PROYECTO DE TP
Expediente 7327-D-2012
Sumario: SERVICIO GRATUITO DE ORIENTACION Y ASESORAMIENTO AL CIUDADANO Y FAMILIARES VICTIMAS DE ACCIDENTES DE TRANSITO: REGIMEN PARA AMPLIAR SUS FUNCIONES.
Fecha: 16/10/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 145
El Senado y Cámara de Diputados...
AMPLIACIÓN DE LAS FUNCIONES DEL
SERVICIO GRATUITO DE ORIENTACIÓN Y ASESORAMIENTO AL CIUDADANO
ARTÍCULO 1.- Amplíase
el servicio operado a través de la línea telefónica 0-800-999-0209,
dependiente de la Dirección Nacional de Relaciones con la Comunidad,
del Ministerio del Interior, para ofrecer asistencia legal y contención
psicológica gratuitas a familiares de víctimas de tránsito.
ARTÍCULO 2.- La
mecánica según la cual se brindará el servicio será la definida en la web
de la Dirección Nacional de Relaciones con la Comunidad, respetándose
así el derecho de todo ciudadano a acceder gratuitamente a él desde
cualquier punto del país, con la frecuencia y en la franja horaria
dispuestas por este órgano público.
ARTÍCULO 3.- Ambos
servicios serán atendidos por profesionales en derecho, para el caso de
asistencia legal, y profesionales en psicología, para el caso de contención
psicológica, especialmente capacitados por la Dirección Nacional de
Relaciones con la Comunidad para orientar, informar, asesorar o
contener en primera instancia a familiares de víctimas de tránsito.
ARTÍCULO 4.- Si la
respuesta ante un requerimiento telefónico no pudiera ofrecerse de
forma inmediata, se registrarán los datos de la persona que llama para
responder en forma diferida, y/o se la invitará a reiterar el llamado. A su
vez, la web de la Dirección Nacional de Relaciones con la Comunidad
deberá incorporar ciertas claves, o preguntas frecuentes, para orientar
legal y/o psicológicamente en primera instancia a la persona que quiera
comunicarse telefónicamente y no obtenga respuesta.
ARTÍCULO 5.- La
autoridad de aplicación de la presente ley será la Dirección Nacional de
Relaciones con la Comunidad, la cual deberá:
a. Adecuar el actual servicio
telefónico de orientación al ciudadano a lo requerido por la presente normativa,
disponiendo la apertura de internos diferenciados para asistencia legal o
contención psicológica, según lo requiera el tipo de necesidad de la persona que
llame.
b. Adquirir profesionales
especialistas en derecho y en psicología que estén a cargo de orientar, informar,
asesorar o contener telefónicamente a aquellas personas que demanden el
servicio.
c. Capacitar a los profesionales
que operen el servicio telefónico para contención psicológica o asistencia legal a
familiares de víctimas de tránsito, para que ofrezcan una orientación adecuada a
las necesidades del ciudadano que lo demande.
d. Confeccionar un contenido
web para sumar al sitio del organismo, que disponga claves o preguntas
frecuentes en pos de orientar legal y/o psicológicamente en primera instancia a la
persona que quiera comunicarse telefónicamente y no obtenga respuesta.
ARTÍCULO 6.- La
presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín
Oficial.
ARTÍCULO 7.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Según informes sobre seguridad vial
elaborados por la Dirección Nacional de Observatorio Vial, sólo durante los años
2009 y 2010, se produjeron un total de 384857 siniestros viales, de los cuales
devino un 2,18% de víctimas mortales, y aproximadamente un 45% de heridos.
La realidad del mal manejo de
vehículos y de un irresponsable uso de la vía pública por parte de conductores y
viandantes en general es una tendencia que, lamentablemente, se encuentra en
franco aumento, lo cual obliga a reflexionar acerca de las graves consecuencias
que esto conlleva para la sociedad toda.
Es frecuente observar la penosa
situación de familias que han perdido hijos, padres o demás familiares como
consecuencia de este flagelo gravemente extendido a lo largo y ancho del país, y
que se encuentran inermes ante tal situación, afectados psicológicamente, y
usualmente desorientados acerca de cómo reaccionar ante tales hechos.
Así es que, por desconocimiento
sobre cómo proceder legalmente y psíquicamente ante siniestros viales graves,
que producen el deceso o heridas de consideración a algún familiar, con frecuencia
los restantes miembros de una familia se apoyan en abogados estafadores -
comúnmente llamados caranchos - para iniciar procesos judiciales que les reportan
escaso o ningún beneficio, o entran en profundos estados de depresión empujados
por el dolor que provoca la ausencia o afectación del ser querido.
Estos representan sólo algunos
ejemplos de los traumáticos procesos que atraviesan miles de familias argentinas
golpeadas por este mal endémico, lo cual deja entrever una seria y aguda
problemática que requiere algún tipo de respuesta por parte del Estado.
Y en ese marco es que la habilitación
de dos internos telefónicos anexos a la línea gratuita de "Orientación y
Asesoramiento al Ciudadano", dependiente de la Dirección Nacional de Relaciones
con la Comunidad, Ministerio del Interior, con el objeto de ofrecer asesoramiento
legal y apoyo psicológico gratuito a los familiares de víctimas de tránsito, puede
constituir una estrategia útil y práctica a este respecto.
La posibilidad de que profesionales
del derecho y de la psicología, capacitados para ofrecer este servicio vía telefónica,
den respuestas a consultas y necesidades de gran cantidad de ciudadanos
inmersos en la seria problemática que significa un siniestro vial grave, no es para
nada despreciable. Y más teniendo en cuenta que, siguiendo lo aquí ideado, se
utilizaría la estructura ya existente de un servicio brindado por la Nación, que
funciona de forma adecuada, lo cual significaría una inversión mínima para
cosechar grandes logros.
Finalmente, la posibilidad de incluir un
contenido web en el sitio de la Dirección Nacional de Relaciones con la Comunidad,
que permita ofrecer orientación en primera instancia al ciudadano que requiera el
servicio, pero por alguna cuestión no obtenga respuesta telefónica inmediata,
puede significar un complemento ventajoso para el servicio.
Sin dudas que el trabajo preventivo
en pos de lograr progresivamente mejores índices en seguridad vial es una materia
indelegable y de una importancia superlativa, pero se trata de una tarea que
perfectamente puede convivir con la asistencia y contención a miles de familias
necesitadas de encontrar un norte preciso en la nebulosa provocada por un
siniestro vial de consecuencias graves.
Por todo lo expuesto, es que solicito a
mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GUZMAN, OLGA ELIZABETH | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
BRILLO, JOSE RICARDO | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
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