícitas y explícitas percibidas por Enrique Piñeyro, director del documental
"El Rati Horror Show", y Luís Ríos, testigo de la Masacre de Pompeya que
participa en el film.
, remarcar que la indiferencia ante
este tipo de acontecimientos deleznables, ocasiona en forma directa perjuicios
sobre el desempeño saludable de nuestra democracia y el correcto ejercicio del
derecho humano fundamental de libertad de expresión.
II - Intimidaciones
explícitas e implícitas denunciadas públicamente (1)
En una primera instancia, Luís
Ríos, testigo de la Masacre de Pompeya, denunció que al día siguiente del
estreno fue intimidado por dos personas que descendieron de un auto (Peugeot
504 blanco con vidrios polarizados) y le dijeron "Ojo con lo que decís, porque
vas a terminar en el Riachuelo". "Si seguís así vas a terminar con la boca llena
de trapos", agregó el otro. Ruiz volvió a ver a las mismas personas el lunes
último: estaban en la puerta del bar donde él había ido a tomar un café, en
Pompeya.
Rios manifestó que realizó la
denuncia ante la Defensoría del Pueblo porteña, cuya titular, Alicia Pierini, envió
sendas notas al jefe de Gabinete, Aníbal Fernández; al ministro del Interior,
Florencio Randazzo, y al procurador general de la Nación, Esteban Righi, en las
que los pone al tanto de la denuncia y les pide que "adopten las medidas que
correspondan".
Por su parte, Enrique Piñeyro
denunció públicamente que por orden de un jefe de la Policía Federal le sacaron
a los tres custodios que pagaba él mismo y que se encargaban del cuidado de
su familia. El hecho se realizó sin ningún tipo de explicación. Ante tal sensación
de indefensión, Piñeyro decidió resguardar a su familia en el exterior.
III - Contenido del
documental (2) : Causa Fernando Carrera
El documental denuncia la
manipulación deliberada de la causa judicial de Fernando Ariel Carrera quien
fuera condenado injustamente a treinta años de cárcel tras el acontecimiento
de "La Masacre de Pompeya".
El 25 de enero de 2005 Fernando
Ariel Carrera, un joven comerciante de 30 años, sin antecedentes penales,
casado y con tres hijos, se encontraba en su auto a pocos metros del Puente
Alsina, esperando para cruzar desde Pompeya a Lanús. Al mismo tiempo,
efectivos de la Comisaría 34 y 36 buscaban a tres ladrones en un auto blanco -
ese era el único dato que tenían- que en la zona habían realizado dos robos. Al
ver el Peugeot 205 blanco de Carrera, los policías, dispuestos a detenerlo, se
dirigieron hacia él a bordo de un auto sin sirena ni insignia alguna que los
identificara como de la Policía Federal.
Carrera declara ver un auto
acercándose a toda velocidad con uno de sus integrantes con medio cuerpo
fuera de la ventanilla y blandiendo un arma de fuego. Temiendo ser asaltado,
Carrera movilizá su vehículo hacia Capital. El policía dispara y el impacto le da
de lleno en la mandíbula, dejándolo inconciente. Sin embargo, Carrera sigue
manejando por automatismo y a bordo de su auto recorre 500 metros,
atravesando la Avenida Sáenz. En el trayecto el Peugeot atropella y mata a tres
personas -dos mujeres y un niño de seis años- y termina chocando contra una
camioneta frente a la Iglesia de Pompeya. Los policías se bajan del auto,
forman un abanico y disparan sobre Carrera. Desde el puente y hasta estos
disparos finales, los efectivos policiales dispararon dieciocho veces contra
Fernando Carrera. Ocho de esos disparos impactaron en su cuerpo.
Al final del día los medios habían
bautizado como "La Masacre de Pompeya" a un supuesto raid delictivo en el
cual unos malvivientes habían asesinado a tres personas inocentes. Carrera es
acusado de robo agravado y homicidio, siendo trasladado al penal de Marcos
Paz. Su esposa, acude a la ayuda del Programa Nacional Anti-Impunidad del
Ministerio de Justicia, quienes la asesoran judicialmente.
Antes del comienzo del juicio,
Abuelas y Madres de Plaza de Mayo, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de
Buenos y el Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel -entre otras
organizaciones de derechos humanos- manifiestan su apoyo a Carrera y a su
familia, avalando la teoría de la causa judicial armada.
Durante las audiencias, los
abogados de Carrera desentrañan la causa armada: cuatro de los testigos que
en la instrucción aparecían diciendo que habían visto a Carrera disparar, lo
negaron frente a los jueces; parte de las pruebas procesales misteriosamente
desaparecieron; ninguno de los damnificados por los robos reconoció a Carrera
como el autor de los hechos; todos los testigos afirman no haber escuchado
sirenas durante la persecución; entre otras tantas irregularidades presentes en
la causa.
El 7 de junio de 2007 el Tribunal Oral en lo Criminal Nº14 de la Ciudad de
Buenos Aires condenó a Fernando Carrera a la pena de 30 años de prisión,
accesorias legales y costas, por considerarlo autor penalmente responsable del
delito de robo agravado por el empleo de arma de fuego en concurso real con
homicidio reiterado, lesiones graves reiteradas, lesiones leves reiteradas, abuso
de armas y portación ilegal de arma de guerra.
La defensa de Carrera interpuso un recurso de casación contra dicho
pronunciamiento que fue rechazado por la Sala III de la CNCP, el 5 de mayo de
2008. En consecuencia, se interpuso recurso extraordinario federal, que
también fue denegado dando origen a un recurso de queja ante la CSJN.
El 1 de Julio de 2010, el fiscal ante
la CSJN González Warcalde, dictaminó que correspondía declarar improcedente
la queja y confirmar la condena.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
FAVARIO, CARLOS ALBERTO | SANTA FE | DEMOCRATA PROGRESISTA |
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
LANCETA, RUBEN ORFEL | BUENOS AIRES | UCR |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO | TUCUMAN | UCR |
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA GIUDICI (A SUS ANTECEDENTES) | 13/10/2010 | |
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO VIALE (A SUS ANTECEDENTES) | 16/03/2011 |